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Acuerdo 1 de 2016

Acuerdo 1 de 2016 Jardín Botánico José Celestino Mutis - JBB

Tipo
Acuerdo
Número
1
Año
2016
Fecha
25 de febrero de 2016
Entidad
Jardín Botánico José Celestino Mutis - JBB
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 001 DE 2016 (Febrero 25) “Por el cual se autoriza a la Directora del Jardín Botánico de Bogotá José Celestino Mutis para expedir acto administrativo de adopción del incremento salarial para la vigencia 2016”: LA JUNTA DIRECTIVA DEL JARDÍN BOTÁNICO DE BOGOTÁ JOSÉ CELESTINO MUTIS En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 5 del Decreto 040 del 5 de febrero de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1166#12.p) del artículo 12 de la Ley 4ª de 1992 al Gobierno Nacional le corresponde señalar el límite máximo salarial de los servidores públicos de las entidades territoriales, guardando equivalencias con cargos similares en el orden nacional. Qué el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64113#15) del Decreto Distrital No. 533 de 15 de diciembre de 2015, por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2016 y se dictan otras disposiciones, establece que: _“el incremento salarial en los Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica y las Empresas Sociales del Estado, deberá ser aprobado por sus respectivas Juntas o Consejos Directivos y asumido mediante acto administrativo del Gerente o Representante Legal y solo se requerirá para este efecto del concepto favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.”_ Que mediante Circular Conjunta No. 02 emitida por la Secretaria Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital el 15 de enero de 2016, se informa que las Entidades Descentralizadas de orden Distrital adoptarán como porcentaje de incremento salarial el 8.27%, siempre y cuando al aplicar dicho porcentaje las asignaciones básicas no superen los límites establecidos por el Decreto Nacional No. [1096](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61751#0) de 2015.

Que las asignaciones básicas cuyo incremento debió ajustarse al límite máximo salarial previsto en el Decreto Nacional No. 1096 de 2015, una vez el Gobierno Nacional fije los límites máximos salariales correspondientes al año 2016 para los empleados públicos de las entidades territoriales se reajustarán proporcionalmente con una diferencia de cien pesos ($100) al porcentaje establecido en el Acuerdo Laboral, sin que de ninguna manera se superen los nuevos límites.

Que conforme a lo ordenado por el parágrafo del artículo [6º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#6) del Acuerdo Distrital 199 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio 2016EE253 del 9 de febrero de 2016, emitió concepto técnico previo y favorable para el incremento salarial a la propuesta presentada por el Jardín Botánico de Bogotá José Celestino Mutis.

Que la observancia de los procesos y procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar para su ejecución será responsabilidad y competencia del Jardín Botánico de Bogotá José Celestino Mutis.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo primero.

Autorizar a la Directora del Jardín Botánico de Bogotá José Celestino Mutis, para expedir el acto administrativo de adopción del incremento salarial fijado para la vigencia 2016, en un porcentaje equivalente al 8.27%, para las distintas categorías de los empleos públicos de su planta de personal, conforme a las directrices emitidas por el Gobierno Distrital, y a lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo.

Parágrafo. Esta autorización comprende igualmente el incremento para los cargos de la planta temporal del Jardín Botánico de Bogotá.

Artículo segundo.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a los 25 días del mes de febrero del año 2016. FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA Presidente Junta Directiva LUZ STELLA CARRILLO SILVA

Secretario Junta Directiva

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5803 de marzo 30 de 2016.

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