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Acuerdo 007 de 2016

Acuerdo 007 de 2016 Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático - FONDIGER

Tipo
Acuerdo
Número
007
Año
2016
Fecha
29 de diciembre de 2017
Entidad
Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático - FONDIGER
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 007 DE 2016

( Diciembre 29)

_Por el cual se aprueban el proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá, D. C. – FONDIGER para la vigencia fiscal 2017, la incorporación de unos rendimientos financieros al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos, así como la distribución y asignación de recursos_

LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DISTRITAL PARA LA GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO DE BOGOTÁ, D. C. – FONDIGER,

En ejercicio de sus facultades en especial las conferidas Parágrafo del Artículo 14 del Acuerdo Distrital 546 de 2013 en el Artículo 8 numeral 6 del Decreto 174 de 2014.

CONSIDERANDO:

Que el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56152#12) del Acuerdo 546 de 2013 crea el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático – FONDIGER como una cuenta especial del Distrito Capital con independencia patrimonial, administrativa, financiera, contable y estadística, como lo establece el Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, y la ley, administrado por el IDIGER, sin personería jurídica para el cumplimiento del objeto y alcance del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - SDGR-CC.

Que el artículo 4 del Decreto 174 de 2014, en su numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57275#4.3) relaciona como función del director del IDIGER: _“Presentar para aprobación de la Junta Directiva del FONDIGER, el proyecto de presupuesto del Fondo, los objetos generales de gastos y sus modificaciones, de acuerdo con las directrices del Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – CDGR-CC”._ Que el artículo 8 del Decreto 174 de 2014, en su numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57275#8.3) establece dentro de las funciones de la Junta Directiva: _“Autorizar la distribución y movimientos de los recursos en las Subcuentas, con base en la disponibilidad de recursos existentes en el Fondo”._ Que el artículo 8 del Decreto 174 de 2014, en su numeral [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57275#8.6) establece dentro de las funciones de la Junta Directiva: _“Aprobar el Proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo, y sus modificaciones, de acuerdo con las orientaciones del Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – CDGRCC y con los instrumentos de Gestión de Riesgos y Cambio Climático”._ Que según comunicación N° 2016EE170348 la Secretaría Distrital de Hacienda informó el monto programado de transferencias de recursos para el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático del proyecto de presupuesto de rentas e ingresos y gastos e inversiones de la vigencia 2017, presentado a consideración del Concejo Distrital. De lo acuerdo con lo anterior,

ACUERDA:

Artículo 1.

- Aprobación Proyecto de Presupuesto. **Aprobar el Proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático para el año 2017, por la suma de TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE ($36.504.735.000).

Artículo 2.

- Aprobación incorporación de rendimientos financieros. Aprobar la incorporación del saldo de los rendimientos financieros del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos Cambio Climático de Bogotá D.C. – FONDIGER por valor de ONCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($11.931.163.569), al Presupuesto anual de Ingresos y Gastos: | ITEM | Saldo para incorporar en el proyecto de presupuesto 2017 ---|--- CONFIS | $ 6.950.338.268 Recursos del Balance 1% ley 99/93 | $ 3.216.865.244 Libre Destinación (01-15-0,5% Tributarios, 12 otros distrito, 373 Recursos del Balance) | $ 1.763.960.057 TOTAL | $ 11.931.163.569

Artículo 3°.

Distribución.** Aprobar la distribución por subcuentas del Presupuesto del FONDIGER para el año 2017, como se presenta a continuación:

SUBCUENTA (Distribución) | Valor ---|--- 1 | Conocimiento del Riesgo y de los Efectos del Cambio Climático | 4.200.000.000 2 | Reducción del Riesgo | 20.768.695.057 3 | Adaptación al Cambio Climático | 13.167.203.512 4 | Manejo de Emergencias, Calamidades o Desastres | 10.300.000.000 5 | Recuperación | 0 6 | Protección Financiera | 0 TOTAL | 48.435.898.569

Artículo 4°.

Asignación. Aprobar la asignación de unos recursos del Presupuesto del FONDIGER, así:

SUBCUENTA (Distribución) | Valor | Entidad Ejecutora ---|---|--- 1 | Conocimiento del Riesgo y de los Efectos del Cambio Climático | 4.200.000.000 | | _Redes de monitoreo_ | 2.000.000.000 | IDIGER | _Estudios, diseños y grupo evaluador_ | 1.000.000.000 | IDIGER | _Sin asignar_ | 1.200.000.000 | 2 | Reducción del Riesgo | 20.768.695.057 | | _Obras de mitigación_ | 8.000.000.000 | IDIGER | _Adecuación de predios_ | 2.300.000.000 | IDIGER | _Reasentamiento de familias_ | 6.468.695.057 | IDIGER | _Limpieza de canales y quebradas (EAB y Aguas de Bogotá)_ | 4.000.000.000 | IDIGER 3 | Adaptación al Cambio Climático | 13.167.203.512 | | _Sendero panorámico para adaptación al cambio climático en cerros orientales (art. 11 Ley 99 de 1993 y medidas de adaptación)_ | 13.167.203.512 | EAB 4 | Manejo de Emergencias, Calamidades o Desastres | 10.300.000.000 | | _Respuesta a emergencias_ | 5.300.000.000 | IDIGER | _Preparación para la respuesta y centro logístico y de reserva_ | 5.300.000.000 | IDIGER 5 | Recuperación | 0 | | | 0 | 6 | Protección Financiera | 0 | | | 0 | TOTAL | 48.435.898.569 | ARTÍCULO 5°- Comunicación. Comunicar a las dependencias misionales del IDIGER relacionadas con los procesos de Gestión de Riesgos relacionados, así como a las áreas administrativas correspondientes, al igual que a la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá.

ARTÍCULO 6°- Vigencia: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación.

Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2016.

FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA

Delegado Alcalde Mayor

Presidente Junta Directiva del FONDIGER

RICHARD ALBERTO VARGAS H.

Director IDIGER

Secretario Técnico de la Junta Directiva del FONDIGER

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