Directiva 009 de 2017
Directiva 009 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Directiva
- Número
- 009
- Año
- 2017
- Fecha
- 20 de diciembre de 2017
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DIRECTIVA 009 DE 2017
( Diciembre 20)
**PARA:
SECRETARIOS DE DESPACHO; DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; GERENTES, PRESIDENTES Y DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS OFICIALES Y MIXTAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO; RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO; ALCALDES LOCALES;
PRESIDENTE DEL CONCEJO DE BOGOTÁ; CONTRALOR DE BOGOTÁ; PERSONERO DE BOGOTÁ; VEEDOR DISTRITAL.**
DE: ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
**ASUNTO:
IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DISTRITAL PARA LA ASUNTO: RESPUESTA A EMERGENCIAS - MARCO DE ACTUACIÓN.**
Radicación interna 1-2018-28053 El artículo [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47141#37) de la Ley 1523 de 2012 _“Por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se_ ___dictan otras disposiciones”, señala: “Planes departamentales, distritales y municipales de gestión_ _del riesgo y estrategias de respuesta. Las autoridades departamentales, distritales y municipales_ ___formularán y concertarán con sus respectivos consejos de gestión del riesgo, un plan de gestión_ ___del riesgo de desastres y una estrategia para la respuesta a emergencias de su respectiva_ ___jurisdicción (…)”_. __ De otra parte, en el literal [d)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56152#11.L.d) del artículo 11 del Acuerdo Distrital 546 de 2013 _“Por el cual se_ ___transforma el Sistema Distrital de Prevención y Atención de Emergencias -SDPAE-, en el Sistema Distrital de Gestión de Riesgo y Cambio Climático -SDGR-CC, se actualizan sus instancias, se crea el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgo y Cambio Climático_ ___ “FONDIGER” y se dictan otras disposiciones”,_ se señala como función del IDIGER: “Ejercer las funciones de dirección, coordinación, seguimiento y evaluación del conjunto de las actividades administrativas y operativas que sean indispensables para la ejecución de la Estrategia Distrital de Respuesta (...)”, estrategia contemplada entre los instrumentos de planificación para la gestión de riesgos y cambio climático detallados en el artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57274#7) del Decreto Distrital 172 de 20141. Adicional, conforme al numeral [4.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57281#3.4.1) del artículo 3 del Decreto Distrital 173 de 20142, el IDIGER tiene la función de: _“formular en el marco del SDGR-CC, la Estrategia Distrital de Respuesta a situaciones de emergencia, calamidad y/o desastre”._ En consecuencia, el IDIGER en conjunto con las entidades que conforman la Mesa de Trabajo para el Manejo de Emergencias y Desastres, instancia reglamentada por el Acuerdo [01](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59695) de 2014 de la Comisión Intersectorial de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, formularon el instrumento _Estrategia Distrital para la Respuesta a Emergencias - Marco de Actuación_, validada por el Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático en sesión del 25 de octubre de 2017 conforme se registra en el Acta No. 1 de tal fecha, Marco de Actuación disponible en la URL _www.idiger.gov.co/marcodeactuacion._ De igual manera, siguiendo las orientaciones de la Ley 1523 de 2012 para el proceso de manejo de emergencias, en especial lo detallado en los numerales [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47141#4.17) y [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47141#4.24) del artículo 4 ídem con respecto a la preparación y respuesta, y cumpliendo con los lineamientos del artículo 37 ibídem, la _Estrategia Distrital para la Respuesta a Emergencias - Marco de Actuación_ define que la atención de emergencias en el Distrito Capital se realiza mediante la prestación de 16 servicios y 7 funciones de respuesta. Igualmente, precisa las entidades ejecutoras de la respuesta y la entidad responsable principal de cada servicio, así mismo, establece el procedimiento general, presenta la estructura de coordinación en 4 niveles y compila las guías de actuación para cada uno de los servicios y funciones de respuesta. Ahora, con el fin de implementar la _Estrategia Distrital para la Respuesta a Emergencias Marco de Actuación_, se establecen las siguientes directrices: 1. Las entidades y organismos distritales responsables de la ejecución de servicios y funciones de respuesta, en su calidad de integrantes del SDGR-CC de acuerdo a lo dispuesto en el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56152#3) del Acuerdo Distrital 546 de 2013, deben consultar y acoger el _Marco de Actuación_ y sus actualizaciones, donde se detallan las instrucciones para responder ante emergencias o desastres generados por cualquier evento de origen natural, socionatural o antrópico. 2. Las entidades y organismos identificados como _“Responsable principal”_ en cada servicio de respuesta, referenciado en el _Marco de Actuación_, en su calidad de integrantes del SDGR-CC, deben desarrollar avances en la preparación para la respuesta de los servicios que lideran, a través de acciones de capacitación, entrenamiento y equipamiento con el fin de optimizar su desempeño en emergencias. 3. Todas las entidades y organismos, en su calidad de integrantes del SDGR-CC y con base en los lineamientos de los Decretos Distritales [172](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57274) y [173](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57281) de 2014, deben tener en cuenta los 4 niveles de la estructura de coordinación (Red Distrital de Comunicaciones de Emergencias, Puesto de Mando Unificado — PMU, Centro de Operaciones de Emergencias — COE y el Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático) que serán desplegados en la medida en que el procedimiento general de la respuesta lo indique, de acuerdo a las orientaciones incluidas en el _Marco de Actuación._ 4. El IDIGER, con el apoyo de la Mesa de Trabajo para el Manejo de Emergencias y Desastres, debe realizar y publicar las respectivas actualizaciones del _Marco de Actuación_, en la medida que su uso e implementación así lo demanden. La presente Directiva rige a partir de la fecha de su publicación. ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor de Bogotá
Proyectó: Claudia Patricia Coca Galeano, Contratista, Subdirección para el Manejo de emergencias y Desastres IDIGER / Faride P. Solano Hamdan, Profesional Especializado, Subdirección para el Manejo de Emergencias y Desastres IDIGER / Jorge Suárez Stevenson, Profesional Especializado, Subdirección para el Manejo de Emergencias y Desastres IDIGER Revisó: Viviana Carolina Ortíz Guzmán, Directora Legal Ambiental – SDA / Olga Teresa de Jesús Ávila, Jefe Oficina Asesora Jurídica – IDIGER / Carlos Edgar Torres Becerra, Subdirector para el Manejo de Emergencias y Desastres – IDIGER Aprobó: Francisco J. Cruz Prada, Secretario Distrital de Ambiente // Richard A.Vargas Hernández, Director General – IDIGER
NOTAS DE PIE DE PÁGINA:
1 _“Por medio del cual se reglamenta el Acuerdo[546](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55661#546)de 2013, se organizan las instancias de coordinación del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático SDGR-CC y se definen tratamientos para su funcionamiento”_
2
_“Por medio del cual se dictan disposiciones en relación con el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – IDIGER, su naturaleza, funciones, órganos de dirección y administración”_**
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