Decreto 493 de 2016
Decreto 493 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 493
- Año
- 2016
- Fecha
- 11 de noviembre de 2016
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**DECRETO 493 DE 2016
(Noviembre 11)
_Por medio del cual se crea un empleo de carácter transitorio en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en cumplimiento del Fallo de Tutela con radicación No. 2016-068_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) de la Ley 909 de 2004 "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones", señala que los organismos y entidades de la administración pública a los cuales se les aplica esta Ley, podrán contemplar de manera excepcional en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio.
Que de conformidad con el numeral [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38.9) del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del Alcalde Mayor de Bogotá crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.
Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., creó una planta temporal mediante el Decreto Distrital [604](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51169) del 27 de diciembre de 2012, a partir del 1° de enero de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2014; prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2015 en virtud del parágrafo del artículo 1° ibídem; y prorrogada nuevamente mediante el Decreto Distrital 580 del 24 de diciembre de 2015 hasta el 30 de junio de 2016, inclusive.
Que la señora Martha María Guzmán Ferreira, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.587.612 expedida en Bogotá, fue vinculada en la Planta Temporal antes señalada, mediante la Resolución No. 025 del 18 de enero de 2013 por la cual fue nombrada a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2013, en el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 05 de la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General, con efectividad a partir del 22 de enero de 2013 según consta en el Acta de Posesión No. 046 de la misma fecha.
Que mediante la Resolución No. 605 del 8 de noviembre de 2013, modificada por la Resolución No. 690 del 31 de diciembre de 2013, le fue prorrogado el nombramiento en el cargo que venía desempeñando hasta el 31 de diciembre de 2014; con la Resolución No. 687 del 24 de diciembre de 2014, se le prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2015; y a través de la Resolución No. 759 del 30 de diciembre de 2015, le fue prorrogado el nombramiento hasta el 30 de junio de 2016, inclusive.
Que la vinculación de la señora Guzmán Ferreira en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., terminó el 30 de junio de 2016, inclusive, de conformidad con las condiciones, términos y vigencia de la duración del empleo al cual accedió, el cual no generaba estabilidad ni derechos de carrera administrativa.
Que la señora MARTHA MARÍA GUZMÁN FERREIRA, ya identificada, interpuso acción de tutela contra la Secretaría General por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al mínimo vital, retén social, trabajo y estabilidad laboral.
Que el Juzgado Sesenta y Ocho (68) Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, D.C., profirió fallo de tutela de fecha 20 de octubre de 2016, notificado el 21 de octubre del mismo año, mediante el cual resolvió: __ _"PRIMERO: tutelar de manera transitoria el derecho fundamental a mínimo vital, retén social, trabajo y estabilidad laboral por calidad de pre _\- _pensionada de MARTHA MARÍA GUZMÁN FERREIRA, vulnerado por la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ - DIRECCIÓN DISTRITAL DE SERVICIO AL CIUDADANO._ __ _SEGUNDO: ORDENAR_ _a la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ – DIRECCIÓN DISTRITAL DE SERVICIO AL CIUDADANO, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas_ siguientes _a la notificación personal del presente fallo, reintegre a la señora MARTHA MARÍA GUZMÁN FERREIRA, en el mismo cargo que desempeñaba o uno de mejores condiciones, hasta tanto le sea reconocida la pensión de vejez y haya sido incluida en la nómina de pensionados."_ Que de conformidad con el artículo [27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5304#27) del Decreto Nacional 2591 de 1991, las órdenes que profiere el juez de tutela son de estricto e inmediato cumplimiento.
Que la Secretaría General solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital concepto técnico para la creación de un (1) empleo transitorio, con el propósito de dar cumplimiento al fallo de tutela en mención, así: | EMPLEO DE CARÁCTER TRANSITORIO --- NOMENCLATURA | CÓDIGO | GRADO |
No. CARGOS
| DEPENDENCIA DIRECCIÓN AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 05 | 1 | DIRECCIÓN DEL SISTEMA DISTRITAL DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto favorable mediante oficio 2016-EE-2242 del 28 de octubre de 2016 respecto de la viabilidad técnica para la creación de un empleo de carácter transitorio en la mencionada Secretaría.
Que conforme al procedimiento establecido, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda expidió el correspondiente concepto de viabilidad presupuestal favorable para la creación de un empleo de carácter transitorio en la Secretaría General, mediante oficio 2016-EE-164587 del 9 de noviembre de 2016.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
-** Crear un (1) empleo de carácter transitorio en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., hasta que a la accionante le sea reconocida la pensión de vejez y haya sido incluida en la nómina de pensionados, o hasta el fallo dentro de la impugnación, si la sentencia de tutela de primera instancia es revocada, así:
Nombre
| Cédula de Ciudadanía | Denominación | Código | Grado | Dependencia ---|---|---|---|---|--- Martha María Guzmán Ferreira | 51.587.612 | Auxiliar Administrativo | 407 | 05 | Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía
Artículo 2°.
-** El empleo de carácter transitorio creado con el presente Decreto, deberá cumplir las funciones que están descritas en el respectivo acto administrativo de Manual de Funciones y de Competencias Laborales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., estando sujeto a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C.
Artículo 3°.
-** Dado el carácter transitorio del empleo que se crea en el presente Decreto, una vez se extinga la situación que da lugar a la creación del mismo o si el fallo de primera instancia es revocado dentro de la impugnación, el empleo transitorio quedará automáticamente suprimido.
Artículo 4°.
-** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de noviembre del año 2016
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General
NIDIA ROCÍO VARGAS
**Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto 289 de 2001
DECRETO 289 DE 2001 (10 abril) Por el cual se designan miembros de la Junta Directiva del Centro Distrital de sistematización y Servicios Técnicos ¿ SISE EL AL…
-
Decreto 367 de 2001
Por el cual se modifica la estructura organizacional y las funciones para algunas dependencias, en la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C…
-
Decreto 590 de 1998
DECRETO 590 DE 1998 (Julio l) Derogado por el art. 216, Decreto Único Sectorial 644 de 2025. Por el cual se deroga el Decreto No…
-
Decreto 831 de 1998
DECRETO 831 DE 1998 (octubre l) por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa Fe de Bogotá, D.C.. ubicados en las Localidad…
-
Decreto 3079 de 1997
El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional. Un alcalde representante de la Federación Colombiana de Municipios. El Presidente del Conse…