Decreto 377 de 2026
Decreto 377 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 377
- Año
- 2026
- Fecha
- 17 de septiembre de 2026
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 377 de 2026
(Septiembre 17)
_Por medio del cual se delega la participación del/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá D.C., en la Junta Directiva de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio -Transmilenio S.A., y se deroga el Decreto[078](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23251)de 2007_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 209 de la Constitución Política, el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, el articulo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de los Estatutos de la Empresa de Transporte Masivo del Tercer Milenio, Transmilenio S.A. y
CONSIDERANDO:
El artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política dispone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros, en los principios de eficacia, economía, celeridad e imparcialidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones, debiendo las autoridades administrativas coordinar sus actuaciones para la consecución de los fines del Estado. El artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas, conforme lo dispuesto en la Constitución Política y la ley, podrán, mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. El artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#10) de la Ley 489 de 1998 establece que en el acto de delegación, que siempre será escrito, se determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren. El artículo [56](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#56) del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que, en todo caso, el Alcalde Mayor, o su delegado, hará parte de las juntas directivas de las entidades descentralizadas del Distrito Capital, correspondiéndole presidirlas. El artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#17) del Acuerdo Distrital 257 de 2006, establece que las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras entidades con funciones afines o complementarias. El artículo 35 de los Estatutos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio Transmilenio S.A., establece que la junta directiva estará integrada por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., o su delegado permanente, como miembro de dicho órgano colegiado. Mediante el Decreto [078](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23251) de 2007 se delegó la participación del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., en las reuniones ordinarias y extraordinarias de la junta directiva de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio Transmilenio S.A., en el/la Secretario/a Distrital de Movilidad. Se hace necesario efectuar una nueva delegación del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., en la Junta Directiva de TRANSMILENIO S.A., con el propósito de garantizar la continuidad de su representación y participación en las sesiones y deliberaciones de dicho órgano colegiado. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Delegación. Delegar la participación del/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá D.C., en las reuniones ordinarias y extraordinarias de la junta directiva de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio -TRANSMILENIO S.A., en el/la Subsecretario/a de Política de Movilidad de la Secretaría Distrital de Movilidad. Artículo 2º. Comunicación. Comunicar el contenido del presente decreto a la actual Subsecretaria de Política de Movilidad de la Secretaria Distrital de Movilidad, Candelaria González, a los correos electrónicos: cangonzalez@movilidadbogota.gov.co y radicacionentidades@movilidadbogota.gov.co, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y a los demás miembros de la junta directiva de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio Transmilenio, S.A., por medio de la Gerencia General de Transmilenio S.A. Artículo 3º. Vigencia y Derogatoria**. El presente decreto rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=194282) y deroga el Decreto [078](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23251) de 2007.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de septiembre del año 2026.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
Nota: Ver norma original en Anexos.
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