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Decreto 184 de 2016

Decreto 184 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
184
Año
2016
Fecha
27 de abril de 2016
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 184 DE 2016

**(Abril 27)

[Derogado por el art. 2, Decreto Distrital 113 de 2017.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68525#2) _Por medio del cual se modifica el Decreto_[ _071_](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65015#0) _de 2016_**

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 6 del artículo 38, y los artículos 40 y 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 9 y 10 de la Ley 489 de 1998 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65015#1) del Decreto Distrital 071 del 10 de febrero de 2016 determinó que el Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano- IDU, estará integrado por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, quien lo presidirá, y seis (6) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor, dentro de los cuales se incluyó al Secretario (a) Distrital de Movilidad o su delegado.

Que se hace necesario modificar el Decreto [071](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65015#0) de 2016 respecto de los integrantes del Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano- IDU.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.

- **[Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 445 de 2016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67180#1). Modificar el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65015#1) del Decreto Distrital 071 del 10 de febrero de 2016, el cual quedará así: __ _ARTÍCULO PRIMERO: El Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU estará integrado por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, que será el Secretario Distrital de Movilidad, quien lo presidirá, y seis (6) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor, así:_ __ _El (la) Secretario(a) Distrital de Hacienda o su delegado._ __ _El (la) Gerente General de Transmilenio S.A., o su delegado._ __ _El (la) Subsecretario (a) General de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá o su delegado._ __ _El doctor Rubén Darío Lizarralde Montoya._ __ _El doctor Carlos Alberto Torres Escallón._ __ _El doctor Andrés Pacheco Rincón_ __ _Parágrafo Único: El Director General del Instituto de Desarrollo Urbano asistirá a las sesiones de Consejo Directivo con voz, pero sin voto, y actuará como secretario del mismo el Subdirector General de Gestión Corporativa de la Entidad.

Artículo 2º.

-** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto [071](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65015#0) de 2016 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de abril del año 2016.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor

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