Decreto 184 de 2016
Decreto 184 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 184
- Año
- 2016
- Fecha
- 27 de abril de 2016
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 184 DE 2016
**(Abril 27)
[Derogado por el art. 2, Decreto Distrital 113 de 2017.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68525#2) _Por medio del cual se modifica el Decreto_[ _071_](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65015#0) _de 2016_**
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 6 del artículo 38, y los artículos 40 y 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 9 y 10 de la Ley 489 de 1998 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65015#1) del Decreto Distrital 071 del 10 de febrero de 2016 determinó que el Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano- IDU, estará integrado por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, quien lo presidirá, y seis (6) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor, dentro de los cuales se incluyó al Secretario (a) Distrital de Movilidad o su delegado.
Que se hace necesario modificar el Decreto [071](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65015#0) de 2016 respecto de los integrantes del Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano- IDU.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.
- **[Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 445 de 2016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67180#1). Modificar el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65015#1) del Decreto Distrital 071 del 10 de febrero de 2016, el cual quedará así: __ _ARTÍCULO PRIMERO: El Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU estará integrado por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, que será el Secretario Distrital de Movilidad, quien lo presidirá, y seis (6) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor, así:_ __ _El (la) Secretario(a) Distrital de Hacienda o su delegado._ __ _El (la) Gerente General de Transmilenio S.A., o su delegado._ __ _El (la) Subsecretario (a) General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá o su delegado._ __ _El doctor Rubén Darío Lizarralde Montoya._ __ _El doctor Carlos Alberto Torres Escallón._ __ _El doctor Andrés Pacheco Rincón_ __ _Parágrafo Único: El Director General del Instituto de Desarrollo Urbano asistirá a las sesiones de Consejo Directivo con voz, pero sin voto, y actuará como secretario del mismo el Subdirector General de Gestión Corporativa de la Entidad.
Artículo 2º.
-** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto [071](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65015#0) de 2016 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de abril del año 2016.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
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