Decreto 093 de 2016
Decreto 093 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 093
- Año
- 2016
- Fecha
- 3 de marzo de 2016
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 093 DE 2016
(Marzo 03)
_Por el cual se concede una licencia temporal al arquitecto ERNESTO JORGE CLAVIJO SIERRA Curador Urbano 1 de Bogotá, D.C., y se hace una designación provisional_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, y el Decreto Nacional 1469 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38.3) del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que el Alcalde Mayor tiene dentro de sus atribuciones legales la de _"dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de_ _las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito_ ".
Que el artículo [100](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39477#100) del Decreto Nacional 1469 de 2010, señala que se consideran faltas temporales de los curadores urbanos, las licencias temporales en los términos que se encuentran previstos en el Estatuto Notarial.
Que el artículo [101](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39477#101) del Decreto Nacional ídem, dispone que _"En el caso de que trata el numeral 1 del artículo anterior, corresponderá al alcalde municipal o distrital designar al curador provisional, quien deberá reunir los mismos requisitos para ser curador urbano y podrá pertenecer al grupo interdisciplinario especializado adscrito a la curaduría"._ Que mediante oficio radicado con el No. 1-2016-2895 del 26 de enero de 2016, el arquitecto ERNESTO JORGE CLAVIJO SIERRA, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.010.000, Curador Urbano 1 de Bogotá, D.C., solicita que se le conceda una licencia temporal, a partir del 30 de marzo hasta el 8 de abril de 2016, inclusive.
Que mediante comunicación radicada bajo el No. 1-2016-7976 del 24 de febrero de 2016, la doctora HAIDEE ÁLVAREZ TORRES, Subsecretaria de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda de la Secretaría Distrital del Hábitat, certificó que el arquitecto GUSTAVO ADOLFO RAMÍREZ PÁEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.105.835, cumple con los requisitos mínimos para desempeñar el cargo de Curador Urbano 1 de Bogotá, D.C.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.- Conceder licencia temporal al arquitecto ERNESTO JORGE CLAVIJO SIERRA, identificado con cédula de ciudadanía No. 3.010.000, Curador Urbano 1 de Bogotá, D.C., a partir del 30 de marzo hasta el 8 de abril de 2016. Artículo 2°.- Designar provisionalmente a partir del 30 de marzo de 2016, al arquitecto GUSTAVO ADOLFO RAMÍREZ PÁEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.105.835, como Curador Urbano 1 de Bogotá, D.C., mientras dura la licencia temporal del titular. Artículo 3°.- Comunicar a los arquitectos ERNESTO JORGE CLAVIJO SIERRA y GUSTAVO ADOLFO RAMÍREZ PÁEZ, a la Curaduría Urbana 1 de Bogotá, D.C., a la Secretaría Distrital del Hábitat, a la Secretaria Distrital de Planeación y a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría. Artículo 4°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de marzo del año 2016.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
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