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Decreto 525 de 2016

Decreto 525 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
525
Año
2016
Fecha
25 de noviembre de 2016
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 525 DE 2016

**(Noviembre 25)

**[Derogado por el art. 216, Decreto Único Sectorial 644 de 2025.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191864#216)

_Por medio del cual se establecen criterio en materia de representación judicial en las Secretarías Distritales de Gobierno, y de Seguridad, Convivencia y Justicia_

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 35, los numerales 1,3, 6, y 9 del artículo 38 y el artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 20 del Acuerdo Distrital 637 de 2016 y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo Distrital [637](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65633) de 2016 se creó la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, disponiendo el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65633#20) ídem, que: “Se establece un periodo de transición de máximo doce (12) meses contados a partir de la vigencia del presente Acuerdo para la asunción (sic) de funciones y programas que viene realizando la Secretaría Distrital de Gobierno y el Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá D.C., y que corresponden a la misión y funciones asignadas a la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia que se crea a través de este Acuerdo”

Que por medio del Decreto Distrital [413](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67100) de 2016 se estableció la estructura organizacional y las funciones de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia y se dictaron algunas disposiciones generales, asumiendo las funciones del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, así como las funciones de la Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana, de las Direcciones de Seguridad y Cárcel Distrital, del Sistema Integrado de Seguridad y Emergencia NUSE- 123 y las relacionadas con acceso a la justicia de la Dirección de Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia de la Secretaría de Gobierno. Que, a su vez, el artículo [28](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67100#28) ídem creó la Dirección Jurídica y Contractual de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, dependencia que tendrá dentro de sus funciones “d. Orientar la política de defensa judicial en los temas de competencia de la Secretaría y representarla judicial y extrajudicialmente en los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los cuales sea parte, previo otorgamiento de poder o delegación del Secretario.”

Que en armonía con lo expuesto, mediante Decreto Distrital N° [411](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67098) de 2016 se modificó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno, suprimiéndose las siguientes dependencias: Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana, Direcciones de Seguridad y Cárcel Distrital.

Que de conformidad con lo expuesto y con el fin de que la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia pueda asumir y cumplir con las funciones previstas en el literal d. del artículo [28](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67100#28) del Decreto Distrital [413](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67100) de 2016, se hace necesario establecer la fecha a partir de la cual la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia asumirá la representación judicial y extrajudicial de los procesos judiciales y extrajudiciales activos en que actualmente es parte la Secretaría Distrital de Gobierno, relacionados con la otrora Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana, Direcciones de Seguridad, Cárcel Distrital, Sistema Integrado de Seguridad y Emergencia NUSE – 123 de la Secretaría Distrital de Gobierno, y en los afines con acceso a la justicia de la Dirección de Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia de la Secretaría Distrital de Gobierno. En mérito de lo expuesto.

DECRETA:

Artículo 1.

A partir del 25 de noviembre de 2016, la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia asumirá la representación judicial y extrajudicial de los procesos judiciales y extrajudiciales activos en que actualmente es parte la Secretaría Distrital de Gobierno, relacionados con la otrora Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana, Direcciones de Seguridad, Cárcel Distrital, Sistema Integrado de Seguridad y Emergencia NUSE – 123 de la Secretaría Distrital de Gobierno, en que actúe como demandante o demandada, conforme a las competencias establecidas en el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63499#1) del Decreto Distrital [445](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63499) de 20151 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya. Así mismo, la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia reflejará en los estados financieros las obligaciones contingentes judiciales de los procesos que con base en ese Decreto asume junto con los pagos que por tal concepto le correspondan, conforme lo establecido en la Resolución [303](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28022#1) de 2007, de la Secretaría Distrital de Hacienda. Dicha entrega se realizará mediante acta indicando el estado del proceso, el número de expedientes por entregar, el registro de SIPROJ, el reporte de la rama judicial en el que se evidenciará el estado actual del proceso judicial y la revocatoria del poder debidamente radicada ante el Despacho Judicial Respectivo.

Parágrafo. El cumplimiento de los fallos debidamente ejecutoriados antes del 1 de octubre de 2016, serán asumidos por la Secretaría Distrital de Gobierno. Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de noviembre del año 2016

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor

MIGUEL URIBE TURBAY

Secretario Distrital de Gobierno

DANIEL MEJÍA LONDOÑO

Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Jusitica NOTA DE PIÉ DE PÁGINA 1. Artículo 1.- Representación legal en lo Judicial y extrajudicial de los organismos del nivel central. Asignase a las Secretarías de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos y Unidades Administrativas y Unidades Especiales sin personería Jurídica, la representación legal en lo judicial y extrajudicial de Bogotá, Distrito Capital, en relación con sus respectivos organismos para todos aquellos procesos, diligencias y actuaciones judiciales o administrativas que se adelantes con ocasión de las actos, hechos, omisiones y operaciones que expidan, realicen o que incurran o participen o que se relacionen con asuntos inherentes a cada uno de ellos, conforme a su objeto y funciones con las facultades y reglas previstas en el Artículo 2° de este Decreto.

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