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Acuerdo 622 de 2015

Acuerdo 622 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
622
Año
2015
Fecha
29 de diciembre de 2015
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 622 DE 2015

(Diciembre 29)

"POR EL CUAL SE GARANTIZA LA DOTACIÓN PROGRESIVA DE TEXTOS ESCOLARES A LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES DEL DISTRITO CAPITAL, PARA CADA NIÑA, NIÑO Y ADOLESCENTES DE LA EDUCACIÓN PREESCOLAR, BÁSICA Y MEDIA"

**El CONCEJO DE BOGOTÁ, D.

C., En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, **[Ver Proyectos de Acuerdo 344 de 2014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60041), [085](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60811), [219](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62669) [y 301 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62864)

ACUERDA:

ARTÍCULO

1°.** La Secretaría de Educación Distrital dotará progresivamente de textos escolares a las instituciones educativas oficiales del Distrito Capital, para la utilización de cada niño, niña y adolescente de los grados de Preescolar, Básica y Media.

Parágrafo. Los niños, niñas y adolescentes en condiciones de discapacidad contarán con la dotación de textos escolares que se adapten a sus capacidades especiales. ARTÍCULO 2°. La Secretaría de Educación Distrital integrará y coordinará un equipo interdisciplinario colegiado que evaluará y ajustará, los contenidos de diseño curricular, pedagógico y didáctico de los textos escolares, en el marco de las actualizaciones requeridas en la apropiación, producción y circulación de conocimientos.

Parágrafo 1. El equipo interdisciplinario colegiado estará conformado por: delegados de universidades de formación docente, delegados locales de los Consejos Académicos y delegados locales de los Consejos de padres de familia.

Parágrafo 2. La Secretaría de Educación Distrital reglamentará la participación de cada una de las instituciones e instancias que integran el equipo interdisciplinario colegiado y su respectivo funcionamiento. ARTÍCULO 3°. La dotación de textos escolares se hará como mínimo cada tres años en las instituciones educativas oficiales y mejorará sus contenidos, metodologías y diseños de acuerdo a los resultados que arroje la evaluación del equipo interdisciplinario colegiado que estará liderado por la Secretaría de Educación Distrital. ARTÍCULO 4°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA

Presidenta

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

Secretario General de Organismo de Control

GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE **Dado en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2015.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5745 de diciembre 31 de 2015

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