Directiva 002 de 2015
Directiva 2 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Directiva
- Número
- 002
- Año
- 2015
- Fecha
- 25 de junio de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DIRECTIVA 002 DE 2015
(Junio 25) | Para: | SECRETARÍOS DE DESPACHO, DIRECTORES O GERENTES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, VEEDORA DISTRITAL, SECRETARIO DEL CONCEJO DE BOGOTÁ
---|--- De: | SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
Asunto: | Responsabilidad y compromiso de los Representantes Legales de las Entidades y Organismos Distritales frente al Sistema de Control Interno.
[Ver Directiva Sec. General 03 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62699#0)
Con la designación de los Jefes de Control Interno o quien hace sus veces en las Entidades y Organismos Distritales por el Alcalde Mayor de Bogotá, en cumplimiento del artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43292#8) de la Ley 1474 del 2011 y el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59375#3) del Decreto Distrital 370 de 2014, la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional ha venido desarrollando un conjunto de acciones para fortalecer las Unidades u Oficinas de Control Interno.
En este sentido, como resultado del taller "Sensibilización de Roles y Responsabilidades Jefes de Control Interno y Representantes Legales frente al Sistema de Control Interno"1 se identifica la necesidad de reforzar el compromiso de la Alta Dirección en la adecuación, implementación, mejora y sostenibilidad del Sistema de Control Interno en las Entidades y Organismos Distritales, específicamente en lo que respecta a la asignación de los recursos necesarios para el desarrollo de las funciones de las Oficinas de Control Interno y por ende el cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#12) de la Ley 87 de 1993 y su rol designado2.
En virtud de lo anteriormente expuesto, la Ley 87 de 1993 en su artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#6) establece criterios muy precisos frente a la responsabilidad del Sistema de Control Interno: _"_El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal__ _o _máximo directivo correspondiente. No obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del control interno, también será de responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de las entidades y organismos__ _"; disposición reiterada_ por el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59375#3) del Decreto Distrital 370 de 2014.
En este sentido y teniendo en cuenta que la responsabilidad y compromiso se debe ver reflejado en la asignación de los recursos a las Oficinas de Control Interno, debe observarse a plenitud lo dispuesto en el parágrafo [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#11.P2) del artículo 11 de la Ley 87 del 1993 y el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43292#8) de la Ley 1474 del 2011, el cual establece que: _"_El auditor interno,____o quien haga sus veces, contará con el personal multidisciplinario que le asigne el jefe del organismo o entidad, de acuerdo con la naturaleza de las funciones del mismo. La selección de dicho personal no implicará necesariamente aumento en la planta de cargos existente_"._
__ Razón por cual, se exhorta a los Representantes Legales como máxima autoridad y responsable del Sistema de Control Interno a fortalecer su compromiso frente a su implementación y mejora, entre los que se requiere que se tengan en cuenta los siguientes aspectos:
1. Asignar el Talento Humano necesario a las oficinas de control interno y que cumpla con la idoneidad requerida, aportando de esta manera en el desarrollo del Sistema de Control Interno; lo anterior en concordancia con la planeación y la disposición de los recursos con los que cuenta la entidad.
2. Atender las observaciones resultantes de los ejercicios de auditorías y demás informes producidos por las Unidades de Control Interno, con el fin de tomar decisiones y generar acciones que permitan prevenir, corregir y mejorar los diferentes aspectos encontrados en desarrollo de la gestión de las Entidades y Organismos Distritales.
Las instrucciones antes señaladas, buscan optimizar el funcionamiento no sólo del Sistema de Control Interno Ley [87](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#0) de 1993, sino también de los Subsistemas que conforman el Sistema Integrado de Gestión, adoptado mediante Decreto Distrital [176](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39520#0) del 2010 y reglamentado mediante el Decreto [651](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45211#0) y [652](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45212#0) de 2011.
Cordialmente,
MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA
Secretaría General
NOTAS DE PIE DE PÁGINA
1 Actividad realizada los días 14 y 15 de mayo de 2015.
2 Cartilla de Administración Pública “Rol de las Oficinas de Control Interno, Auditoría Interna o quien haga sus veces” emitida por el Departamento Administrativo de la Función Pública; Septiembre del 2009.
Proyectó: Diana Rodríguez - Profesional DDDI Revisó: Martha Liliana Soto Iguarán Subdirectora Técnica de la Dirección Distrital Desarrollo Institucional Aprobó: Dr. Carlos Manuel Galván Vega - Director Distrital de Desarrollo Institucional
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