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Decreto 311 de 2014

Decreto 311 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
311
Año
2014
Fecha
25 de julio de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 311 DE 2014 (Julio 25) _Por medio del cual s e hace un encargo_ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 1950 de 1973,y,

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicación radicada bajo el No. 1-2014-35441 del 25 de julio de 2014, el doctor Yair Alexander Valderrama Parra, Asesor de Talento Humano de la Secretaría Distrital de Integración Social, informa que el doctor JORGE ENRIQUE ROJAS RODRÍGUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 6.879.097, Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de la misma Secretaría, se encuentra incapacitado por los días 24 y 25 de julio de 2014.

Que en ese sentido, se hace necesario efectuar un encargo de las funciones de Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de la Secretaría Distrital de Integración Social.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.- Encargar a partir del 25 de julio de 2014, a la doctora MARÍA ANTONIA VELASCO GUERRERO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 27.076.635, Director Técnico Código 009 Grado 08 de la Dirección Territorial de Integración Social, de las funciones de Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de la misma Secretaría, hasta que dure la ausencia del titular. Artículo 2°.- Comuníquese a los doctores JORGE ENRIQUE ROJAS RODRÍGUEZ y MARÍA ANTONIA VELASCO GUERRERO, el contenido del presente Decreto Distrital a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo 3°.- Comuníquese a la Secretaría Distrital de Integración Social y a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto Distrital, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo 4°.- El presente Decreto Distrital rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de julio del año 2014. GUSTAVO PETRO U. Alcalde Mayor

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