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Decreto 306 de 2014

Decreto 306 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
306
Año
2014
Fecha
21 de julio de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 306 DE 2014 (Julio 21) “Por medio del cual se adicionan recursos al capítulo presupuestal independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2013- 2014” EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. c. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1530 de 2012 y el artículo 59 del Decreto Nacional 1949 de 2012, y el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que el 18 de julio de 2011 fue promulgado el Acto Legislativo 05, “ _Por el cual se constituye el Sistema General de Regalías. se mod_ _i_ _fican los artículos[360](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#360) y [361](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#361) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones”, _el cual fue reglamentado por la Ley [1530](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47474#0) de 2012 “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías” la cual establece en el Título V, el Régimen Presupuestal del Sistema.

Que el Decreto Nacional 1949 de septiembre 19 de 2012 en el artículo [44](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49580#44) establece respecto a la incorporación de los recursos del Sistema General de Regalías: “ _Mediante Acto Administrativo del jefe del órgano del Sistema o entidad públ_ _i_ _ca designada como_ _ejecutora de proyecto por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, y mediante Decreto del Gobernador o Alcalde para las entidades territoriales que reciban recursos de funcionamiento del Sistema y designadas como ejecutoras de proyectos por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión. se incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías._ _Dicha incorporación se adelantará en un capítulo independiente del presupuesto del re_ _s_ _pectivo órgano o entidad, una ve_ _z_ _se asignen los recursos con cargo al porcentaje destinado para el funcionamiento del Sistema y cuando se acepte la designación como ejecutor de proyecto. designación que será adelantada por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión._ _Los ingresos y gastos incorporados en el capítulo independiente del presupuesto de cada órgano o_ _entidad tendrán para todos los efectos fiscales, una vigencia igual a la del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías._ _El proceso de afectación de las apropiaciones incorporadas en los presupuestos de las entidades con_ _base en el inciso anterior, será el que corre_ _s_ _ponda al régimen presupuestal de la re_ _s_ _pectiva entidad, salvo en lo relacionado con la vigencia de las apropiaciones que será igual a la del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías. ”_ Que el 26 de Abril de 2013, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., expidió el Decreto número [182](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52973#0) de _2013, “Por medio del cual se crea el capítulo presupuestal del Sistema General de Regal_ _í_ _as de Bogotá D.C. independiente del Presupuesto Anual del D.C. y se incorporan recursos del Sistema General de Regal_ _í_ _as para el Bienio del 1_ _o_ _de enero de 2013 al_ 31 _de diciembre de 201_ _4 ”_, el cual en el artículo 1° crea en Bogotá D.C. el capítulo presupuestal del Sistema General de Regalías independiente del Presupuesto Anual del D. C., compuesto por un presupuesto de ingresos y otro de gastos.

Que mediante la Resolución Número 2323 de 2013, del Director del Departamento Nacional de Planeación “ _Por la cual se desagregan los recursos distribuidos por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías destinados al fortalecimiento de las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Admi_ _nis_ _tración y Decisión OCADS Municipales, Departamentales, Regionales y de Corporaciones Autónomas Regionales ”_. le correspondió a Bogotá la suma de CIENTO VEINTICINCO MILLONES DE PESOS ($125.000.000) para el bienio 2013-2014, los cuales son destinados a la Secretaría Distrital de Planeación.

Que mediante la Resolución Número 1083 de 2014, de la Directora del Departamento Nacional de Planeación “ _Por la cual se distribuyen, asignan y desagregan recursos del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación incorporados al presupuesto del Departamento Nacional de Planeación para el Bienio 2013-201_ _4”_, le correspondió a Bogotá la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($45.000.000), los cuales son destinados a la Secretaría Distrital de Planeación.

Que el artículo 4 de la referida Resolución 1083, indica que los recursos se destinarán en la contratación de personal de apoyo que coadyuven al fortalecimiento de la gestión en los procesos de selección contractual en la ejecución de los proyectos de inversión, aprobados con recursos del Sistema General de Regalías.

Que por lo anterior, se hace necesario adicionar al capítulo presupuestal independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2013-2014 estos recursos, en el marco del régimen presupuestal de este Sistema. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo

1°.

- Adicionar al capítulo independiente del Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio 2013-2014, la suma de CIENTO SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($170.000.000) conforme al siguiente detalle: ADICIÓN INGRESOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2013-2014 ADMINISTRACION CENTRAL | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 8 | INGRESOS | 8-3 | Recursos para el Funcionamiento del Sistema | 125.000.000 8-4 | Recursos fortalecimiento del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación SMSCE | 45.000.000 | Total Adición Presupuesto de Ingresos Sistema General de Regalías | 170.000.000 Artículo 2°.

- Adicionar al capítulo independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías para el bienio 2013-2014, la suma de CIENTO SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($170.000.000)** conforme al siguiente detalle:

ADICIÓN GASTOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2013-2014

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

120 Secretaría Distrital de Planeación

CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 9 | GASTOS | 9-1 | Inversión | 9-1-2 | Gastos Operativos | 170.000.000 9-1-2-01 | Gastos de Personal | 140.000.000 9-1-2-01-02 | Servicios Personales Indirectos | 140.000.000 9-1-2-01-02-03 | Honorarios | _140_ _.000.000_ 9-1-2-01-02-03-01 | Honorarios Entidad | _140_ _.000.000_ 9-1-2-02 | Gastos Generales | 30.000.000 9-1-2-02-02 | Adquisición de Servicios | 30.000.000 9-1-2-02-02-05 | Mantenimiento y Reparaciones | _30.000.000_ 9-1-2-02-02-05-01 | Mantenimiento Entidad | _30.000.000_ | Total Adición Presupuesto de Gastos Sistema General de Regalías | 170.000.000 **Artículo 3°.

-** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de julio del año 2014

GUSTAVO PETRO U.

Alcalde Mayor

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

Secretario Distrital de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5398 de julio 22 de 2014.

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