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Decreto 445 de 2016

Decreto 445 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
445
Año
2016
Fecha
13 de octubre de 2016
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 445 DE 2016

**(Octubre 13)

**[Derogado por el Art. 2, Decreto Distrital 113 de 2017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68525#2)

_Por medio del cual se modifica el Decreto Distrital[184](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65898) de 2016_

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 6 del artículo 38, y los artículos 40 y 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 9 y 10 de la Ley 489 de 1998 y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital [184](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65898) de 2016 el Alcalde Mayor modificó el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65015#1) del Decreto Distrital 071 del 10 de febrero de 2016, determinando los integrantes del Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano IDU, el cual estará integrado por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, que será el Secretario Distrital de Movilidad, quien lo presidirá, y seis (6) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor.

Que dentro de los integrantes del referido Consejo Directivo se designó al (la) Subsecretario (a) General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, o su delegado.

Que mediante el Decreto Distrital [425](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67103) de 2016 se modificó la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., por lo que se requiere modificar el Decreto Distrital [184](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65898) de 2016. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.- Modifíquese el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65898#1)[°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65898#1) del Decreto Distrital 184 de 2016 el cual quedará así: "ARTÍCULO PRIMERO: El Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU estará integrado por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado que será el Secretario Distrital de Movilidad quien lo presidirá, y seis (6) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor. así: El (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda o su delegado. El (la) Gerente General de Transmilenio SA., o su delegado. El (la) Secretario (a) General de la Alcaldía Mayor de Bogotá o su delegado. El doctor Rubén Daría Lizarralde Montoya El doctor Carlos Alberto Torres Escallón El doctor Andrés Pacheco Rincón.

Parágrafo. Único:** El Director General del Instituto de Desarrollo Urbano asistirá a las sesiones de Consejo Directivo con voz, pero sin voto, y actuará como secretario del mismo el Subdirector General de Gestión Corporativa de la Entidad"

Artículo 2°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el Decreto Distrital [184](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65898) de 2016. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C, a los 13 días del mes de Octubre de 2016.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

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