Decreto 093 de 2015
Decreto 93 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 093
- Año
- 2015
- Fecha
- 12 de marzo de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 093 DE 2015
(Marzo 12)
**_"Por medio del cual_
se _declara Día Cívico Distrital el_ 9 _de Abril de 2015, en Memoria, Reconocimiento_ y _Solidaridad con las Víctimas del Conflicto Armado Interno_ y se _dictan otras disposiciones"_ __ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. __ _En ejercicio de sus facultades Constitucionales consagradas en el numeral 1_ _ del artículo 315 y Legales, en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993_ __**
CONSIDERANDO:
Que el Artículo [22](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#22) del Título II "De los Derechos, Las Garantías y los Deberes", del Capítulo I "De los Derechos Fundamentales" de la Constitución Política de Colombia, dispone que "La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento".
Que con el fin de lograr y garantizar el objetivo constitucional del Derecho fundamental a la Paz, el Congreso de la República aprobó la Ley [1448](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43043#0) de 2011, que fue sancionada por el Gobierno Nacional y en la que se establecieron un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas del conflicto armado interno dentro de un marco de justicia transicional, que busca que se posibiliten hacer efectivo el goce de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación con garantía de no repetición, de modo que se reconozca su condición de víctimas y se dignifique a través de la materialización de sus derechos constitucionales.
Que igualmente, la Ley 1448 de 2011, consagra medidas de satisfacción tendientes a restablecer la dignidad de la víctima, las cuales hacen parte del Plan Nacional para la Atención y Reparación a las Víctimas, entre las que encontramos la Reparación Simbólica del artículo [141](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43043#141) y el Día Nacional de la Memoria y Solidaridad con las Víctimas consagrado en el artículo [142](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43043#142), entre otras, las cuales señalan lo siguiente: "(...) _ARTICULO 141._ _REPARACIÓN SIMBÓLICA._ Se _entiende por reparación simbólica toda prestación realizada_ a _favor de las víctimas_ o _de la comunidad en general que tienda_ a _asegurar la preservación de la memoria histórica, la no repetición de los hechos victimizantes, la aceptación pública de los hechos, la solicitud de perdón público y el restablecimiento de la dignidad de las víctimas._ __ _ARTÍCULO 142._ _DÍA NACIONAL DE LA MEMORIA_ Y _SOLIDARIDAD CON LAS VÍCTIMA_ S. _EI 9 de abril de cada año,_ se _celebrará el Día de la memoria y Solidaridad con las Víctimas y_ se _realizarán por parte del Estado colombiano, eventos de memoria y reconocimiento de los hechos que han victimizado_ a _los colombianos y colombianas._ __ _El Congreso de la República_ se _reunirá en pleno ese día para escuchar_ a _las víctimas en una jornada de sesión permanente._(...)". __ Que en cumplimiento del postulado constitucional del derecho fundamental a la Paz como deber del Estado Colombiano, y en desarrollo de los artículos 141 y 142 de la Ley 1448 de 2011, instrumento Legal que en el contenido de su cuerpo normativo faculta a las entidades territoriales para adelantar las acciones tendientes a la reparación simbólica y a la preservación de la memoria histórica y solidaridad con las víctimas, se considera oportuno materializar por parte del Distrito Capital las acciones a las que hace mención la norma en cuestión. En mérito de lo expuesto, [Ver Circular Sec. General 042 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61077#0), [Ver Circular Sec. General 049 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61416#0)
DECRETA:
Artículo 1°.- Declárese día cívico el día nueve (9) de abril del año 2015, con el fin de conmemorar el _"Día de la Memoria y Solidaridad con las Víctimas"._ Artículo 2°.- La Administración Distrital adelantará las acciones y eventos que garanticen el cumplimiento de lo previsto en la Ley [1448](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43043#0) de 2011, así como cualquier otra actividad que sea compatible y comprenda medidas de reparación simbólica a las víctimas, asegure la preservación de la memoria histórica, la no repetición de los hechos victimizantes, como muestra de solidaridad con ellas, y sensibilización sobre la paz como derecho y deber fundamental, y como instrumento social de promoción con el fin último de lograr la reconciliación nacional y aportar a la consecución de la paz duradera y sostenible en el país. Artículo 3°.- Con ocasión de la declaración del _"Día de la memoria y Solidaridad con las Víctimas"_ a que hace referencia el presente Decreto, no habrá actividades laborales en los organismos y __ entidades públicas del Distrito Capital, con el fin que los Servidores Públicos asistan a los eventos __ y actividades que el Distrito adelante para el 9 de abril del año 2015. Artículo 4°.- Se exceptúan de lo anterior las entidades que por su naturaleza y misión tengan como objetivo la prestación de servicios que demanden atención inaplazable a los habitantes de la ciudad. Artículo 5°.- Convóquese a la población Bogotana para que se vincule y participe del _"Día de la memoria_ y _Solidaridad con las Víctimas"._ __ Artículo 6°- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de marzo del año 2015
GUSTAVO PETRO U
Alcalde Mayor
MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA
Secretaria General NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5553 de marzo 13 de 2015.
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