Decreto 352 de 2016
Decreto 352 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD - Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 352
- Año
- 2016
- Fecha
- 24 de agosto de 2016
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD - Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 352 DE 2016
(Agosto 24)
_Por el cual se crean empleos de carácter temporal en el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Numeral 9° del Artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.
Que el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo; para desarrollar programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo.
Que con el fin de garantizar la imparcialidad y transparencia, mediante Decreto [268](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66475#21) del 29 de junio de 2016 fue designado el Doctor CESAR OCAMPO CARO, actual Director Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, como Director Ad- Hoc del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital para que conozca y emita concepto técnico respecto de la creación de empleos de carácter temporal y transitorio en esta entidad.
Que en cumplimiento de lo establecido, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital presentó la justificación técnica ante el Director Ad-hoc del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, para la creación de veinticuatro (24) empleos de carácter temporal, por el término de doce (12) meses.
Que en uso de las facultades conferidas en el artículo [6°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#6) del Acuerdo Distrital 199 de 2005, el Director Ad-Hoc del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio N° 2016EE1497 del 21 de julio de 2016, emitió concepto técnico favorable para la creación de veinticuatro (24) empleos de carácter temporal en la planta de empleos del Departamento, con fundamento en el literal [c)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21.c) artículo 21 de la Ley 909 de 2004.
Que mediante oficio 2016EE118169 del 29 de julio de 2016, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió viabilidad presupuestal para la creación de los veinticuatro (24) empleos de carácter temporal en el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. En mérito de lo expuesto
DECRETA:
Artículo 1º. Crear los siguientes empleos de carácter temporal en el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, por el término de doce (12) meses. | No. Empleos | Denominación | Código | Grado ---|---|---|--- Nivel Profesional 12 | Profesional Especializado | 222 | 21 2 | Profesional Universitario | 219 | 11 2 | Profesional Universitario | 219 | 07 2 | Profesional Universitario | 219 | 01 Nivel Asistencial 6 | Auxiliar Administrativo | 407 | 19
Artículo 2.
Los empleos ele carácter temporal, creados con el presente Decreto, deberán cumplir las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan y se sujetarán a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C.
Artículo 3.
La** provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con lo preceptuado en los artículos [2.2.1.1.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.1.1.3) y [2.2.1.1.4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.1.1.4) del Decreto 1083 de 2015.
Artículo 4°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de agosto del año 2016.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO
Secretaria General (e)
CESAR OCAMPO CARO
**Director Ad-Hoc del Departamento Administrativo del Servicio Civil
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