Decreto 054 de 2014
Decreto 54 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 054
- Año
- 2014
- Fecha
- 31 de enero de 2014
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 054 DE 2014 (Enero 31) “Por medio del cual se fija el incremento salarial para los empleados públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C.” EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7° del artículo 315 de la Constitución Política y 9° del artículo 38 del Decreto 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Gobierno Distrital fijar los emolumentos de los empleados públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C, con sujeción al límite máximo salarial fijado por el Gobierno Nacional, en desarrollo de la competencia que le fue asignada por el parágrafo del artículo 12 de la Ley 4a de 1992, tal como lo ha reconocido la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto radicado bajo el número 924 de fecha 23 de enero de 1997.
Que el Concejo de Bogotá, D.C., adoptó la escala salarial de los diferentes empleos de la Contraloría de Bogotá, D.C., mediante el Acuerdo Distrital 519 de 2012.
Que mediante el Acta de Acuerdo Laboral suscrita el 11 de octubre de 2013, entre la Administración de Bogotá, D. C., y las Organizaciones Sindicales, se concertó para el año 2014, el ajuste de la asignación básica de los Empleados Públicos de la Administración Central, de los Establecimientos Públicos, de las Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica, de las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital, de la Veeduría, Contraloría y Personería Distritales, y del Concejo de Bogotá, _“_ _2.1 Incremento Salarial:__La Administración Distrital incrementará a los Empleados Públicos del Distrito Capital, para la vigencia de 2014 un valor equivalente al índice de precios al consumidor IPC, causado en el año 2013 más 1.7% adicional, el cual se pagará a partir del mes de enero de 2014”._ Que el Gobierno Distrital conforme con lo pactado en el referido Acuerdo Laboral del 11 de octubre de 2013, aplicará para el incremento salarial, la propuesta correspondiente a la inflación (IPC) del año 2013, más uno punto siete por ciento (1.7 %) con efectos fiscales al primero (1°) de enero del año 2014, sin que se supere el límite máximo salarial que para el efecto establezca el Ejecutivo Nacional.
Que en el incremento se tiene en cuenta los parámetros definidos en los pronunciamientos de la Corte Constitucional, así como la cifra de inflación certificada por el DANE que se encuentra en 1.94 % para la vigencia 2013, por tanto, el incremento corresponde al 3.64 % para el año 2014.
Que el Gobierno Nacional a la fecha no ha fijado los límites máximos salariales para los empleados públicos de las entidades territoriales correspondientes al año 2014, al aplicar el incremento correspondiente al 3.64 % para el año 2014, este no excede los límites máximos dispuesto en el Decreto Nacional [1015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53141#0) de 2013, por lo anterior, una vez el Gobierno Nacional fije los límites máximos salariales para el año 2014, no es necesario efectuar ajustes a las respectivas asignaciones básicas.
Que el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal 2014, expedido mediante el Acuerdo Distrital 533 de 2013, contiene las apropiaciones necesarias para atender el pago de las sumas derivadas de la aplicación del presente Decreto. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.- Campo de Aplicación.__ Fijar las escalas de remuneración para los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C. Artículo 2°.- Asignaciones Básicas. A partir del 1° de enero de 2014, las asignaciones básicas mensuales de la escala de remuneración salarial de los empleados públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C., serán ajustadas a la cifra de inflación certificada por el DANE que se encuentra en uno punto noventa y cuatro por ciento (1.94 %) para la vigencia 2013, más un incremento del uno punto siete por ciento (1.7 %), para un total de tres punto sesenta y cuatro por ciento (3.64%); siempre que dicha asignación no supere los límites máximos establecidos en el Decreto Nacional 1015 de 2013, evento en el cual el porcentaje de incremento podrá ser inferior al 3.64% y se ajustará proporcionalmente. La escala salarial quedará así: | GRADO SALARIAL | DIRECTIVO | ASESOR | PROFESIONAL | TÉCNICO | ASISTENCIAL ---|---|---|---|---|--- 01 | 4.461.535 | 4.461.535 | 2.527.512 | 1.664.009 | 1.025.475 ---|---|---|---|---|--- 02 | 5.307.198 | 5.307.198 | 2.570.737 | 1.719.521 | 1.106.773 03 | 5.436.331 | 5.594.671 | 2.741.055 | 1.841.431 | 1.210.116 04 | 5.594.671 | | 2.875.766 | 1.851.064 | 1.228.296 05 | 7.556.897 | | 2.982.358 | 1.958.250 | 1.364.221 06 | | | 3.057.782 | | 1.504.941 07 | | | 3.222.725 | | 1.664.009 08 | | | 3.420.008 | | 1.800.000 09 | | | 3.745.283 | | 1.890.488
Parágrafo 1°. -** Para las asignaciones básicas de los niveles que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel respectivo a los empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
Artículo 3°.
-**__ El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y tendrá efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2014.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C, a los 31 días del mes de enero del año 2014
GUSTAVO PETRO U.
Alcalde Mayor
MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ
Secretaria General
RICARDO BONILLA GONZÁLEZ
Secretario Distrital de Hacienda
CESAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA
Director Departamento Administrativo del Servicio Civil
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5291 de febrero 3 de 2014
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