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Acuerdo 571 de 2014

Acuerdo 571 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
571
Año
2014
Fecha
1 de diciembre de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 571 DE 2014

(Diciembre 1)

"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE LA ENTREGA DE UN KIT ESCOLAR GRATUITO PARA LOS ESTUDIANTES MATRICULADOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DEL DISTRITO CAPITAL"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

**En uso de sus facultadas constitucionales y legales, en particular las conferidas por los Artículos 313 y 322 de la Constitución Política y el Artículo 12 numeral 1 del Decreto Ley 1421 de 1993.

**[Ver Proyectos de Acuerdo 200 de 2013](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=54844), [007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56845), [169](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57793), [079](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57942) [y 571 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60079)

ACUERDA:

Artículo 1°.

Objeto.** Se establece la entrega gratuita, al inicio de cada año lectivo, de un kit escolar a los estudiantes matriculados en las instituciones educativas oficiales del Distrito Capital, que por su condición socioeconómica o de vulnerabilidad lo requieran.

Parágrafo. La Secretaria de Educación del Distrito establecerá el procedimiento a través del cual los padres de familia o acudientes podrán solicitar su asignación. Así mismo, definirá los criterios que deben cumplir los estudiantes para acceder al estímulo del kit escolar, que como mínimo incluirán: puntaje del SISBEN, población victima de la violencia, discapacidad, población rural, pobreza oculta, entre otros.

Artículo 2°.

Aplicación. La Administración Distrital será la encargada de dar cumplimiento al presente Acuerdo y la Secretaria de Educación Distrital definirá el contenido del kit escolar según las necesidades de cada nivel educativo o condición de la población beneficiaria.

Parágrafo. La Secretaria de Educación del Distrito implementará gradualmente la asignación de los kits escolares a partir de 2016.

Artículo 3°.

Continuidad para la asignación de los kits. La Secretaria de Educación del Distrito establecerá las condiciones que deben cumplir los beneficiarios para la renovación anual del kit escolar, teniendo en cuenta la asistencia regular del estudiante al colegio, la permanencia escolar y la participación de los padres de familia en las actividades escolares.

Artículo 4°.

Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE

| MIGUEL URIBE TURBAY

Presidente

| LUIS ALFREDO CERCHIARO DAZA

Secretario General de Organismo de Control

---|--- GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5485 de diciembre 4 de 2014

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