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Acuerdo 632 de 2015

Acuerdo 632 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
632
Año
2015
Fecha
30 de diciembre de 2015
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 632 DE 2015

(Diciembre 30)

"POR EL CUAL SE ESTABLECEN ESTRATEGIAS PARA LA PRESERVACIÓN Y DEFENSA DE LOS BIENES CONMEMORATIVOS, ESCULTURAS Y OTROS BIENES CULTURALES UBICADOS EN EL ESPACIO PÚBLICO "

**EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.

C., E n ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente de las conferidas por l os numerales 1 y 13 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, **[Ver Proyecto de Acuerdo 376 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143880)

ACUERDA:

ARTÍCULO 1°. La Administración Distrital promoverá la participación, sin ánimo de lucro, de los sectores público y privado en la restauración, preservación y defensa de los bienes conmemorativos, esculturales y otros bienes culturales ubicados en el espacio público de la ciudad.

Parágrafo. Las actividades de restauración preservación y defensa de los bienes conmemorativos, esculturas y otros bienes culturales ubicados en el espacio público que ejecuten las empresas, organismos, entidades o personas naturales, en el marco del presente Acuerdo, no les otorgarán ninguna concesión o derecho sobre los bienes de patrimonio cultural, ni eximirán a la Administración Distrital de la responsabilidad que le compete en relación con la restauración, preservación y defensa de los mismos. ARTÍCULO 2°. Créese el logo "ADOPTA UN MONUMENTO" como símbolo de reconocimiento hacia las empresas, organismos, entidades o personas naturales que participen en actividades orientadas a la restauración, preservación y defensa de los bienes conmemorativos y esculturas ubicados en el espacio público. ARTÍCULO 3° . Las empresas, organismos, entidades o personas naturales que participen en la restauración, preservación y defensa de los bienes conmemorativos y esculturas ubicados en el espacio público, podrán recibir de la Administración Distrital, según el caso los siguientes beneficios o estímulos: 1. Presencia del nombre, la marca o logo institucional en el espacio público en el que se encuentra el bien conmemorativo o escultura. 2. Utilización del lago "Adopta un monumento" en los bienes y servicios que ofrezcan o en la publicidad de los mismos. 3. Exaltación y reconocimiento de su nombre en actos y documentos oficiales. 4. Posibilidad de reconocimiento, a criterio de la Administración, de compensaciones a las empresas, organismos, entidades o personas naturales por su vinculación al programa de Adopción de un monumento. 5. Los demás que considere pertinente la Administración en el marco de sus competencias.

Artículo 4°.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA Presidenta DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO Secretario General de Organismo de Control GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE **Dado en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de diciembre del año 2015.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5748 de enero 05 de 2016

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