Acuerdo 649 de 2016
Acuerdo 649 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 649
- Año
- 2016
- Fecha
- 16 de septiembre de 2016
- Entidad
- Concejo de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 649 DE 2016
(Septiembre 16)
“POR EL CUAL SE EFECTÚAN UNAS MODIFICACIONES EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSIONES DEL DISTRITO CAPITAL, PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2016, EN ARMONIZACIÓN CON EL NUEVO PLAN DE DESARROLLO”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 17 del Acuerdo 12 de 1994, artículo 1º del Acuerdo 190 de 2005, artículo 3º del Acuerdo 63 de 2002, el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, las demás normas vigentes y conforme con las atribuciones conferidas en el artículo 12, numeral 25 del Decreto Ley 1421 de 1993 y, [Ver Proyecto de Acuerdo 387 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=147377)
CONSIDERANDO:
Que el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, Decreto [714](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693) de 1996 y las normas orgánicas del Plan de Desarrollo, Ley [152](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=327) de 1994 y particularmente, en el Distrito Capital, el Acuerdo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=524) de 1994, establecen la concordancia que deberá guardar el Presupuesto Anual del Distrito Capital con los contenidos del Plan de Desarrollo.
Que el artículo 17 del Acuerdo 12 de 1994 establece "(...) _el presupuesto Distrital, deberá expresar y traducir en apropiaciones los objetivos, metas y prioridades del Plan de Desarrollo_ ". Así mismo, faculta a la Administración Distrital para introducir al presupuesto los ajustes correspondientes.
Que mediante el Decreto [517](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63991) del 11 de diciembre de 2015, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, el cual fue liquidado según Decreto [533](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64113) del 15 de diciembre de 2015.
Que mediante el Acuerdo [645](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66271) del 9 de junio de 2016, se adoptó el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá, D.C., 2016- 2020 "Bogotá Mejor para Todos".
Que en cumplimiento de lo establecido en el Parágrafo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18560#1.p.1) del Artículo 1, del Acuerdo 190 de 2005 “el proceso de armonización presupuestal se realizará una vez se haya expedido el Plan de Desarrollo. Para tal efecto el Alcalde Mayor deberá presentar a más tardar en las sesiones ordinarias del mes de agosto, a consideración del Concejo de Bogotá, el respectivo proyecto de Acuerdo, de conformidad con el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”.
Que de conformidad con lo establecido en el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, Decreto 714 de 1996, artículo 63, literal [a)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63.l.a), las entidades distritales efectuaron los ajustes presupuestales de su competencia, previo visto bueno de las Secretarías Distritales de Hacienda y de Planeación.
Que el Decreto [396](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3135) de 1996, reglamentario del Acuerdo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047) de 1995, establece que las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del Presupuesto Anual, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo, previo el cumplimiento de los requisitos allí exigidos.
Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5124#2) del Acuerdo 63 de 2002, establece los aspectos de la información a presentar con el Proyecto de Acuerdo de Armonización, la cual se adjunta en medio magnético organizada en Carpetas por sectores y entidades bajo el siguiente esquema: 1) Solicitud de la entidad; 2) Formato de armonización; 3) Justificación económica 4) Relación de obras inconclusas; 5) Concepto de la Secretaría Distrital de Planeación; 6) Concepto de la Dirección Distrital de Presupuesto; 7) Acto Administrativo y 8) Ejecuciones presupuestales 2012 - 2015 a diciembre 31 y 2016 a mayo 31.
Que el Gobierno Distrital, en cumplimiento del Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, expidió los actos administrativos que a continuación se detallan y se anexan: ADMINISTRACIÓN CENTRAL | Cod. | Entidad | Viabilidad SHD | Viabilidad SDP | Acto Administrativo | Fecha | Valor ---|---|---|---|---|---|--- 102 | Personería de Bogotá D.C. | 2016EE112999 | 2-2016-31110 | Resolución No. 602 | 15/07/2016 | 4.146.815.797 104 | Secretaría General | 2016EE104634 | 2-2016-27903 | Resolución No. 318 | 27/06/2016 | 55.770.843.044 105 | Veeduría Distrital de Bogotá D.C. | 2016EE105689 | 2-2016-28181 | Resolución No. 147 | 30/06/2016 | 1.193.000.000 110 | Secretaría Distrital de Gobierno | 2016EE106168 | 2-2016-28557 | Resolución No. 0371 | 30/06/2016 | 21.529.461.969 111 | Secretaría Distrital de Hacienda | 2016IE13378 | 2-2016-27919 | Resolución No. 279 | 29/06/2016 | 10.315.315.292 112 | Secretaría Distrital de Educación | 2016EE103843 | 2-2016-27931 | Resolución No. 1159 | 23/06/2016 | 1.244.078.431.519 113 | Secretaría Distrital de Movilidad | 2016EE106770 | 2-2016-27937 | Resolución No. 217 | 30/06/2016 | 215.295.032.927 117 | Secretaría Distrital de Desarrollo Económico | 2016EE105691 | 2-2016-28515 | Resolución No. 522 | 29/06/2016 | 7.962.893.710 118 | Secretaría Distrital del Hábitat | 2016EE106308 | 2-2016-28175 | Resolución No. 783 | 29/06/2016 | 66.751.676.155 119 | Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte | 2016EE107637 | 2-2016-29762 | Resolución No. 447 | 01/07/2016 | 24.074.822.939 120 | Secretaría Distrital de Planeación | 2016EE105728 | 3-2016-11774 | Resolución No. 920 | 29/06/2016 | 10.616.005.870 121 | Secretaría Distrital de la Mujer | 2016EE106350 | 2-2016-28554 | Resolución No. 246 | 30/06/2016 | 14.782.371.771 122 | Secretaría Distrital de Integración Social | 2016EE106236 | 2-2016-29423 | Resolución No. 0979 | 29/06/2016 | 296.054.665.663 125 | Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital-DASCD | 2016EE106349 | 2-2016-28520 | Resolución No. 106 | 30/06/2016 | 2.373.240.890 126 | Secretaría Distrital de Ambiente | 2016EE107178 | 2-2016-29429 | Resolución No. 0869 | 01/07/2016 | 67.129.157.889 127 | Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público | 2016EE107193 | 2-2016-27895 | Resolución No. 202 | 05/07/2016 | 8.728.131.334 131 | Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos | 2016EE105659 | 2-2016-28169 | Resolución No. 388 | 30/06/2016 | 34.851.988.107
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
Cod. | Entidad | Viabilidad SHD | Viabilidad SDP | Acto Administrativo | Fecha | Valor ---|---|---|---|---|---|--- 200 | Instituto para la Economía Social - IPES | 2016EE105659 | 2-2016-28169 | Acuerdo No. 005 | 30/06/2016 | 23.610.158.317 201 | Fondo Financiero Distrital de Salud - FFDS | 2016EE106351 | 2-2016-28556 | Acuerdo No. 243 | 05/07/2016 | 1.227.582.859.562 203 | Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER | 2016EE105806 | 2-2016-27913 | Acuerdo No. 006 | 01/07/2016 | 15.155.090.307 204 | Instituto de Desarrollo Urbano - IDU | 2016EE104621 | 2-2016-28165 | Acuerdo No. 07 | 28/06/2016 | 936.468.079.371 206 | Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones-FONCEP | 2016EE105648 | 2-2016-28621 | Acuerdo No. 009 | 29/06/2016 | 3.709.582.123 208 | Caja de Vivienda Popular | 2016EE104623 | 2-2016-27906 | Acuerdo No. 02 | 24/06/2016 | 54.581.834.828 211 | Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD | 2016EE105698 | 2-2016-28798 | Resolución No. 004 | 30/06/2016 | 203.118.763.232 213 | Instituto Distrital del Patrimonio Cultural - IDPC | 2016EE104635 | 2-2016-28183 | Resolución No. 0502 | 27/06/2016 | 10.278.977.534 214 | Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud-IDIPRON | 2016EE104626 | 2-2016-27899 | Acuerdo No. 003 | 27/06/2016 | 68.761.567.875 215 | Fundación Gilberto Álzate Avendaño | 2016EE105090 | 2-2016-28552 | Acuerdo No. 004 | 28/06/2016 | 2.133.692.696 216 | Orquesta Filarmónica de Bogotá | 2016EE104637 | 2-2016-28550 | Resolución No. 252 | 27/06/2016 | 37.434.843.110 217 | Fondo de Vigilancia y Seguridad | 2016EE106352 | 2-2016-28524 | Acuerdo No. 005 | 01/07/2016 | 126.737.977.616 218 | Jardín Botánico "José Celestino Mutis" | 2016EE106175 | 2-2016-28549 | Acuerdo No. 004 | 30/06/2016 | 25.952.547.531 219 | Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico-IDEP | 2016EE103112 | 2-2016-27443 | Resolución No. 02 | 30/06/2016 | 1.880.327.269 220 | Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal | 2016EE104639 | 2-2016-27916 | Acuerdo No. 002 | 30/06/2016 | 11.025.349.602 221 | Instituto Distrital de Turismo | 2016EE106038 | 2-2016-27916 | Acuerdo No. 003 | 29/06/2016 | 1.897.956.788 222 | Instituto Distrital de Artes - IDARTES | 2016EE104638 | 2-2016-27725 | Resolución No. 634 | 27/06/2016 | 83.149.874.858 226 | Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital | 2016EE104632 | 2-2016-28166 | Acuerdo No. 03 | 28/06/2016 | 4.780.507.339 227 | Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial | 2016ER104636 | 2-2016-27524 | Acuerdo No. 03 | 29/06/2016 | 80.734.640.850 228 | Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos | 2016EE105702 | 2-2016-28172 | Acuerdo No. 04 | 29/06/2016 | 44.817.563.002 230 | Universidad Distrital Francisco José de Caldas | NA | NA | Resolución No. 017 | 16/06/2016 | 43.219.905.361 235 | Contraloría de Bogotá D.C. | 2016EE109908 | 2-2016-27909 | Resolución No. 2867 | 11/07/2016 | 6.998.873.983 Que de conformidad con el Artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#65) del Decreto 714 de 1996, cuando durante la ejecución de Presupuesto Anual del Distrito se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones, para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la Ley, se pueden abrir créditos adicionales por el Concejo o por el Gobierno, con arreglo a las disposiciones legales.
Que de conformidad con el Artículo [66](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#66) del Decreto 714 de 1996, el Gobierno Distrital presentará al Concejo Distrital, Proyectos de Acuerdo sobre traslados y créditos adicionales al presupuesto, cuando sea indispensable aumentar la cuantía de las apropiaciones autorizadas inicialmente o no comprendidas en el presupuesto por conceptos de gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública e inversión.
Que el Ministerio de Educación Nacional - MEN asignó para 2016 a Bogotá recursos complementarios para educación, provenientes del Sistema General de Participaciones-SGP por valor de $174.662.104.866. Por lo cual se requiere adicionar a los recursos por prestación del servicio la suma de $131.307.557.841, que corresponden a la diferencia entre los recursos complementarios asignados por el MEN y el faltante entre la apropiación presupuestal y lo asignado en los documentos DNP-SGP.
Que en el presupuesto de la vigencia 2016 se apropió un total de $30.200.702.000 por concepto de excedentes financieros SGP, pero de acuerdo con el acta de liquidación de excedentes del año 2015 se certifica que la situación financiera de la entidad tiene un superávit de $67.755.775.619, por lo tanto, se debe adicionar por este concepto al presupuesto de la vigencia 2016 un total de $37.555.073.619, de los cuales $36.777.509.681 corresponden a prestación del servicio y el restante $777.563.938 a recursos por transferencia de calidad educativa.
Que el Convenio Interadministrativo 1060 del 25 de abril de 2016, suscrito entre el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y la Secretaría Distrital de Integración Social se realizó por un valor total de $54.529.965.000. Por tanto, se requiere adicionar al presupuesto de la SDIS la diferencia frente a lo apropiado por valor de $24.529.965.000.
Que para la vigencia 2016 se tiene un presupuesto de ingresos por concepto de juegos promocionales por $80.000.000, a la fecha se ha recaudado $452.274.702, por lo cual se requiere adicionar la diferencia para asignar $372.274.702.
Que el Ministerio de Salud y Protección Social asignó a Bogotá, mediante Resolución 2360 de 2016, $24.938.731.325, por concepto de excedentes del proceso de saneamiento de aportes patronales de las vigencias 1994 a 2011.
Que de acuerdo con los recursos asignados para salud en el documento DNP-SGP-04-2015, última doceava de la vigencia 2015, y en el documento DNP-SGP-05-2016, once doceavas para 2016, resulta una diferencia a favor entre lo presupuestado y lo asignado por valor de $9.985.276.480.
Que de acuerdo con certificación de la Tesorería del FFDS se tienen recursos del balance por SGP vigencias anteriores para oferta, por liquidación de contratos con las Empresas Sociales del Estado - ESE y rendimientos financieros del SGP, por valor de $25.185.558.823.
Que de conformidad con lo aprobado por cupo de endeudamiento, se adicionarán en el Fondo Financiero Distrital de Salud $124.000.000.000, que contribuirán con la reorganización y el fortalecimiento de la red hospitalaria.
Que en virtud del proceso de armonización presupuestal se hace necesario contracreditar el presupuesto de gastos de la Secretaría Distrital de Hacienda – Unidad Ejecutora 03 para acreditar los presupuestos de gastos del Fondo Financiero Distrital de Salud, la Secretaría de Integración Social y el Instituto Distrital de Turismo.
Que en mérito de lo expuesto, [Ver Decreto Distrital 517 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63991).
ACUERDA:
Artículo 1º.
Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, en la suma de TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS M/CTE ($377.874.437.790), conforme al siguiente detalle:
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
| | Recursos Distrito | Transferencias Nación | Total ---|---|---|---|--- 2-2 | Transferencias | 0 | 165.822.799.321 | 165.822.799.321 2-4 | Recursos de Capital | 161.555.073.619 | 0 | 161.555.073.619 | Total Rentas e Ingresos | 161.555.073.619 | 165.822.799.321 | 327.377.872.940
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD-FFDS
| | Recursos Administrados | Transferencias Nación | Total ---|---|---|---|--- 2-1 | Ingresos Corrientes | 372.274.702 | 0 | 372.274.702 2-2 | Transferencias | 0 | 24.938.731.325 | 24.938.731.325 2-4 | Recursos de Capital | 25.185.558.823 | 0 | 25.185.558.823 | Total Rentas e Ingresos | 25.557.833.525 | 24.938.731.325 | 50.496.564.850
Artículo 2º.
Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, en la suma de TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS M/CTE ($377.874.437.790) conforme al siguiente detalle:
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
| | Recursos Distrito | Transferencias Nación | Total ---|---|---|---|--- 3-3 | Inversión | 37.555.073.619 | 131.307.557.841 | 168.862.631.460 | Total Gastos e Inversiones | 37.555.073.619 | 131.307.557.841 | 168.862.631.460
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL
| | Recursos Distrito | Transferencias Nación | Total ---|---|---|---|--- 3-3 | Inversión | 0 | 24.529.965.000 | 24.529.965.000 | Total Gastos e Inversiones | 0 | 24.529.965.000 | 24.529.965.000
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD – FFDS
| | Recursos Administrados | Aportes Distrito | Total ---|---|---|---|--- 3-3 | Inversión | 50.496.564.850 | 133.985.276.480 | 184.481.841.330 | Total Gastos e Inversiones | 50.496.564.850 | 133.985.276.480 | 184.481.841.330
Artículo 3º.
Reducir el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, en la suma de SETENTA Y SEIS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($76.000.000.000) conforme al siguiente detalle:
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA
Unidad Ejecutora 03 – Dirección Distrital de Crédito Público
| | Recursos Distrito | Transferencias Nación | Total ---|---|---|---|--- 3-2 | Servicio de la Deuda | 76.000.000.000 | 0 | 76.000.000.000 | Total Gastos e Inversiones | 76.000.000.000 | 0 | 76.000.000.000
Artículo 4º.
Aumentar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito, Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, en la suma de SETENTA Y SEIS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($76.000.000.000) conforme al siguiente detalle:
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL
| | Recursos Distrito | Transferencias Nación | Total ---|---|---|---|--- 3-3 | Inversión | 5.000.000.000 | 0 | 5.000.000.000 | Total Gastos e Inversiones | 5.000.000.000 | 0 | 5.000.000.000
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD – FFDS
| | Recursos Administrados | Aportes Distrito | Total ---|---|---|---|--- 3-3 | Inversión | 0 | 70.300.000.000 | 70.300.000.000 | Total Gastos e Inversiones | 0 | 70.300.000.000 | 70.300.000.000
INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
| | Recursos Administrados | Aportes Distrito | Total ---|---|---|---|--- 3-3 | Inversión | 0 | 700.000.000 | 700.000.000 | Total Gastos e Inversiones | 0 | 700.000.000 | 700.000.000
Artículo 5º.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ROBERTO HINESTROSA REY
**Presidente
ARMANDO GÒMEZ RAYO
**Se cretario General de Organismo de Control
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5917 de septiembre 20 de 2016.
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ACTA 1 ACUERDO 001 DE 2020 (Junio 02) Por medio del cual se adoptan los lineamientos para los casos en los que se solicite la conciliación extrajudicial frente…