Decreto 056 de 2016
Decreto 056 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 056
- Año
- 2016
- Fecha
- 27 de enero de 2016
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 056 DE 2016
(Enero 27)[](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154097#2)[Derogado por el art. 2, Decreto 127 de 2024](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154097#2)
_Por medio deI cual se designan los funcionarios que conformarán el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal- CONFIS_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus atribuciones Iegales y en especial de las conferidas por el numeral 4 del artículo 38 y el artículo 135 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que el inciso [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#135.I.2) del artículo 135 del Decreto Ley 1421 de 1993 dispone que el Consejo DistritaI de Política Económica y Fiscal - CONFIS estará conformado por el Alcalde Mayor, quien lo presidirá, el Secretario de Hacienda, el Director de Planeación Distrital hoy Secretaría Distrital de Planeación y tres funcionarios que designe el AIcalde Mayor. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.-** Designar los tres (3) funcionarios que harán parte del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, así: 1) El/la Secretario/a Distrital de Movilidad. 2) El/la Secretario/a Distrital del Hábitat. 3) El/la Secretario/a Distrital de Salud.
Parágrafo. - En consecuencia, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, queda conformado por: 1) El Alcalde Mayor, quien lo presidirá. 2) El/la Secretario/a Distrital de Hacienda. 3) El/la Secretario/a Distrital de Planeación. 4) El/la Secretario/a Distrital de Movilidad. 5) El/la Secretario/a Distrital del Hábitat. 6) El/La Secretario/a Distrital de Salud. Artículo 2°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga el Decreto Distrital [047](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45586#0) de 2012 y las demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C.,__ a los 27 días del mes de enero del año 2016.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
**Alcalde Mayor
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