Decreto 313 de 2014
Decreto 313 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 313
- Año
- 2014
- Fecha
- 28 de julio de 2014
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 313 DE 2014 (Julio 28) _Por el cual se prorroga el periodo de transición establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 233 del 13 de junio de 2014 para la implementación de lo ordenado en los Decretos 507 del 6 de noviembre de 2013 y 516 del 8 de noviembre de 2013_ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades constituciones y legales, en especial las conferidas en los numerales 7 del artículo 315 de la Constitución Política de 1991 y el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Distrital No. [507](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55363#0) del 6 de noviembre de 2013, se modificó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D. C.
Que mediante Decreto Distrital No. [516](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55397#0) del 8 de noviembre de 2013, se modificó la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D. C.
Que mediante los artículos 1° y 2° del Decreto Distrital [529](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55591#0) del 19 de noviembre de 2013 se modificaron los artículos 45° y 8° de los Decretos Distritales 507 del 06 de noviembre y 516 del 08 de noviembre de 2013, respectivamente, con el fin de acatar la restricción señalada en el artículo 32 y el inciso final del parágrafo del articulo 38 de la Ley [996](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18232#0) de 2005.
Que por medio del Decreto [233](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57659#0) del 13 de junio de 2014, se fijó un plazo de treinta (30) días de transición para que la Secretaría Distrital de Salud adoptase las medidas administrativas necesarias para la implementación de la nueva estructura organizacional y la nueva planta de personal, a fin de que se garantice la continuidad del servicio.
Que dicho plazo llega a su fin el 29 de julio de 2014.
Que la implementación de la Estructura Organizacional y de la Planta de Personal, requiere, además de la adecuación y distribución física de las instalaciones de la Secretaría Distrital de Salud, del ajuste de los procesos y procedimientos conforme al Sistema Integrado de Gestión de la Institución.
Que por medio del Decreto [293](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=58278#0) de 10 de julio de 2014, se ha nombrado un nuevo Secretario Distrital de Salud, quien requerirá un plazo prudente y suficiente para conocer con detalle, el plan de implementación que incluye el diseño estratégico y las fases requeridas para el cumplimiento de la normatividad vigente. Por ende, se hace necesario prorrogar el término de transición, establecido en el Decreto 233 del 19 de junio de 2014, en sesenta (60) días.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
- Prorrogar en sesenta (60) días, el plazo de transición establecido en el Decreto [233](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57659#233.1) del 13 de junio de 2014, para que la Secretaría Distrital de Salud culmine las medidas administrativas para aplicar lo señalado en el Decreto [507](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55363#0) del 6 de noviembre de 2013 “Por el cual se modifica la Estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C.” Artículo 2°.- Prorrogar en sesenta (60) días, el plazo de transición establecido en el Decreto [233](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57659#233.2) del 13 de junio de 2014, para que la Secretaría Distrital de Salud culmine las medidas administrativas para aplicar lo señalado en el Decreto [516](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55397#0) del 8 de noviembre de 2013 “ _Por medio del cual_ se _modifica la planta de empleos de la Secretaría_ _D_ _istrital de Salud de Bogotá, D._ C. ”. Artículo 3°-. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de julio del año 2014. GUSTAVO PETRO U. Alcalde Mayor MAURICIO ALBERTO BUSTAMANTE GARCÍA Secretario Distrital de Salud CESAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA Director Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital**
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto 289 de 2001
DECRETO 289 DE 2001 (10 abril) Por el cual se designan miembros de la Junta Directiva del Centro Distrital de sistematización y Servicios Técnicos ¿ SISE EL AL…
-
Decreto 367 de 2001
Por el cual se modifica la estructura organizacional y las funciones para algunas dependencias, en la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C…
-
Decreto 590 de 1998
DECRETO 590 DE 1998 (Julio l) Derogado por el art. 216, Decreto Único Sectorial 644 de 2025. Por el cual se deroga el Decreto No…
-
Decreto 831 de 1998
DECRETO 831 DE 1998 (octubre l) por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa Fe de Bogotá, D.C.. ubicados en las Localidad…
-
Decreto 3079 de 1997
El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional. Un alcalde representante de la Federación Colombiana de Municipios. El Presidente del Conse…