Jurismart

Acuerdo 661 de 2016

Acuerdo 661 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
661
Año
2016
Fecha
21 de diciembre de 2016
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 661 DE 2016

**(Diciembre 21)

__ _Por medio del cual se implementa el Sistema de Registro y Seguimiento de Menores de Edad con Cáncer y se dictan otras disposiciones_** __

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 12 del Decreto 1421 de 1993, [Ver Proyecto de Acuerdo 396 de 2016 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=147341)

ACUERDA:

Artículo 1.

La Secretaría Distrital de Salud realizará el acompañamiento técnico a las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), públicas y privadas, para la recopilación y consolidación del registro de pacientes menores de edad con cáncer atendidos en el Distrito Capital.

Parágrafo. La Secretaría Distrital de Salud establecerá los indicadores para evaluar la funcionalidad del sistema de registro de pacientes menores de edad con cáncer.

Artículo 2.

La Secretaría Distrital de Salud, en el marco de las funciones de Inspección Vigilancia y Seguimiento, que realiza a las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), efectuará seguimiento a la continuidad de los tratamientos que deben recibir los pacientes menores de edad con cáncer, así como el acompañamiento a los procesos de suministro oportuno de medicamentos de óptima calidad requeridos.

Parágrafo. La Secretaria Distrital de Salud y la Personería Distrital, efectuarán el acompañamiento a los procesos de seguimiento y coordinación de acciones, que deben realizar las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), públicas y privadas, para garantizar la atención oportuna e integral de menores de edad con cáncer.

Artículo 3.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=72405).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ROBERTO HINESTROSA REY

Presidente

ARMANDO GÓMEZ RAYO

Secretario General de Organismo de Control

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar