Decreto 174 de 2016
Decreto 174 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 174
- Año
- 2016
- Fecha
- 13 de abril de 2016
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 174 DE 2016
(Abril 13)
_Por medio del cual se designa a la Secretaría Distrital de Ambiente como ejecutora de un proyecto y se incorporan recursos al Capítulo Presupuestal Independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2015 - 2016_ __ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1530 de 2012, el Decreto Nacional 1082 de 2015 y el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que el 18 de julio de 2011 fue promulgado el Acto Legislativo [05](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43391#0) _“Por el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones”, el cual fue reglamentado por la Ley 1530 de 2012 “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías”,_ estableciendo en su Título V lo relativo al Régimen Presupuestal del Sistema.
Que el artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto [1082](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62517#0) de 2015 _“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional”, establece que: “(...) mediante decreto del... Alcalde para las entidades territoriales que reciban recursos de funcionamiento del sistema y designadas como ejecutoras de proyectos por los órganos colegiados de administración y decisión, se incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías.”._ __ Que mediante el Acuerdo Nº 46 de 2015 el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) del Fondo de Desarrollo Regional de Centro Oriente, viabilizó, priorizó, aprobó y designó como ejecutor del proyecto _“Construcción y Dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C.”,_ con código BPIN 2015000050079, a Bogotá, Distrito Capital, por un valor de veinticinco mil millones de pesos ($25.000.000.000) M/cte, recursos del bienio 2015-2016.
Que dada la naturaleza ambiental del proyecto aprobado por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD), en Bogotá, Distrito Capital, le corresponde adelantarlo a la Secretaría Distrital de Ambiente, de conformidad con lo previsto en el artículo [103](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#103) del Acuerdo Distrital 257 de 2006, al establecer que la mencionada Secretaría _“(...) tiene por objeto orientar y liderar la formulación de políticas ambientales y de aprovechamiento sostenible de los recursos ambientales y del suelo, tendientes a preservar la diversidad e integridad del ambiente, el manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales distritales y la conservación del sistema de áreas protegidas, (...)”._ __ Que por lo anterior se hace necesario designar a la Secretaría Distrital de Ambiente como ejecutora del proyecto _“Construcción y Dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C.”,_ e incorporar al capítulo independiente del presupuesto del Sistema General de Regalías del bienio 2015-2016, estos recursos, en el marco del régimen presupuestal de dicho Sistema. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
-** Designar a la Secretaría Distrital de Ambiente como ejecutora del proyecto _“Construcción y Dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C.”,_ para lo cual la Entidad debe cumplir con los aspectos legales y requisitos previstos en las normas, respecto de los recursos del Sistema General de Regalías.
Parágrafo. - La Secretaría Distrital de Ambiente suministrará y registrará la información referente a la ejecución del proyecto, siguiendo los lineamientos impartidos por el Departamento Nacional de Planeación, en cuanto al Sistema de Monitoreo, los términos y plazos de cargue de información en el aplicativo GESPROY, y a los demás procedimientos de suministro de información que defina la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías. Artículo 2º.- Incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio 2015-2016, la suma de VEINTICINCO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($25.000.000.000), **conforme al siguiente detalle:
ADICIÓN INGRESOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2015-2016 ADMINISTRACIÓN CENTRAL | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 8 | INGRESOS | 8-2 | Recursos Fondos | 25.000.000.000 8-2-1 | Fondo de Desarrollo Regional | 25.000.000.000 | Total Adición Presupuesto de Ingresos Sistema General de Regalías | 25.000.000.000
Artículo 3º.
- Incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías para el bienio 2015-2016, la suma de VEINTICINCO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($25.000.000.000)**, conforme al siguiente detalle:
ADICIÓN GASTOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2015-2016 ADMINISTRACIÓN CENTRAL
126 Secretaría Distrital de Ambiente
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 9 | GASTOS | 9-1 | Inversión | 9-1-1 | Directa | 25.000.000.000 9-1-1-14 | Bogotá Humana | 25.000.000.000 9-1-1-14-02 | Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua. | 25.000.000.000 9-1-1-14-02-22 | Bogotá Humana ambientalmente saludable | 25.000.000.000 9-1-1-14-02-22-01 | Fondo de Desarrollo Regional | 25.000.000.000 9-1-1-14-02-22-01-2015000050079 | Construcción y Dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C. | 25.000.000.000 Total Adición Presupuesto de Gastos Sistema General de Regalías | 25.000.000.000
Artículo 4º.
-** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de abril del año 2016.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ
Secretaria Distrital de Hacienda
FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA
Secretario Distrital de Ambiente
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