Decreto 393 de 2015
Decreto 393 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 393
- Año
- 2015
- Fecha
- 7 de octubre de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 393 DE 2015
(Octubre 07)
"Por el cual se confiere una comisión de servicios al exterior y se hace un encargo"
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere el Numeral 3° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que el doctor Carlos Arturo Rey Parra, Secretario Privado del Despacho del señor Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., mediante memorandos radicados con los Nros. 3-2015-34434 y 3-2015-34474 del 6 de octubre de 2015, remitió la comunicación suscrita por el señor MARIO CARVAJAL LOZANO, Embajador del Estado Plurinacional de Bolivia en Colombia, por medio de la cual invita al doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, Alcalde Mayor Código 020 Grado 50 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para que participe en la _"Conferencia Mundial de los Pueblos sobre Cambio Climático y Defensa de la Vida",_ que se llevará a cabo del 10 al 12 de octubre de 2015, en la ciudad de Tiquipaya - Cochabamba - Bolivia.
Que el día 9 de octubre de 2015, el doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, tendrá un almuerzo y una reunión de trabajo con el doctor David Choquehuanca Céspedes, Ministro de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, para· preparar la _"Conferencia Mundial de los Pueblos sobre Cambio_ _ Climático y Defensa de la Vida", _y tratar los temas relacionados con la COP21 de París.
Que en los mencionados eventos se tratarán temas relacionados con el conocimiento, prácticas y tecnologías de los pueblos para el cambio climático y para la vida, la defensa del patrimonio común, la evaluación de los logros y avances de Tiquipaya y la voz de los pueblos para la COP21 sobre el cambio climático de París, entre otros.
Que en el Eje 2 del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas Para Bogotá D.C. 2012-2016 - Bogotá Humana, determina que _"Un Territorio que Enfrenta el Cambio Climático y se Ordena_ _ Alrededor del Agua", _se establece que _"las políticas de ordenamiento del territorio, gestión ambiental y_ _ gestión del riesgo estarán articuladas para enfrentar el cambio climático. Se dará prioridad a la atención de los conflictos sociales y ambientales de los asentamientos informales en zonas de riesgo, combinando reasentamiento y adecuación, para reducir su vulnerabilidad física, asegurar el equilibrio de cargas sobre los ecosistemas y proveer a la ciudad de corredores ecológicos para la conectividad del agua y las dinámicas ecosistémicas que reduzcan el consumo de suelo, agua, energía y materiales, y minimicen el impacto sobre el medio natural”_.
Que la participación del doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO en dichos eventos, se considera procedente y guarda relación con las funciones de su competencia, teniendo en cuenta que participará activamente en la _"Conferencia Mundial de los Pueblos sobre Cambio Climático y Defensa de la Vida",_ en la cual tendrá la oportunidad de presentar los logros y cifras que ha alcanzado la ciudad en los temas relacionados con el sector ambiental fijados en el Eje 2 del mencionado Plan de Desarrollo, lo cual coadyuvará en el posicionamiento de Bogotá, D.C., como líder en políticas y programas a nivel mundial, de conformidad con el artículo 45 del aludido Plan de Desarrollo.
Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., entregará al doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, tiquetes aéreos en la ruta Bogotá - Tiquipaya, Cochabamba - Bogotá, con cargo al contrato de suministro 2211500-347-2015 y reconocerá viáticos a razón del cien por ciento (100%) por los días 8, 9, 10, 11 y 12 de octubre de 2015, de la tarifa máxima establecida en el Decreto [1063](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61849#0) de 2015, con cargo al rubro 3-1-2-02-02-00-0000-00 concepto "Viáticos y Gastos de Viaje" de la actual vigencia fiscal, según certificado de disponibilidad presupuestal Nro. 29.
Que el artículo [50](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#50) del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que _"Las comisiones oficiales del Alcalde Mayor serán ordenadas por el propio Alcalde, quien fijará su objeto, duración y costo para el erario. Así mismo, designará el funcionario que deba reemplazarlo. Las comisiones sólo se podrán decretar para atender asuntos relacionados con las funciones del cargo. Copia de los decretos de comisión será enviada a la mesa directiva del Concejo"._ __ Que con el propósito que el señor Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., asista a los eventos previstos, se hace necesario conferir comisión de servicios al exterior, por cuestiones de itinerario y agenda de nivel internacional, a partir de las 9:00 a.m. del 8 hasta el 13 de octubre de 2015, en los términos dispuestos en las normas vigentes.
Que en ese sentido, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del cargo de Alcalde Mayor Código 020 Grado 50 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para garantizar la continua prestación de los servicio (sic). En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.-** Conferir comisión de servicios al exterior a partir de las 9:00 a.m. del 8 hasta el 13 de octubre de 2015, al doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, identificado con la cédula de ciudadanía Nro. 208.079, Alcalde Mayor Código 020 Grado 50 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para desplazarse a la ciudad de Tiquipaya - Cochabamba - Bolivia.
Parágrafo 1°. -** Durante el término de la comisión el doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, tendrá derecho a percibir su remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.11.8 del Decreto [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#0) de 2015.
Parágrafo 2°. - Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, el señor Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., presentará un informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, de conformidad con lo ordenado en el artículo 2.2.5.11.11 del Decreto [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#0) de 2015. Artículo 2°.- Ordenar a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., que entregue al doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, tiquetes aéreos en la ruta Bogotá - Tiquipaya, Cochabamba--' Bogotá, con cargo al contrato de suministro 2211500-347-2015 y reconocerá viáticos a razón del cien por ciento (100%) por los días 8, 9, 10, 11 y 12 de octubre de 2015, de la tarifa máxima establecida en el Decreto [1063](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61849#0) de 2015, con cargo al rubro 3-1-2-02-02-00-0000-00 concepto "Viáticos y Gastos de Viaje" de la actual vigencia fiscal, según certificado de disponibilidad presupuestal Nro. 29. Artículo 3°.-** Encargar a partir de las 9:00 a.m. del 8 de octubre de 2015, de las funciones del cargo de Alcalde Mayor Código 020 Grado 50 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la doctora MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA, identificada con la cédula de ciudadanía Nro. 41.786.499, Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., hasta por el término de duración de la comisión del titular.
Parágrafo 1°. - Una vez el doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO retorne a la ciudad, reasumirá las funciones del cargo de Alcalde Mayor Código 020 Grado 50 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., del cual es titular y se dará de manera inmediata por terminado el encargo de dichas funciones, efectuado a la doctora MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA mediante el presente Decreto. Artículo 4°.- Comunicar a la doctora MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA, a la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, a la autoridad competente, para los efectos previstos en el artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#36) del Decreto Ley 1421 de 1993, a las Subdirecciones Administrativa y de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la misma Secretaría. Artículo 5°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 07 días del mes de octubre del año 2015.
GUSTAVO PETRO U.
Alcalde Mayor
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