Decreto 373 de 2026
Decreto 373 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 373
- Año
- 2026
- Fecha
- 11 de septiembre de 2026
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 373 DE 2026
(Septiembre 11)
_Por medio del cual se concede un permiso remunerado y se efectúa un encargo_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y,
CONSIDERANDO:
De conformidad con el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38) del Decreto Ley No. 1421 de 1993, corresponde al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito Capital. En ese sentido, el artículo [2.2.5.5.17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.5.17) del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824) de 2017, establece que el empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa, correspondiendo al nominador o a su delegado la facultad de autorizarlo o negarlo. A su vez, el artículo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#24) de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85638#1) de la Ley 1960 de 2019, dispone que los empleos de libre nombramiento y remoción en vacancia temporal o definitiva podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño. Asimismo, mediante oficio radicado con No. 1-2026-40286 y correo electrónico del 11 de septiembre de 2026, la Secretaría Distrital de Ambiente, solicitó se le conceda permiso remunerado por el día 14 de septiembre de 2026, a la servidora pública ADRIANA SOTO CARREÑO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.782.488, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Ambiente y se realice el encargo correspondiente. De acuerdo con lo anterior, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Ambiente, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo. En consecuencia, el Director de Talento Humano de la Secretaria Distrital de Ambiente, Andrés Elías Jaramillo Rivera, certificó que el servidor público JORGE LUIS GÓMEZ CURE, identificado con la cédula de ciudadanía No. 91.524.926, Jefe de Oficina, Código 006, Grado 07 de la Oficina Juridica de la misma Secretaria, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del cargo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaria Distrital de Ambiente. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Concesión de permiso remunerado. Conceder permiso remunerado por el día 14 de septiembre de 2026, a la servidora pública ADRIANA SOTO CARREÑO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.782.488, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Ambiente. Artículo 2º. Encargo. Encargar por el día 14 de septiembre de 2026, al servidor público JORGE LUIS GÓMEZ CURE, identificado con la cédula de ciudadanía No. 91.524.926, Jefe de Oficina, Código 006, Grado 07 de la Oficina Jurídica de la Secretaría Distrital de Ambiente, de las funciones del cargo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaria. Artículo 3º. Comunicación.** Comunicar a los servidores públicos ADRIANA SOTO CARREÑO y JORGE LUIS GÓMEZ CURE, a la Secretaria Distrital de Ambiente, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo. Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores públicos de que trata el presente acto administrativo. | No. | Nombres y Apellidos | **Correos electrónicos
---|---|--- 1 | ADRIANA SOTO CARREÑO | adriana.soto@ambientebogota.gov.co 2 | JORGE LUIS GÓMEZ CURE | jorge.cure@ambientebogota.gov.co Artículo 4º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de septiembre del año 2026.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
NOTA: Ver norma original en Anexos.
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