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Acuerdo 609 de 2015

Acuerdo 609 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
609
Año
2015
Fecha
9 de septiembre de 2015
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 609 DE 2015 (Septiembre 09) "POR EL CUAL SE CREA LA RED DISTRITAL DE CULTURA CIUDADANA Y DEMOCRÁTICA EN BOGOTÁ, D.C." EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las previstas en el Decreto Ley 1421 de 1993, en su artículo 12, numerales 10° y 25° y el Decreto 539 de 2006, artículo 2° literal a [Ver Decreto Distrital 599 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64253#0). [Proyectos de Acuerdo 101](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60912) [y 205 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

(https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62636)

ACUERDA:

Artículo 1°.

Créase la Red Distrital de Cultura Ciudadana y Democrática en Bogotá.

Artículo 2°.

OBJETO.** Esta Red promoverá de manera permanente, las políticas, planes, programas, proyectos orientados a fortalecer la cultura ciudadana y democrática en la ciudad, a través de las siguientes acciones: 1. Definir los criterios conceptuales, políticos, metodológicos, operativos y técnicos para la creación e implementación de políticas, planes, programas y proyectos de cultura ciudadana y democrática en la ciudad y sus localidades. 2. Desarrollar estrategias pedagógicas y de fomento de la cultura ciudadana y democrática en las instituciones integrantes de la red con el fin de dirigir y orientar sus acciones hacía la ciudadanía. 3. Realizar los diagnósticos e investigaciones necesarias para actualizar los conceptos de cultura ciudadana y democrática, y los contextos de ciudad que permanentemente van cambiando. Igualmente realizar estudios que permitan conocer las transformaciones culturales que se han dado en la ciudad y de esta forma ajustar las estrategias a las nuevas realidades. 4. Orientar la definición de prioridades para la intervención en programas y proyectos de ciudad que requieran acciones conducentes a la promoción y fortalecimiento de la cultura ciudadana y democrática. Estos programas se enmarcarán en conceptos como la convivencia, la confianza pública, la apropiación ética y responsable de lo público, el bien común, la construcción democrática de acuerdos y la cultura de paz.

Parágrafo. La Red Distrital de Cultura Ciudadana y Democrática debe tener un carácter transectorial (sociedad civil y administración pública); transversal (concurrencia de distintas disciplinas, sectores o instituciones) e interinstitucional (articulación y complementariedad entre las instituciones públicas) y permanente (que trascienda las administraciones distritales).

Artículo 3°.

La Secretaría de Cultura Recreación y Deporte (SCRD) en coordinación con La Secretaría de Gobierno presidirán la Red, a su vez la SCRD será la encargada de la coordinación técnica de la red, definiendo los lineamientos genera les, de orden conceptual y metodológico.

Artículo 4°.

La Red deberá establecer de manera permanente y dinámica estrategias que permitan orientar los planes de acción, que deben contener como mínimo lo siguiente: \- Descripción problemática \- Información diagnóstica que respalda la descripción problemática \- Entidades participantes \- Programas, proyectos o acciones existentes \- Programas, proyectos o acciones necesarias \- Plazos \- Indicadores de medición (cumplimiento, gestión, impacto) \- Recursos.

Artículo 5°.

Sistema de Información permanente de Cultura Ciudadana y Democrática: El centro de estudios y análisis en convivencia y seguridad ciudadana - CEACSC - y el observatorio de culturas de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, articularán acciones en aras de producir información permanente que contribuya a la toma de decisiones sobre acciones que se deban emprender en materia de cultura ciudadana y democrática.

Artículo 6°.

VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA Presidenta DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO Secretario General de Organismo de Control GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE Dado en Bogotá D.C., a los 09 días del mes de septiembre del año 2015 NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5671 de septiembre 11 de 2015

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