Decreto 466 de 2016
Decreto 466 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 466
- Año
- 2016
- Fecha
- 21 de octubre de 2016
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 466 DE 2016
(Octubre 21)
_Por medio del cual se crea un empleo de carácter transitorio en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en cumplimiento del Fallo de Tutela con radicación No. 2016-0145_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.
Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., creó una planta temporal mediante el Decreto Distrital [604](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51169) del 27 de diciembre de 2012, a partir del 1° de enero de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2014; prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2015 en virtud del parágrafo del artículo 1° ibídem; y prorrogada nuevamente mediante el Decreto Distrital [580](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64212) del 24 de diciembre de 2015 hasta el 30 de junio de 2016.
Que el señor JOSELlN CAMARGO CASTELLANOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.337.500 expedida en Bogotá, fue vinculado en la Planta Temporal antes señalada, mediante la Resolución No. 016 del 10 de enero de 2013 por la cual fue nombrado a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2013, en el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 05 de la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General, con efectividad a partir del 10 de enero de 2013 según consta en el Acta de Posesión No. 011 de la misma fecha.
Que mediante la Resolución No. [605](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55350) del 8 de noviembre de 2013, modificada por la Resolución No. 690 del 31 de diciembre de 2013, le fue prorrogado el nombramiento en el cargo que venía desempeñando hasta el 31 de diciembre de 2014; con la Resolución No. 687 del 24 de diciembre de 2014, se le prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2015; y a través de la Resolución No. [759](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64291) del 30 de diciembre de 2015, le fue prorrogado el nombramiento hasta el 30 de junio de 2016, inclusive.
Que la vinculación del señor CAMARGO CASTELLANOS en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., terminó el 30 de junio de 2016, inclusive, de conformidad con las condiciones, términos y vigencia de la duración del empleo al cual accedió, el cual no generaba estabilidad ni derechos de carrera administrativa.
Que el señor JOSELlN CAMARGO CASTELLANOS, ya identificado, interpuso acción de tutela contra la Secretaría General por la presunta vulneración a los derecho fundamentales a la vida, al mínimo vital, al retén social y al trabajo.
Que el Juzgado Treinta y Cinco (35) Penal Municipal con Función de Control de Garantía de Bogotá, D.C., profirió fallo de tutela de fecha 30 de septiembre de 2016, notificado el 3 de octubre del mismo año, mediante el cual resolvió: "PRIMERO: TUTELAR los derechos fundamentales al trabajo, a la estabilidad laboral reforzada, a la seguridad social y al mínimo vital del señor JOSELlN CAMARGO CASTELLANOS, vulnerados por la DIRECCIÓN DISTRITAL DEL SERVICIO AL CIUDADANO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C., por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO: ORDENAR a la DIRECCIÓN DISTRITAL DEL SERVICIO AL CIUDADANO DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ por conducto de su representante legal o quien haga sus veces, que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de este fallo, reintegre al señor JOSELlN CAMARGO CASTELLANOS, al cargo que venía desempeñando o a uno de igual jerarquía sin desmejorar su condición laboral, hasta que sea incluido en la nómina de pensionados de PORVENIR."
Que de conformidad con el artículo [27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5304#27) del Decreto Nacional 2591 de 1991, las órdenes que profiere el juez de tutela son de estricto e inmediato cumplimiento.
Que la Secretaría General solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital concepto técnico para la creación de un (1) empleo transitorio, con el propósito de dar cumplimiento al fallo de tutela en mención, así: | EMPLEO DE CARÁCTER TRANSITORIO --- NOMENCLATURA | CÓDIGO | GRADO | No. CARGOS | DEPENDENCIA DIRECCIÓN AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 05 | 1 | DIRECCIÓN DEL SISTEMA DISTRITAL DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto favorable mediante oficio 2016-EE-2081 del 7 de octubre de 2016 respecto de la viabilidad técnica para La creación de un empleo de carácter transitorio en la mencionada Secretaría.
Que conforme al procedimiento establecido, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda expidió el correspondiente concepto de viabilidad presupuestal favorable para la creación de un empleo de carácter transitorio en la Secretaría General, mediante oficio 2016-EE-157524 del 21 de octubre de 2016.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
-** Crear un (1) empleo de carácter transitorio en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., hasta que el accionante sea incluido en la nómina de pensionados de Porvenir, o hasta el fallo dentro de la impugnación, si la sentencia de tutela de primera instancia es revocada.
Nombre | Cédula de Ciudadanía | Denominación | Código | Grado | Dependencia ---|---|---|---|---|--- Joselin Camargo Castellanos | 19.337.500 | Auxiliar Administrativo | 407 | 05 | Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía
Artículo 2°.
-** El empleo de carácter transitorio creado con el presente Decreto, deberá cumplir las funciones que están descritas en el respectivo acto administrativo de Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., estando sujeto a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá. D.C.
Artículo 3°.
-** Dado el carácter transitorio del empleo que se crea en el presente Decreto, una vez se extinga la situación que da lugar a la creación del mismo o si el fallo de primera instancia es revocado dentro de la impugnación, el empleo transitorio quedará automáticamente suprimido.
Artículo 4°.
-** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=72290).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de octubre del año 2016.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
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