Acuerdo 695 de 2017
Acuerdo 695 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 695
- Año
- 2017
- Fecha
- 28 de diciembre de 2017
- Entidad
- Concejo de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 695 DE 2017
**(Diciembre 28)
**[Reglamentado por el Decreto Distrital 519 de 2020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=86196)
_Por medio del cual se autoriza a la Administración Distrital el cobro de la tasa por el Derecho de estacionamiento sobre las vías públicas y se dictan otras disposiciones_
EL CONCEJO DE BOGOTÁ D. C.
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 313 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 7 y 12 numeral 1 y 3 del Decreto Ley 1421 de 1993, [Ver Proyecto de Acuerdo 494 de 2017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140802), [488 de 2017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140800), [491 de 2017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140801) [y 494 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140802) [Ver Decreto Distrital 011 de 2023.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=132859), [Decreto Distrital 097 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153759)
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. Objeto. El presente Acuerdo tiene por objeto autorizar la tasa por el derecho de estacionamiento en vías públicas.
ARTÍCULO 2. Definiciones. Para efectos del presente Acuerdo, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: a) Estacionamiento en vía. Servicio prestado en Zonas habilitadas por la Administración Distrital en las que se permite el estacionamiento en vías de propiedad del Distrito Capital a cambio del pago del valor autorizado por el artículo [28](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=296#28) de la Ley 105 de 1993 y adoptada en el presente Acuerdo. **b)
Estacionamiento fuera de vía.** Servicio prestado por establecimientos privados y/o públicos cuyo objeto es facilitar el estacionamiento y depósito temporal de vehículos automotores, motos o bicicletas, a título oneroso.
**c)
Servicio de Valet Parking: Servicio prestado por personas naturales o jurídicas, que reciben vehículos en vía pública y los ubican en un estacionamiento. ARTÍCULO 3. Sistema Inteligente de Estacionamientos.** Créase el Sistema Inteligente de Estacionamientos públicos como el conjunto de reglas, principios, valores y medidas para gestionar la demanda de estacionamiento de vehículos y articular de forma coherente la prestación, control y recaudo de los valores asociados al servicio de estacionamientos de uso público, en vía, fuera de vía, incluyendo el servicio de valet parking.
Parágrafo. 1. En un plazo máximo de doce (12) meses a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, la Administración Distrital reglamentará el funcionamiento del Sistema Inteligente de Estacionamientos.
Parágrafo. 2. La Secretaría Distrital de Movilidad liderará estrategias de cultura ciudadana para el Sistema Inteligente de Estacionamientos, por medio de las cuales se generarán acciones de respeto, cumplimiento, apropiación y pertenencia hacia los espacios e instrumentos a través de los cuales se implemente este sistema.
Parágrafo. 3 : En el lapso de doce (12) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente acuerdo, la Administración Distrital reglamentará el mecanismo de administración así como la inspección, vigilancia y control que estará a cargo de la autoridad administrativa competente.
[Ver Decreto Distrital 012 de 2023.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=132858#0)
ARTÍCULO 4._Sistema y método para determinar el cobro por el derecho de parqueo sobre las vías públicas. _[Modificado por el art. 137, ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155699#137)[Acuerdo Distrital 927 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155699#137) _< El nuevo texto es el siguiente> _De conformidad con lo previsto en el artículo [28](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=296#28) de la Ley 105 de 1993, autorícese a la administración distrital el cobro por la tasa del derecho de parqueo sobre las vías públicas.Son elementos constitutivos del cobro de la tasa por el derecho de parqueo sobre las vías públicas los siguientes: a. Hecho generador: El parqueo de manera temporal en los espacios de estacionamiento en vía pública, efectuado por los usuarios de vehículos. b. Sujeto activo: EL Distrito Capital en quien radican las potestades de administración y control. c. Sujeto pasivo: Los usuarios del servicio de parqueo en vía habilitado. d. Tarifa: El valor de la tasa por el derecho de parqueo sobre las vías públicas que será definida con base en:
1. El tipo de vehículo.
2. El tiempo de permanencia.
3. La hora del día y el día de la semana.
4. Los costos de prestación del servicio y de gestión del sistema según donde se ubica el segmento vial, y
5. La demanda del sistema de estacionamiento en vía por segmento vial. Para calcular la tarifa por minuto a pagar se utilizará el siguiente método: TMEz = FV X FP X FH X VMEz En todo caso se debe garantizar que anualmente se cumpla la siguiente condición: S Ingresosz__________ = (1 + B)S Costosz Donde:
TMEz: Tarifa por minuto a pagar por el usuario del estacionamiento en vía en el segmento vial z FV: Factor por tipo de vehículo, que toma los siguientes valores: FV = 0 si es bicicleta;FV = [0.65 – 0.8] a asignar por la SDM para motocicleta. FV = 1 si es automóvil, campero o camioneta; FV = [0 – 1.5] a asignar por la SDM para otro tipo de vehículos FP: Factor por tiempo de permanencia (que toma los siguientes valores: FP = 1 si p=60 minutos;FP = [1 – 1.5] a asignar por la SDM si 60 minutos 120 minutos FH: Factor horario, que fluctúa entre 0 y 1.5, a asignar por la SDM según el día de la semana y la hora del día, en función del comportamiento de la demanda en el tiempo de cada segmento vial VMEz: Valor base por minuto de estacionamiento en vía en el segmento vial z, definido por la siguiente ecuación: VMEz = Costosz_____________Demandaz Z: Segmentos viales donde se presta el servicio de estacionamiento en vía, definidas por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM). Costosz: Conjunto de inversiones y gastos asociados a la puesta en marcha, operación, administración, gestión y mantenimiento del sistema de estacionamiento en vía en el segmento vial z. Demandaz: Minutos de estacionamiento en vía demandados u ocupados al año en el segmento vial z.Ingresosz: Recaudo del sistema de estacionamiento en vía en el segmento vial z.B: Beneficio Social del cobro por el derecho de parqueo sobre las vías públicas.B=10% Parágrafo 1. La actualización de la tarifa por minuto de estacionamiento en vía (TMEz) se deberá realizar el primer trimestre de cada año (t+1) y se establecerá según el comportamiento de la canasta de costos, en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Costos de la Construcción Pesada (ICCP), y el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), de acuerdo con la siguiente fórmula: TMEz,t+1 = TMEz X (1+ACCz) Donde: TMEz,t+1: Tarifa por minuto a pagar por el usuario de estacionamiento en vía en el segmento vial Z en el año siguiente al t, es decir (t+1) TMEz,t: Tarifa por minuto a pagar por el usuario de estacionamiento en vía en el segmento vial Z en el año t ACCz: Actualización de la canasta de costos en el segmento vial zt: Año de operación del servicio de estacionamiento en vía en un segmento vial Z ACCz = (%IPCz X IPCt) + (%ICCPz X ICCPt) + (%SMMLVz X SMMLVt) Donde: %SMMLVz: Porcentaje de participación del salario mínimo mensual legal vigente en la canasta de costos del segmento vial z, calculado a partir del costo del personal vinculado al proyecto. SMMLVt: Índice de variación del salario mínimo mensual legal vigente en el año t. %ICCPz: Porcentaje de participación del ICCP en la canasta de costos del segmento vial z, calculado a partir del costo del mantenimiento de la infraestructura. ICCPt: Índice de variación del ICCP en el año t%IPCz: Porcentaje de participación del IPC en la canasta de costos del segmento vial z, calculado a partir de los costos no contemplados en el %SMMLVz y en el %ICCPz IPCt: Índice de variación del IPC en el año t.
Parágrafo. **3.
[Adicionado ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155699#181)[por el art. 181, Acuerdo Distrital 927 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155699#181) _< El nuevo texto es el siguiente>_Los vehículos que transporten a los fieles hacia los lugares de culto tendrán permitido estacionar en zonas adyacentes a los lugares de reunión religiosa, bajo las consideraciones establecidas en el presente artículo y de acuerdo con las habilitaciones y los estudios técnicos que realice la Secretaría de Movilidad, en consideración a las condiciones de tráfico, disponibilidad de espacio y de seguridad vial, de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 4 del artículo [154](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119582#154) del Decreto 555 de 2021.
**_El texto original era el siguiente:_
_Artículo_** _4.__Sistema y método para determinar el cobro por el derecho de parqueo sobre las vías públicas.__De conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la ley 105 de 1993, autorícese a la administración distrital el cobro por la tasa del derecho de parqueo sobre las vías públicas.____Son elementos constitutivos del cobro de la tasa por el derecho de parqueo sobre las vías públicas los siguientes:____a. Hecho generador: El parqueo de manera temporal en los espacios de estacionamiento en vía pública, efectuado por los usuarios de vehículos.__b. Sujeto activo: Es el Distrito Capital y en él radican las potestades de administración y control.__c. Sujeto pasivo: Los usuarios del servicio de parqueo en vía habilitado.__d. Tarifa: El valor de la tasa por el derecho de parqueo sobre las vías públicas que será definida con base en:__1. El tipo de vehículo.__2. El tiempo de permanencia.__3. La hora del día y el día de la semana.__4. Los costos de prestación del servicio y de gestión del sistema según donde se ubica la zona de parqueo, y_ _5. La demanda del sistema de estacionamiento en vía por zona.__Para calcular la tarifa por minuto a pagar se utilizará el siguiente método:____En todo caso se debe garantizar que anualmente se cumpla la siguiente condición:__Donde:_ | __ | _Tarifa por minuto a pagar por el usuario del estacionamiento en vía en la zona_ ________ ---|--- _:___ | _Factor por tipo de vehículo, que toma los siguientes valores:_____________ _:___ | _Factor por tiempo de permanencia (__que toma los siguientes valores:_____________ __ | _Factor horario, que fluctúa entre 0 y 1.5, a asignar por la SDM según el día de la semana y la hora del día, en función del comportamiento de la demanda en el tiempo de cada zona.___ ______ | _____Valor base por minuto de estacionamiento en vía en la zona_ _, definido por la siguiente ecuación:_________ _:___ | _Zonas homogéneas donde se presta el servicio de estacionamiento en vía, definidas por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM)._______ __ | _Conjunto de inversiones y gastos asociados a la puesta en marcha, operación, administración, gestión y mantenimiento del sistema de estacionamiento en vía en la zona_ _._______ __ | _Minutos de estacionamiento en vía demandados u ocupados al año en la zona_ _._______ __ | _Recaudo del sistema de estacionamiento en vía en la zona_ _._______ __ | _Beneficio Social del cobro por el derecho de parqueo sobre las vías públicas._________
_PARÁGRAFO.__La actualización de la tarifa por minuto de estacionamiento en vía (__se deberá realizar el primer trimestre de cada año (t+1) y se establecerá según el comportamiento de la canasta de costos, en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Costos de la Construcción Pesada (ICCP), y el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), de acuerdo con la siguiente fórmula:_
_Donde:___
_:___ | _Tarifa por minuto a pagar por el usuario de estacionamiento en vía en la zona_ _en el año siguiente al t, es decir, (__)_______ ---|--- __ | _Tarifa por minuto a pagar por el usuario de estacionamiento en vía en la zona_ _en el año_ ______ _:___ | _Actualización de la canasta de costos de la zona_ ________ _:___ | _Año de operación del servicio de estacionamiento en vía en una zona_ __
_Donde:_
_:___ | _Porcentaje de participación del salario mínimo mensual legal vigente en la canasta de costos de la zona_ _, calculado a partir del costo del personal vinculado al proyecto._______ ---|--- __ | _Índice de variación del salario mínimo mensual legal vigente en el año_ _.___ _:___ | _Porcentaje de participación del ICCP en la canasta de costos de la zona_ _, calculado a partir del costo del mantenimiento de la infraestructura.___ __ | _Índice de variación del ICCP en el año_ __ _:___ | _Porcentaje de participación del IPC en la canasta de costos de la zona_ _, calculado a partir de los costos no contemplados en el_ _y en el_ __ __ | _Índice de variación del IPC en el año_ __ __ ARTÍCULO 5. Destinación de los recursos obtenidos por el cobro de la tasa por el derecho de estacionamiento sobre las vías públicas. Los recursos obtenidos a través del cobro por el derecho de estacionamiento sobre las vías públicas serán destinados a la implementación y mantenimiento del estacionamiento en vía, que incluye: a) la gestión y los costos de prestación del servicio, b) la plataforma y medios tecnológicos, c) mantenimiento de la infraestructura vial y espacio público y d) implementación de las zonas de estacionamiento. Así mismo los excedentes generados de la operación serán destinados al Sistema Integrado de Transporte Público (SITP)
ARTÍCULO 6. Sistema de Información.[Reglamentado por el Decreto Distrital 769 de 2019.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88465)
Crease el Registro Distrital de Estacionamientos fuera de vía, estacionamiento en vía y servicios de valet parking el cual estará a cargo de las Secretarías Distritales de Movilidad y Gobierno.
Toda la información que repose en el sistema de información será pública, salvo aquella que tenga carácter reservado o confidencial conforme a la Constitución y las Leyes vigentes.
ARTÍCULO 7.[Derogado por el artículo 1°, Decreto Distrital 325 de 2018. ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=78714#1)
_El texto original era el siguiente:_
_Artículo 7.__Pólizas de Responsabilidad. La administración Distrital reglamentará la constitución de una póliza de responsabilidad civil extracontractual anual por cada una de las zonas adecuadas a los estacionamientos en vía, la cual será expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada._
_Esta póliza tendrá por objeto, responder ante los usuarios por daños o hurto que sufran los vehículos y sus accesorios._
Artículo 8.
Vigencia y derogatorias. El presente Acuerdo rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73448) y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial las contenidas en los Acuerdos Distritales [34](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2081) de 1991 y [294](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27840) de 2007.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá a los 28 días del mes de diciembre de 2018
CELIO NIEVES HERRERA
Presidente
LUIS ALBERTO DONOSO RINCÓN
Secretario General de Organismos
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