Acuerdo 006 de 2015
Acuerdo 6 de 2015 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 006
- Año
- 2015
- Fecha
- 29 de diciembre de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 006 DE 2015
(Diciembre 29)
“Por el cual se prorrogan algunos empleos de la Planta Temporal de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño y se suprimen otros empleos”.
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO,
en uso de sus facultades legales y estatutarias conferidas mediante Acuerdo 012 de 1970 emanado del Honorable Concejo Distrital y el Acuerdo 002 de 1999 y,
CONSIDERANDO:
La Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#0) de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la Gerencia Pública, es aplicable a los servidores públicos que prestan sus servicios en las entidades Distritales. El artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) de la Ley 909 de 2004 consagra que, los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo y para desarrollar programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo. Mediante Acuerdo [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53506#0) de fecha 15 de abril de 2013, la Junta Directiva de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, creó veinte (20) empleos en la Planta Temporal, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015. A partir de la vigencia 2014, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño no participa en la ejecución del Proyecto 0910 _“Jornada Educativa Única para la Excelencia Académica y la Formación integral”,_ razón por la cual se hace necesario suprimir seis empleos asociados a este proyecto así: | SUPRESION - EMPLEOS DE CARÁCTER TEMPORAL Jornada Única --- CÓDIGO | GRADO | DENOMINACIÓN | No. CARGOS 219 | 01 | Profesional Universitario | 4 314 | 01 | Técnico Operativo | 2 TOTAL | | 6**
Para dar continuidad y cumplimiento a las metas propuestas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, en el marco del Plan de Desarrollo _“Bogotá Humana”_, y garantizar la ejecución de los programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo, mientras se surten los trámites necesarios para la implementación de la nueva estructura y planta de empleos de la Fundación, en cumplimiento de la Política Distrital de Formalización del Empleo, se requiere prorrogar hasta el 30 de junio de 2016, la planta temporal creada mediante Acuerdo No.[004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53506#0) del 15 de abril de 2013.
La Fundación Gilberto Alzate Avendaño, cuenta con el concepto técnico favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil con oficio No. 2015-EE-2667 del 21 de diciembre de 2015, radicada con el No. 1261 del 23 de diciembre de 2015, en la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, para la prórroga de los 14 de empleos de carácter temporal hasta el 30 de junio de 2016 inclusive, previa viabilidad presupuestal de la Secretaría de Hacienda.
La Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, emitió viabilidad presupuestal a la propuesta de prórroga de catorce (14) empleos de la planta temporal según oficio No. 2015-E-E-289926 del 23 de diciembre de 2015.
De conformidad con el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16313#21) del Decreto 1227 de 2005, mediante el cual se reglamenta la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#0) de 2004, que señala _“los empleos temporales deberán sujetarse a la nomenclatura y clasificación de cargos vigentes para cada entidad y a las disposiciones relacionadas con la elaboración del plan de empleos, diseño y reforma de plantas de que trata le Ley 909 de 2004”._
En merito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1° Prorrogar la vigencia de catorce (14) de los empleos de la planta temporal de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, creados mediante Acuerdo No. [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53506#0) de 2013, hasta el día 30 de junio de 2016, relacionados a continuación:
| TOTAL EMPLEOS DE CARÁCTER TEMPORAL ---|--- CÓDIGO | GRADO | DENOMINACIÓN | No. CARGOS | ASIGNACIÓN 2015 222 | 03 | Profesional Especializado | 1 | $3'109.896 219 | 01 | Profesional Universitario | 7 | $2'255.503 314 | 01 | Técnico Operativo | 2 | $1'537.554 407 | 01 | Auxiliar Administrativo | 4 | $1'232.223. TOTAL | | 14 | ARTÍCULO 2° Suprimir los siguientes cargos de la planta temporal de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño creados mediante Acuerdo No. [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53506#1) de 2013.
SUPRESION - EMPLEOS DE CARÁCTER TEMPORAL Jornada Única --- CÓDIGO | GRADO | DENOMINACIÓN | No. CARGOS 219 | 01 | Profesional Universitario | 4 314 | 01 | Técnico Operativo | 2 TOTAL | | 6 ARTÍCULO 3° Los empleos temporales prorrogados en el presente Acuerdo se sujetarán al cumplimiento del manual de funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#0) de 2004 y el Decreto Reglamentario [1227](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16313#0) de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
ARTÍCULO 4° La prórroga de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1227 de 2005.
ARTÍCULO 5° El presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2015.
CLARISA RUÌZ CORREAL
Presidente de Junta Directiva
NIDIA MANOSALVA CELY
Secretaria de Junta Directiva
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5748 de enero 05 de 2016
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