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Acuerdo 590 de 2015

Acuerdo 590 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
590
Año
2015
Fecha
27 de mayo de 2015
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 590 DE 2015 ACUERDO 590 DE 2015

(Mayo 27)

“POR EL CUAL SE INSTALAN DISPENSADORES DE CONDONES EN EL DISTRITO CAPITAL”

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.,

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, articulo 12 Numeral 1, [Ver Proyectos de Acuerdo 267 de 2013](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55255), [118](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=58415), [159](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57714) [y 277 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59665)

ACUERDA:

Artículo 1º.

Establézcase la instalación de dispensadores de condones, en sitios de alta afluencia de público, con el fin de prevenir infecciones de transmisión sexual, embarazos no deseados y disfrute responsable de la sexualidad los cuales estarán dotados con la información necesaria sobre su adecuada utilización.

Artículo 2º.

La Secretaria Distrital de Salud, determinará la reglamentación del presente Acuerdo, la ubicación e instalación, el tipo de insumos, el tipo de campañas de información, educación y comunicación, así como el financiamiento, implementación, monitoreo y evaluación de las estrategias para el montaje y mantenimiento de los dispensadores, el abastecimiento y suministro permanente de preservativos y el reporte de la distribución, con un enfoque de sostenibilidad y de generación de responsabilidad para los usuarios. En todo caso, los preservativos a ser distribuidos deben cumplir con los requerimientos técnicos establecidos por las normas del INVIMA.

Artículo 3.

La Secretaría Distrital de Salud, presentará un plan de acción, en el cual garantizará la implementación del presente Acuerdo.

Artículo 4.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA

Presidenta

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

Secretario General de Organismo de Control

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

PUBLÍQUESE Y EJECÚSETE

GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

Mayo 27 de 2015

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5603 de mayo 29 de 2015

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