Decreto 317 de 2016
Decreto 317 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Secretaría Distrital de Hacienda
- Tipo
- Decreto
- Número
- 317
- Año
- 2016
- Fecha
- 29 de julio de 2016
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Secretaría Distrital de Hacienda
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 317 DE 2016
(Julio 29)
_Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016 y se dictan otras disposiciones en cumplimiento del artículo[9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65635#9)del Acuerdo 638 de 2016_ __ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el literal 40, del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, los artículos 63 y 64 del Decreto 714 de 1996 y el articulo 9 del Acuerdo 638 de 2016 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [4º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65635#4) del Acuerdo Distrital 638 del 31 de marzo de 2016 _"Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo 257 de 2006, se crea el Sector Administrativo de Gestión Jurídica, la Secretaria Jurídica Distrital, se modifican las funciones de la Secretaria General, y se expiden otras disposiciones”_, determina la creación de la Secretaria Jurídica Distrital como un organismo del sector central, con autonomía administrativa y financiera.
Que la Secretaria Jurídica Distrital se constituye como el ente rector en todos los asuntos jurídicos del Distrito y tiene por objeto formular, orientar y coordinar la gerencia jurídica del Distrito Capital, la definición, adopción, coordinación y ejecución de políticas en materia de contratación estatal, gestión judicial y de prevención del daño antijurídico.
Que el artículo [7º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65635#7) del Acuerdo Distrital 638 del 31 de marzo de 2016 estableció un período de transición de seis (6) meses, contados a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo para hacer efectivas las disposiciones contenidas en el mismo, estableciendo en su parágrafo que los negocios, funciones y asuntos que venían siendo asumidos por la Dirección Jurídica Distrital de la Secretaria General, serán asumidos por la Secretaria Jurídica Distrital en el estado en que se encuentren.
Que el artículo [9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65635#7) del Acuerdo Distrital 638 del 31 de marzo de 2016 faculta al Alcalde Mayor por el término de seis (6) meses, contados a partir de la sanción del Acuerdo para efectuar las modificaciones presupuestales a que haya lugar para su implementación.
Que en atención a lo establecido en el numeral [3.2.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/adminverblobawa?tabla=T_NORMA_ARCHIVO&p_NORMFIL_ID=12323&f_NORMFIL_FILE=X&inputfileext=NORMFIL_FILENAME) de la Resolución No. SDH-000226 del 8 de octubre de 2014 _"Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación. Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital"_, la Secretaria General remitió la justificación técnico económica, con el fin de dar inicio el 1 de agosto de 2016, a las operaciones de la Secretaría Jurídica Distrital, lo cual implica la creación de su planta de personal, así como la modificación de la planta de personal de la Secretaría General.
Que se reduce el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y se asignan, por el mismo monto, a la Secretaria Jurídica Distrital. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Redúzcase el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaria General y asígnese el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaria Jurídica Distrital, en la suma de ocho mil trescientos ochenta y siete millones dieciocho mil quinientos ochenta y un pesos ($8.387.018.581) moneda corriente, según el siguiente detalle: SECTOR GESTIÓN PÚBLICA 104 SECRETARÍA GENERAL SECTOR ADMINISTRATIVO DE GESTIÓN PÚBLICA 136 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL ARTÍCULO 2o.- Liquídese la modificación presupuestal, contenida en el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66667#1) del presente Decreto, por valor de ocho mil trescientos ochenta y siete millones dieciocho mil quinientos ochenta y un pesos ($8.387.018.581) moneda corriente, según el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS
104 SECRETARÍA GENERAL CRÉDITOS
136 SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL
Parágrafo. 1. Una vez se expida el Decreto, la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto incorporará las modificaciones en el Sistema de Información Presupuestal PREDIS.
Parágrafo. 2. En cumplimiento de las políticas de manejo y control del PAC, la Secretaría General deberá ajustar el Programa Anual de Caja, de conformidad con las disposiciones y procedimientos que regulan la materia. ARTÍCULO 3o.- Los recursos que fueron ejecutados desde la Secretaría General antes de la expedición del presente Decreto y que cubren la anualidad de las dos entidades, por tratarse de recursos compartidos entre la Secretaría General y la Secretaria Jurídica Distrital, no formarán parte de la base de cálculo para la programación del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Secretaria General para la vigencia fiscal 2017, sino que estos se darán en proporción a lo que a cada una de las entidades les corresponda. ARTÍCULO 4o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71470) y tiene efectos fiscales a partir del 1 de agosto de 2016. **PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de julio del año 2016
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTINEŽ
Secretaria Distrital de Hacienda
Nota: ver norma original en anexos.
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