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Acuerdo 560 de 2014

Acuerdo 560 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
560
Año
2014
Fecha
25 de agosto de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 560 DE 2014 (Agosto 25) “Por medio del cual se establece un reconocimiento a los Héroes Anónimos del Distrito Capital” EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, establecidas en el artículo 313 de la Constitución Nacional y en especial las conferidas por los numerales 1 y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 [Ver Proyectos de Acuerdo 097 de 2013](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52620) [y 029 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56890)

ACUERDA:

Artículo 1.

Establecimiento del reconocimiento.

Se establece un reconocimiento, consistente en una condecoración anual, mediante la cual se enaltezca la valentía de las personas que se han destacado en actos heroicos a favor de los demás y en los que aquellas hayan expuesto su vida, su integridad física o sus bienes en protección de otro u otros.

Artículo 2.

Día del Héroe Anónimo en el Distrito Capital.

Declárese el primer viernes del mes de agosto, como Día del Héroe Anónimo en el Distrito Capital.

Parágrafo.

El día del héroe anónimo el Concejo de Bogotá incorporará en la agenda correspondiente la temática del reconocimiento como un punto en el orden del día, en dicha oportunidad se permitirá que las personas condecoradas, expongan de manera breve la motivación que los indujo a arriesgar su vida, sus bienes o su integridad por los demás.

Artículo 3.

Criterios para el otorgamiento del reconocimiento a servidores públicos.** Cuando los actos heroicos a que se refiere el artículo primero sean realizados por servidores públicos en estricto cumplimiento de sus funciones, el reconocimiento solo se otorgará si la acción de que se trata puede ser calificada de extraordinaria.

Artículo 4.

El presente Acuerdo rige a partir de su fecha de publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. MIGUEL URIBE TURBAY

Presidente

LUIS ALFREDO CERCHIARO DAZA

Secretario General de Organismo de Control

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE. Agosto 25 de 2014. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5420 de agosto 28 de 2014.

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