Decreto 2118 de 2017
Decreto 2118 de 2017 Nivel Nacional
- Tipo
- Decreto
- Número
- 2118
- Año
- 2017
- Fecha
- 15 de diciembre de 2017
- Entidad
- Nivel Nacional
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 2118 DE 2017 (Diciembre 15) _Por el cual se reducen unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2017_ EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral[20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#189.20)del artículo 189 de la Constitución Política y por los artículos[76](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5306#76)y[77](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5306#77)del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [352](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#352) de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que el Congreso de la República expidió la Ley [1815](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70515) del 7 de diciembre de 2016 “Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2017”;
Que de conformidad con los artículos [76](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5306#76) y [77](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5306#77) del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otras razones, cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos;
Que el comportamiento observado de los recaudos al mes de octubre y su impacto en el resultado fiscal de la actual vigencia, hace necesario que se efectúe un recorte en el Presupuesto General de la Nación para garantizar el cumplimiento de las metas de déficit establecidas por la Regla Fiscal;
Que en virtud de la autorización conferida por el Consejo de Ministros en su sesión del día 12 de diciembre de 2017, se puede efectuar una reducción a algunas apropiaciones presupuestales de los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación hasta por la suma de $4 billones;
DECRETA:
Artículo 1°.
Redúzcase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2017 en la suma de cuatro billones de pesos moneda legal ($4,000.000.000.000), según el siguiente detalle:
Artículo 3°.
El presente decreto no surte efectos fiscales para aquellas apropiaciones presupuestales indicadas en el artículo 2°, que respalden compromisos adquiridos con cargo al presupuesto de la vigencia actual debidamente perfeccionados.
Artículo 4°.
Las Secciones a las cuales se les reduce un monto global del Presupuesto de Gastos, deberán determinar las partidas específicas afectadas con tal medida y comunicarlas dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación del presente decreto al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional.
Artículo 5°.
_Vigencia y derogatoria._ El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2017 JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, **MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA
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