Acuerdo Laboral 1 de 2017
Acuerdo Laboral 1 de 2017 Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP
- Tipo
- Acuerdo Laboral
- Número
- 1
- Año
- 2017
- Fecha
- 12 de junio de 2017
- Entidad
- Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
2017 Empleados de la UAESP- SEUAESP"
Especial de Servicios Públicos y el Sindicato de Resolución No. 000295 del 12 de junio de 2017 "Por la cual se adoptan los acuerdos alcanzados en la negociación colectiva entre la Unidad Administrativa ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ o.e.
HÁBITAT UmO Mm,nlll.trallv• Ei;¡)60dl (kl Servicios Publicos UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS RESOLUCIÓN NÚMERc0 Ü Ü 2 9 5 DE 2017 Por la cual se adoptan lo acuerdos alcanzados en la negociación colectiva entre la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos y el Sindicato de Empleados de la UAESP - SEUAESP LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Acuerdo No. 0 1 1 de 2014 del Consejo Directivo de la UAESP y en el Decreto No. 160 de 2 0 1 4, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto No. 160 de 2014 el Gobierno Nacional reglamentó la Ley 4 1 1 de 1997 en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones de empleados públicos.
Que el artículo 1 1 del Decreto No. 160 de 2014 señala los términos y etapas de la negociación colectiva con organizaciones de empleados públicos Que mediante oficio con radicado No. 2017-700-004375-2 del 28 de febrero de 2017, el Sindicato de Empleados de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - SEUAESP, remitió a la Directora General el Pliego de Solicitudes de dicha organización y solicitó la designación de negociadores por parte de la administración y la instalación de la mesa de negociación.
Que mediante Resolución No. 80 del 1 de marzo de 2017 se designaron los representantes de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos para la negociación del pliego de solicitudes presentado por el Sindicato de Empleados de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos.
Que la discusión del Pliego de Solicitudes presentado se inició el día 9 de marzo de 2017 con la instalación de la mesa de negociación, la presentación de los negociadores de cada una de las partes y la concertación del cronograma y las reglas de la negociación, conforme lo establece el acta No. 1 de la misma fecha.
Que la negociación se adelantó teniendo en cuenta los términos previstos en el artículo 1 1 del Decreto No. 160 de 2014, agotándose los 20 días hábiles previstos el día 7 de abril de 2017 y siendo necesario recurrir a los 20 días de prórroga.
Que el día 1 O de mayo de 2017 se puso fin a la negociación, existiendo acuerdo parcial respecto de los puntos objeto de la negociación, en los términos señalados para tal efecto en el Acta Final suscrita por los negociadores de las partes en la misma fecha y que se transcriben en la parte resolutiva de la presente Resolución.
Que conforme lo establecido en el parágrafo 1 del articulo 5 del Decreto 160 de 2014, no fueron objeto de negociación las solicitudes contenidas en los numerales 1.5, 2.4, 2.9 literal e). 3.1 literales e), d), f), h) e i); 3.3 literal e) y 3.4.
Que tal y como consta en el acta final de la negociación, no se llegó a un acuerdo en lo solicitado por el sindicato en los numerales 2.9 literales a) y d), 3.1 literales a) y e), y 3.3 literal a)
Página 1 de 7 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN NUMERO 000295·. HOJA No. 2 "Por la cual se adoptan lo acuerdos alcanzados en la negociación colectiva entre la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos y el Sindicato de Empleados de la UAESP • SEUAESP"
Que de conformidad con lo señalado en el artículo 14 del Decreto No. 160 de 2014, concluida la etapa de negociación y suscrita el acta final, la entidad empleadora expedirá los actos administrativos a que haya lugar para el cumplimiento de los acuerdos.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo primero.
Adoptar los acuerdos y conclusiones alcanzadas en la mesa de negociación colectiva entre la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos. por una parte y el Sindicato de Empleados de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos • SEUAESP, y que constan en el Acta Final de la Negociación suscrita el día 30 de mayo de 2017, en los siguientes términos:
1. POLÍTICA SALARIAL
1. 1. Incremento Salarial:
La UAESP informó que mediante Resolución No. 090 del 13 de marzo de 2017 se estableció el aumento salarial conforme lo señalado en el Decreto No. 20 de 2017 expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C.
Respecto de la solicitud de aplicar la escala salarial prevísta en el Decreto No. 20 de 2017, a cada uno de los grados que existen en la Unidad de acuerdo con la Resolución de nombramiento y el acta de posesión de cada uno de los funcionarios, se acuerda que la UAESP informará a los funcionarios la respuesta entregada por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, respecto al ajuste de la nomenclatura de los cargos (código y grado salarial).
1.2. Horas Extras:
Se realizará una mesa de trabajo entre los funcionarios que tienen derecho al reconocimiento de horas extras, la Subdirección Administrativa y Financiera y el acompañamiento de la Oficina Asesora de Planeación, con el objeto de revisar el procedimiento de nómina, en el acápite referido a horas extras, que permita presentar a la instancia de la entidad que corresponda, una propuesta concertada sobre el procedimiento.
1. 3. Compensatorios1:
La UAESP divulgará ampliamente el procedimiento establecido, de acuerdo al Decreto 1042 de 1978 y al Concepto 122001 de 2013 del Departamento Administrativo de la Función Pública. Dicha divulgación se realizará a través de la intranet y del correo institucional de la entidad, con una periodicidad mínima mensual, sin excluir otras alternativas y escenarios en los que se considere pertinente abordar el tema.
1.4. Reconocimiento y pago de prima de coordinación de los grupos formales de trabajo:
La UAESP informará a los funcionarios la respuesta entregada por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital para la creación de los Grupos Internos de Trabajo.
2. ADMINISTRATIVOS
2.1. Estudio de Cargas Laborales:
En cumplimiento de lo señalado en la Circular Externa No. 100-09-2015 expedida por el 1 Si bien el numeral 1.3. en el Pliego de Solicitudes contiene la expresión: "Cornpcsatorios", lo que se acuerda se refiere al procedimiento para el derecho al descanso de aquellos funcionarios que no tienen derecho a horas extras y compensatorios.
P ina2de7 CONTINUACIÓN DE LA RESOLLJCIÓN NUMERO 000295 HOJA No. J "Por la cual se adoptan lo acuerdos alcanzados en la negociación colectiva entre la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos y el Sindicato de Empleados de la UAESP - SEUAESP"
Departamento Administrativo de la Función Pública, cuando se inicien procesos de rediseño institucional o modificación de la estructura interna, y/o reforma de la planta de empleos, la UAESP garantizará la participación efectiva del Sindicato, con el fin de escuchar inquietudes y sugerencias en todo el proceso.
Lo anterior sin perjuicio de las facultades constitucionales y legales asignadas a las diferentes autoridades públicas para la adopción y expedición de los actos administrativos correspondientes.
2.2. Manual de Funciones:
La UAESP dará cumplimiento a lo señalado en el artículo 6ºdel Decreto 884 de 2012: "Manuales de funciones de las entidades públicas: Para los servidores públicos las entidades deberán adaptar los manuales de funciones y competencias laborales, con el fin de permitir y facilitar la implementación del teletrabajo como una forma de organización laboral."
2.3. Reubicación de funcionarios y asignación de nuevas funciones:
La UAESP dará cumplimiento a los parámetros acordados en la Resolución 268 de 2016 sobre la reubicación de personal.
Se conformará dentro del mes siguiente a la firma del presente acuerdo, una mesa de trabajo entre el Sindicato, la Subdirección Administrativa y Financiera con el acompañamiento de la oficina Asesora de Planeación para revisar, ajustar e implementar a más tardar el mes de agosto de 2017, el procedimiento de certificación de funciones adicionales a las establecidas en el Manual de Funciones de la entidad, asignadas por el superior inmediato; lo anterior en el marco de lo señalado para tal efecto por el Departamento Administrativo de la Función Pública.
2.5. Capacitación:
La UNIDAD dará cumplimiento a la implementación de lo establecido en materia de capacitación de los acuerdos colectivos de los años 2015 y 2016 adoptados mediante Resoluciones 322 de 2015 y 268 de 2016.
De igual forma, dará aplicación a la Circular Externa 100 -1 O de 2014 del Departamento Administrativo de la Función Pública, al Acuerdo colectivo de 2015 suscrito entre el Gobierno Nacional y las Organizaciones Sindicales de los Empleados Públicos, en lo que respecta a la flexibilización de criterios para que los empleados provisionales puedan acceder a programas de formación, cuya duración sea inferior a 160 horas, para adquirir y/o desarrollar conocimientos, habilidades, destrezas y mejorar las actitudes hacia el trabajo, a fin de que logren un eficiente desempeño en su puesto de labores, con el propósito de alcanzar las metas que se ha trazado la entidad.
La UAESP implementará actividades de entrenamiento en el puesto de trabajo para todos los funcionarios de la entidad con un máximo 160 horas en los siguientes temas, de acuerdo con los temas desarrollados en el ejercicio del trabajo asignado:
- lnterventoría y supervisión de contratos.
- Sistemas integrados de gestión
- Contratación pública
- Atención al ciudadano
- Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo - SGSST.
- Administración y control de inventarios
- Ofimática
- Archivo
La UAESP efectuará las actividades de inducción a los funcionarios dentro de los 15 días calendario siguientes a la fecha de su posesión en la entidad. Las actividades incluirán, como mínimo, Estructura administrativa del distrito, el Sistema Integrado de Gestión, Sistema de P ina3de7 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN NUMERO 000295 HOJA No.1 "Por la cual se adoptan lo acuerdos alcanzados en la negociación colectiva entre la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos y el Sindicato de Empleados de la UAESP - SEUAESP"
Gestión Documental y las demás inherentes al cumplimiento de las funciones, obligaciones y tareas asignadas en ejercicio de la función pública.
La UAESP, a partir de la firma del acuerdo, promoverá la creación de equipos de aprendizaje con los funcionarios interesados en el proceso de construcción de modelos de prestación de los servicios, formulación de políticas, planes. programas y proyectos, con el fin de preservar la memoria institucional. aprovechando el conocimiento de los expertos en temas técnicos y misionales con el ánimo de fortalecer las competencias técnicas y laborales de los funcionarios.
En dichos equipos de aprendizaje se podrán tratar, entre otros, los siguientes temas:
- Marco regulatorio, tarifaría y aspectos técnicos de los servicios a cargo de la UAESP
- Gestión social en el marco de la prestación de los servicios a cargo de la UAESP
- Idiomas extranjeros
- Derecho ambiental
- Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -CPACA. (Derechos de Petición)
- Normatividad urbanística y arquitectónica
Una vez creados los equipos de aprendizaje la UAESP realizará la divulgación necesaria para garantizar la participación de los funcionarios interesados.
2.6. Sede UAESP: a) La UAESP informará a todos los funcionarios los resultados de los estudios que se contraten y que tengan por objeto establecer, los requerimientos estructurales de las sedes de la UNIDAD. b) En aquellos casos en que se requiera el traslado de alguna de las sedes de la UAESP, la entidad contará con el personal idóneo para realizar la respectiva mudanza, cuando a ello haya lugar. e) La UAESP garantizará la adecuación de su infraestructura física para el acceso a personas con discapacidad y de tercera edad, de acuerdo a la Ley 1346 de 2009, artículo 9, la Ley 1287 de 2009 y la Ley 1618 de 2013. d) La UAESP socializará a todo el personal, dentro del mes siguiente a la firma de acuerdo los resultados de los estudios estructurales, de cargas y de vulnerabilidad del edificio de la sede principal (Av Caracas No. 53-80); si se realiza la socialización antes del cierre de la negociación la UAESP informará a los trabajadores que este es producto de la negociación. e) La UAESP informa que en desarrollo del Contrato Estatal de Obra 332 del año 2017, se procederá a efectuar el mantenimiento de las baterías sanitarias que así lo requirieran en las sedes de la Unidad.
Asimismo, a través de la Subdirección Administrativa se procederá a revisar las condiciones de distribución y acceso a las baterias sanitarias.
2.7. Oficina SEUAESP:
La UAESP continuará garantizando al Sindicato de Empleados de la UAESP un espacio físico de uso permanente en cualquiera de las sedes principales de la UNIDAD, dotado para el funcionamiento y la realización de actividades y/o tareas administrativas y sindicales de la organización con una dotación básica en la cual quede formalizado el inventario existente, y se amplíen los insumos, para que finalmente cuente con lo siguiente: 1 escritorio, 2 mesas de trabajo, 7 sillas, 1 computador, 1 impresora en blanco y negro, 1 tablero acrílico, 1 archivador y 1 linea telefónica y su respectivo aparato telefónico con conectividad.
El mantenimiento y los insumos que se requieran para el funcionamiento de los equipos antes mencionados correrán por cuenta del Sindicato.
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En cada una de las sedes de la entidad, la UAESP entregará una cartelera para el uso del Sindicato y se designará el espacio físico para su ubicación que será acordado entre la UAESP y SEUAESP en un lugar de acceso a la información para todos los trabajadores de la entidad.
2.8. Transporte y Parqueadero: a) De conformidad con las circulares externas del DAFP Nos. 100-10-2015 y 100-002-2013, la UAESP contemplará la posibilidad, que dentro del marco del mejoramiento de la calidad de vida laboral de los empleados se estudie la posibilidad de prestar el servicio de transporte o ruta a los trabajadores de la entidad. b) La UAESP analizará las solicitudes de asignación de parqueaderos que realicen los funcionarios que acrediten alguna situación de salud especial, y dará respuesta a la solicitud en un término no superior a mes de efectuada la misma. e) La UAESP gestionará la realización de un evento en el cual los proveedores de los vehículos ambientalmente sostenibles puedan ofrecer sus productos a todos los funcionarios de la entidad. d) La UAESP garantizará que los funcionarios que asi lo deseen, puedan acceder a las instalaciones de la Entidad en bicicleta, en los términos del Artículo 6 de la Ley 1 8 1 1 del 2016. e) En las circunstancias excepcionales en que se requiera el transporte de funcionarios para el desarrollo de actividades propias de la gestión, que deban ser atendidas fuera de la sede principal (reuniones, consultas ante entes externos, visitas de supervisión en campo, etc.), la UAESP verificará la posibilidad de proporcionar el transporte, de acuerdo con la disponibilidad de vehículos; en caso de no contar con los mismos se podrá acudir a lo establecido en el procedimiento de caja menor.
2.9. Seguridad y salud en el trabajo:
La UAESP revisará las necesidades de servicio de cafetería, aseo, mantenimiento, corte de césped, jardinería y manejo de plagas en todas las sedes de la entidad, en el segundo semestre de 2017.
3. BIENESTAR SOCIAL E INCENTIVOS
(3.1. b)) La UAESP brindará acompañamiento desde la Subdirección Administrativa y Financiera, área de Talento Humano, a los funcionarios de la Unidad cuando se encuentren atravesando situaciones difíciles como enfermedades graves del funcionario o de sus familiares, igualmente hará presencia institucional en caso de fallecimiento del cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar.
(3.1. g)) Cuando el empleado no pueda por necesidad de servicio, incapacidad, licencia de maternidad y/o paternidad y comisión, disfrutar del incentivo no pecuniario de (1) día libre por concepto de cumpleaños y con el fin de garantizar el acceso a éste, se podrá tomar dentro de los 1 5 días calendario siguientes a la fecha de reintegro o del cumpleaños.
(3.2) Para dar atender lo solicitado por el Sindicato en los literales a, b y e del Punto 3.2 el Pliego de Solicitudes 2017, La UAESP dará cumplimiento a lo establecido en el punto 3.3 del Acuerdo Colectivo 2016, adoptado por la Resolución 268 de 2016.
(3.3. b)) Cuando la UAESP efectúe la programación de las actividades (capacitaciones, reuniones de áreas, informes. etc), procurará la participación de todos los trabajadores de la entidad; si por necesidades del servicio, algún trabajador no pueda participar de las actividades antes descritas, la entidad propiciará la participación de dichos empleados en actividades similares.
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- r , . :
CONTINUACIÓN DE LA RE.SÓLUélóN NÚMERO 000295 HOJA No.§
"Por la cual se adoptan lo acuerdos alcanzados en la negociación colectiva entre la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos y el Sindicato de Empleados de la UAESP- SEUAESP"
(3.3. c)) La UAESP informa que en el plan de Bienestar 2017 a 2019 se tienen previstas actividades que involucren a los hijos de los funcionarios hasta los 14 años en el marco de las vacaciones recreativas.
(3 3. d)) La Unidad publicará un boletín informativo mensual de las actividades culturales, recreativas, deportivas, etc, que adelanten otras entidades del distrito capital tales como la red de bibliotecas públicas, la cinemateca distrital, la secretaría de cultura, alcaldías locales, etc., buscando el entretenimiento, enriquecimiento cultural y la motivación de los funcionarios para fortalecer el clima organizacional.
(3.3. f)) La UAESP informa que el contrato suscrito con el Hospital de Usaquén en el año 2016 contempla la realización del estudio de riesgo psicosocial de la entidad y que adoptará las medidas para atender las recomendaciones que surjan de dicho estudio; lo anterior en el marco de lo señalado en el Decreto 52 de 2017 y en la Resolución 1 1 1 1 de 2017 del Ministerio del Trabajo.
(3.3. g)) La Unidad tendrá en cuenta las recomendaciones y/o restricciones médicas determinadas en los exámenes médicos ocupacionales o informadas por el trabajador que hayan sido expedidas por médicos de la EPS, el plan complementario de salud y/o medicina prepagada entre tanto se surta el proceso de validación ante el área de medicina laboral.
(3.3. h)) La UAESP instalará en cada una de las cafeterías de todas las sedes de la entidad, filtros purificadores de agua.
(3.3 i)) La UAESP informa que desde el mes de enero de 2016 por iniciativa de la Directora General se dotó la sala de conductores con computadores para el uso de estos empleados públicos.
(3.3. j)) La UAESP dará cumplimiento a la Ley 1811 de 2016 para los biciusuarios de la entidad.
4. POLÍTICA SINDICAL
4. 1. Fortalecimiento Sindical a) La UAESP facilitará dos veces al año un espacio para que SEUAESP socialice el derecho de asociación y desarrollo sindical. b) La Unidad en coordinación con SEUAESP celebrará el dia siete (7) de octubre de cada año el "Día del Trabajo Decente en Colombia", realizando un evento en el que se sensibilice y enseñe al personal sobre los derechos de los trabajadores, el respeto por el trabajo del otro, la dignificación del mismo y el reconocimiento.
(2.7 literal e) c) La UAESP editará un EBOOK que contenga los acuerdos colectivos suscritos con el Sindicato incluido el presente, al igual que el enlace del Sindicato a redes sociales; este EBOOK se mantendrá disponible en la intranet de la entidad y será divulgado por la red de correo electrónico a todos los servidores públicos de la Unidad para su Consulta en línea y descarga.
4.2 Vigencia de los acuerdos colectivos:
Los acuerdos Colectivos suscritos entre la UAESP o la entidad que haga sus veces y ASUESP SEUAESP se entenderán incorporados al presente acuerdo colectivo, de conformidad con la Ley y demás normas que la complementen.
5. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL PRESENTE ACUERDO:
Las partes convienen conformar dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la firma del acta final de la negociación, una comisión de seguimiento del cumplimiento de los acuerdos aquí alcanzados, la cual será integrada en forma paritaria por cuatro integrantes, dos P ina6de7 CONTINUACIÓN DE LA RESOLUCIÓN NUMERO 000295 HOJA No. Z "Por la cual se adoptan lo acuerdos alcanzac1o·s en la negociación colectiva entre la Unidad Administrativa Especial de Servicios Púbticos y el Sindicato de Empleados de la UAESP - SEUAESP" representantes del Sindicato y dos de la entidad con sus respectivos suplentes. Esta comisión se reunirá bimestralmente y deberá producir un acta de cada reunión.
Corresponderá a esta comisión, entre otras actividades, realizar el seguimiento de los acuerdos anteriores (2015 y 2016) y el presente acuerdo, la creación de indicadores de seguimiento que permitan ver el avance del cumplimiento de los acuerdos establecidos entre las partes con el fin de poder hacer un seguimiento efectivo y dar asi, espacio a generar estrategias para que desde las partes se lleve a feliz término lo pactado.
El acuerdo tendrá una duración de un año contado desde su firma.
Parágrafo. PRIMERO. En todo caso, de conformidad con lo previsto en el Estatuto
Orgánico de Presupuesto y en el numeral 2 del artículo 3 del Decreto 160 de 2014, el cumplimiento de los acuerdos alcanzados en la mesa de negociación que impliquen gasto, estará sujeto a la expedición de la respectiva disponibilidad presupuesta!.
Artículo segundo.
Conformar la Comisión Paritaria de Seguimiento al cumplimiento de los acuerdos alcanzados en la negociación, la cual estará integrada, por la Administración, por los doctores Alejandro Enrique Lobo Sagre - Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, Claudia Patricia Ardila Díaz - Asesora de la Dirección, como principales; Claudia Ximena Ramos Hidalgo - Asesora de la Dirección, y Lucila Balamba Estrada - Profesional Especializado, como suplentes.
Por parte del sindicato, estará integrada por los funcionarios: Hipólito Romaña Cuesta, Liz Yadira Monroy Delgado, Elizabeth Meza Medina y Aida Yolima Zárate Aguillón.
Artículo tercero.
Comunicar el contenido de la presente Resolución, así como las actas suscritas dentro de la negociación colectiva al Ministerio de Trabajo, así como a la Subdirección Administrativa y Financiera de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, para lo de sus competencias.
Artículo cuarto.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, o.e. a La Directora General de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, P ea c.; tí'tY ctlcde--ck&e_ BEATRIZ EL'ENA CARDE NAS CASAS (¿_ Elaboró: Juan José Serna Saiz - Asesor Página 7 de 7
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