Acuerdo 552 de 2014
Acuerdo 552 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 552
- Año
- 2014
- Fecha
- 21 de mayo de 2014
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**ACUERDO 552 DE 2014 (Mayo 21)
“Por medio del cual se convoca a Elección de los Jueces de Paz y de Reconsideración en Bogotá Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”.
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C., En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales conferidas por el numeral 1° del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, numerales 1° y 25° y en especial a lo establecido en la Ley 497 de 1999 “Por la cual se crean los Jueces de Paz y se reglamenta su organización y funcionamiento”, **[Ver Proyectos de Acuerdo 285 de 2013](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55280) [y 061 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57513)
ACUERDA:
Artículo 1.
- CONVOCATORIA.** Convócase a Elección de los Jueces de Paz y de Reconsideración en Bogotá Distrito Capital de acuerdo con las circunscripciones electorales que para efectos del presente Acuerdo son las U.P.Z.
Parágrafo. La Administración Distrital determinará la fecha de la elección.
Artículo 2.
-** La Secretaría Distrital de Gobierno, en coordinación con la Personería de Bogotá, promoverán difundirán y apoyarán el proceso de elección de los Jueces de Paz y de Reconsideración, debiendo garantizar la infraestructura y logística necesaria para la organización y desarrollo del proceso electoral, así como la participación activa y demás derechos de los ciudadanos en dicho proceso.
ARTÍCULO 3- FINANCIACIÓN. La Administración Distrital asignará los recursos que correspondan a la realización del proceso de elección de los Jueces de Paz y de Reconsideración de que trata el presente Acuerdo, en el marco de las disponibilidades presupuestales pertinentes.
Artículo 4.
- VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
MIGUEL URIBE TURBAY Presidente LUIS ALFREDO CERCHIARO DAZA Secretario General de Organismo de Control ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
Mayo 21 de 2014.
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5362 de mayo 23 de 2014**
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