Acuerdo 001 de 2014
Acuerdo 1 de 2014 Jardín Botánico José Celestino Mutis - JBB
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 001
- Año
- 2014
- Fecha
- 3 de abril de 2014
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 001 DE 2014 (Abril 3) “Por el cual se autoriza al Director del Jardín Botánico José Celestino Mutis a definir el incremento salarial para los empleados de la planta de personal de la entidad que él lidera”. LA JUNTA DIRECTIVA DEL JARDÍN BOTÁNICO JOSÉ CELESTINO MUTIS En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 5 del Decreto 040 del 5 de febrero de 1993 y por el parágrafo del artículo 6° del Acuerdo 199 de 2005 del Concejo de Bogotá, D.C., y,
CONSIDERANDO:
Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto radicado bajo el número 1220 de fecha 11 de noviembre de 1999, señaló respecto a las competencias estatales para determinar el régimen salarial de los empleados públicos de las entidades descentralizadas del nivel territorial, que corresponde a las Juntas Directivas fijar los emolumentos de los servidores públicos, con sujeción a lo que determine el estatuto de cada entidad y todo sin desconocer el límite máximo salarial que fije el Gobierno Nacional en desarrollo de la competencia que le fue asignada en el parágrafo del artículo 12 de la Ley 4ª de 1992.
Que de acuerdo con el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1166#12.P) del artículo 12 de la Ley 4ª de 1992 al Gobierno Nacional le corresponde señalar el límite máximo salarial de los servidores públicos de las entidades territoriales, guardando equivalencias con cargos similares en el orden nacional. Qué el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56190#15) del Decreto 609 de 2013, “Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2014 y se dictan otras disposiciones”, en cumplimiento del Acuerdo Distrital No. [533](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55937#0) de 16 de diciembre de 2013, establece que “el incremento salarial en los Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica y las Empresas Sociales del Estado, deberá ser aprobado por sus respectivas Juntas o Consejos Directivos y asumido mediante acto administrativo del Gerente o Representante Legal y solo se requerirá para este efecto del concepto favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.”
Que mediante Circular Conjunta No. 02 emitida por la Secretaria Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital el 10 de febrero de 2014, se imparten los lineamientos para que las Entidades Descentralizadas de orden Distrital, adopten los porcentajes de Incremento Salarial conforme a lo establecido para las entidades de la Administración Central, mediante el Decreto [050](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56528#0) de fecha 31 de enero de 2014 “Por el cual se fija el incremento salarial para los empleados públicos del Sector Central de la Administración Distrital de Bogotá, D.C.”
Que el Decreto Nº 050 de fecha 31 de enero de 2014, expedido por el Gobierno Distrital, fijó el incremento salarial para los empleados públicos del Sector Central de la Administración Distrital de Bogotá, D.C., para la vigencia 2014 en un porcentaje de tres punto sesenta y cuatro por ciento (3.64%) Que el incremento salarial para los empleados públicos se realizará dentro de los límites máximos fijados por el Gobierno Nacional para los servidores públicos de las entidades territoriales, que se encuentren señalados en el Decreto No. [185](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56693#0) de 2014, de la siguiente manera: | NIVEL JERARQUICO | LIMITE MÁXIMO ASIGNACIÓN BASICA MENSUAL ---|--- Directivo | $10.394.377 Asesor | $8.308.552 Profesional | $5.804.191 Técnico | $2.151.650 Asistencial | $2.130.300 Que conforme lo ordenado por el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#6.P) del artículo 6º del Acuerdo Distrital 199 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio 2014EE495 del 4 de marzo de 2014, emitió concepto técnico favorable para el ajuste salarial a la propuesta presentada por el Jardín Botánico José Celestino Mutis.
Que el Jardín Botánico José Celestino Mutis cuenta con los recursos suficientes para garantizar el pago del incremento salarial, tal como consta en certificación expedida por la Subdirección Financiera, de fecha 12 de febrero de 2014.
Que la observancia de los procesos y procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar para su ejecución será responsabilidad y competencia del Jardín Botánico José Celestino Mutis.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
A RTÍCULO PRIMERO. Autorizar al Director del Jardín Botánico José Celestino Mutis para fijar el incremento salarial para la vigencia 2014 en un porcentaje equivalente al 3.64%, para las distintas categorías de los empleos públicos de su planta de personal, conforme a las directrices emitidas por el Gobierno Distrital, y a lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo.
CARGOS | DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CODIGO | GRADO | ASIGNACIÓN ACTUAL 2013 | INCREMENTO 3,64% | ASIGNACIÓN MENSUAL 2014 ---|---|---|---|---|---|--- DESPACHO DEL DIRECTOR 1 | Director General Entidad Descentralizada | 050 | 09 | $ 6.043.432 | $ 219.980,92 | $ 6.263.413 1 | Asesor | 105 | 05 | $ 3.937.124 | $ 143.311,31 | $ 4.080.436 1 | Conductor | 480 | 13 | $ 1.274.984 | $ 50.234,37 | $ 1.321.394 NIVEL DIRECTIVO 1 | Secretario General Entidad Descentralizada | 54 | 08 | $ 5.389.375 | $ 196.173,25 | $ 5.585.549 3 | Subdirector Técnico | 68 | 07 | $ 4.810.976 | $ 175.119,53 | $ 4.986.096 2 | Jefe de Oficina | 006 | 05 | $ 3.937.124 | $ 143.311,31 | $ 4.080.436 NIVEL ASESOR 1 | Jefe de oficina asesora | 115 | 05 | $ 3.937.124 | $ 143.311,31 | $ 4.080.436 NIVEL PROFESIONAL 1 | Profesional Especializado | 222 | 32 | $ 4.390.232 | $ 172.975,14 | $ 4.550.037 4 | Profesional Especializado | 222 | 27 | $ 3.109.538 | $ 122.515,80 | $ 3.222.726 4 | Profesional Universitario | 219 | 18 | $ 2.514.812 | $ 99.083,59 | $ 2.606.352 3 | Profesional Universitario | 219 | 11 | $ 2.190.819 | $ 86.318,27 | $ 2.270.565 NIVEL TÉCNICO 2 | Técnico Operativo | 314 | 17 | $ 1.889.473 | $ 74.445,24 | $ 1.958.250 1 | Técnico Operativo | 314 | 14 | $ 1.776.757 | $ 70.004,23 | $ 1.841.431 1 | Técnico Operativo | 314 | 06 | $ 1.410.757 | $ 55.583,83 | $ 1.462.109 NIVEL ASISTENCIAL 2 | Auxiliar Administrativo | 407 | 27 | $ 1.824.091 | $ 71.869,19 | $ 1.890.488 1 | Auxiliar Administrativo | 407 | 27 | $ 1.824.091 | $ 66.396,91 | $ 1.890.488 3 | Auxiliar Administrativo | 407 | 24 | $ 1.736.781 | $ 68.429,17 | $ 1.800.000 2 | Auxiliar Administrativo | 407 | 20 | $ 1.605.566 | $ 63.259,30 | $ 1.664.009 1 | Secretario Ejecutivo | 425 | 27 | $ 1.824.091 | $ 71.869,19 | $ 1.890.488 5 | Secretario | 440 | 22 | $ 1.687.860 | $ 66.501,68 | $ 1.749.299 16 | Operario | 487 | 10 | $ 1.167.614 | $ 46.003,99 | $ 1.210.116 56 | TOTAL CARGOS
Artículo segundo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los tres (3) días del mes de abril de dos mil catorce (2014).
NÉSTOR GARCÍA BUITRAGO
Presidente Junta Directiva
MANUEL ÁVILA OLARTE
Secretario Junta Directiva
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5335 de abril 9 de 2014
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