Acuerdo 609 de 2015
Acuerdo 609 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 609
- Año
- 2015
- Fecha
- 9 de septiembre de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 609 DE 2015 (Septiembre 09) "POR EL CUAL SE CREA LA RED DISTRITAL DE CULTURA CIUDADANA Y DEMOCRÁTICA EN BOGOTÁ, D.C." EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las previstas en el Decreto Ley 1421 de 1993, en su artículo 12, numerales 10° y 25° y el Decreto 539 de 2006, artículo 2° literal a [Ver Decreto Distrital 599 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64253#0). [Proyectos de Acuerdo 101](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60912) [y 205 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.
(https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62636)
ACUERDA:
Artículo 1°.
Créase la Red Distrital de Cultura Ciudadana y Democrática en Bogotá.
Artículo 2°.
OBJETO.** Esta Red promoverá de manera permanente, las políticas, planes, programas, proyectos orientados a fortalecer la cultura ciudadana y democrática en la ciudad, a través de las siguientes acciones: 1. Definir los criterios conceptuales, políticos, metodológicos, operativos y técnicos para la creación e implementación de políticas, planes, programas y proyectos de cultura ciudadana y democrática en la ciudad y sus localidades. 2. Desarrollar estrategias pedagógicas y de fomento de la cultura ciudadana y democrática en las instituciones integrantes de la red con el fin de dirigir y orientar sus acciones hacía la ciudadanía. 3. Realizar los diagnósticos e investigaciones necesarias para actualizar los conceptos de cultura ciudadana y democrática, y los contextos de ciudad que permanentemente van cambiando. Igualmente realizar estudios que permitan conocer las transformaciones culturales que se han dado en la ciudad y de esta forma ajustar las estrategias a las nuevas realidades. 4. Orientar la definición de prioridades para la intervención en programas y proyectos de ciudad que requieran acciones conducentes a la promoción y fortalecimiento de la cultura ciudadana y democrática. Estos programas se enmarcarán en conceptos como la convivencia, la confianza pública, la apropiación ética y responsable de lo público, el bien común, la construcción democrática de acuerdos y la cultura de paz.
Parágrafo. La Red Distrital de Cultura Ciudadana y Democrática debe tener un carácter transectorial (sociedad civil y administración pública); transversal (concurrencia de distintas disciplinas, sectores o instituciones) e interinstitucional (articulación y complementariedad entre las instituciones públicas) y permanente (que trascienda las administraciones distritales).
Artículo 3°.
La Secretaría de Cultura Recreación y Deporte (SCRD) en coordinación con La Secretaría de Gobierno presidirán la Red, a su vez la SCRD será la encargada de la coordinación técnica de la red, definiendo los lineamientos genera les, de orden conceptual y metodológico.
Artículo 4°.
La Red deberá establecer de manera permanente y dinámica estrategias que permitan orientar los planes de acción, que deben contener como mínimo lo siguiente: \- Descripción problemática \- Información diagnóstica que respalda la descripción problemática \- Entidades participantes \- Programas, proyectos o acciones existentes \- Programas, proyectos o acciones necesarias \- Plazos \- Indicadores de medición (cumplimiento, gestión, impacto) \- Recursos.
Artículo 5°.
Sistema de Información permanente de Cultura Ciudadana y Democrática: El centro de estudios y análisis en convivencia y seguridad ciudadana - CEACSC - y el observatorio de culturas de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, articularán acciones en aras de producir información permanente que contribuya a la toma de decisiones sobre acciones que se deban emprender en materia de cultura ciudadana y democrática.
Artículo 6°.
VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA Presidenta DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO Secretario General de Organismo de Control GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE Dado en Bogotá D.C., a los 09 días del mes de septiembre del año 2015 NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5671 de septiembre 11 de 2015
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