Decreto 549 de 2015
Decreto 549 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 549
- Año
- 2015
- Fecha
- 18 de diciembre de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 549 DE 2015
(Diciembre 18)
_"Por medio del cual se prorroga la vigencia de los empleos temporales del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital"_ __ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 9 del Artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades pueden crear sus plantas de empleos de carácter temporal o transitorio para, entre otros, el desarrollo de programas y proyectos de duración determinada.
Que en el marco del Plan de Desarrollo Bogotá Humana 2012-2016, el Departamento Administrativo del Servicio Civil, en el Programa "Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional", cuenta con dos proyectos: a) Estructuración - Fortalecimiento y Dignificación Técnico - Humana del Empleo Público en el Distrito Capital y b) Fortalecimiento de los sistemas de gestión en el DASCD con componentes TICs. El primero tiene por objetivo dignificar el empleo público en el Distrito Capital y promover el respeto por el empleo decente, mediante la formalización de plantas de empleo de las entidades fortalecimiento de las competencias del administrador del talento humano distrital, el estímulo al servidor público distrital y la investigación en los componentes de gestión pública, talento humano y el empleo, para estructurar y evaluar los criterios técnicos para la toma de decisiones en el distrito. El segundo adecuar el Sistema de Gestión Institucional de la entidad a través del fortalecimiento tecnológico para la administración de la información e implementación del Sistema Integrado de Gestión para estar al nivel del desarrollo de las políticas de TIC's y de gestión institucional.
Que mediante Decreto [34](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51367#0) de 2013 se crearon cuarenta (40) empleos de carácter temporal para el cumplimiento del Plan de Desarrollo Bogotá Humana, hasta el 31 de diciembre de 2015.
Que para culminar los proyectos formulados, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital requiere personal de carácter temporal que contribuya en la ejecución de actividades que le permitan cumplir las metas del Plan de Desarrollo. Que, en uso de las facultades conferidas en el artículo 6 del Acuerdo Distrital 199 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio 2015IE1100 del 4 de diciembre de 2015, emitió concepto técnico favorable, para la prórroga de la vigencia de los empleos de carácter temporal en la planta de personal de la entidad.
Que mediante oficio 2015EE287774 del 17 de diciembre de 2015, la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto de viabilidad presupuestal sobre la prórroga de la vigencia de los empleos de carácter temporal en la planta de personal del DASCD.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°-: Prorrogar hasta el 30 de junio de 2016 la vigencia de los siguientes empleos temporales del Departamento Administrativo del Servicio Civil: | DENOMINACIÓN | CÓDIGO | GRADO | No. DE CARGOS
---|---|---|--- Profesional Especializado | 222 | 27 | Seis (6) Profesional Especializado | 222 | 21 | Quince (15) Profesional Universitario | 219 | 07 | Ocho (8) Auxiliar Administrativo | 407 | 19 | Once (11) TOTAL No. DE CARGOS | Cuarenta (40)
Artículo 2°-: Los empleos de carácter temporal de que trata el artículo 1, deberán cumplir las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#0) de 2004 y el Decreto Reglamentario [1227](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16313#0) de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 3°-: El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de diciembre del año 2015.
GUSTAVO PETRO U.
Alcalde Mayor
MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA
Secretaria General
CESAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA
Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5740 de diciembre 23 de 2015.
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