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Acuerdo 007 de 2017

Acuerdo 007 de 2017 Empresa Metro de Bogotá S.A.

Tipo
Acuerdo
Número
007
Año
2017
Fecha
26 de octubre de 2017
Entidad
Empresa Metro de Bogotá S.A
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 007 DE 2017

##

( Octubre 26)

_Por medio del cual se modifican parcialmente los Acuerdos No.[03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68655) de 2016, y[03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70446),[04](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70444)y[05](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71072)de 2017_ __

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A.

En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las conferidas en el artículo 44

CONSIDERANDO:

Que el numeral 12 del artículo 44 de los estatutos de la Empresa, precisa que es una función de la Junta Directiva:_“Aprobar la estructura interna del organismo, su planta de personal, escala, factores y criterios salariales, el Manual de Funciones, la clasificación de los empleos y, las modificaciones a éstos de acuerdo con los estatutos y las disposiciones legales vigentes”._ Que mediante Acuerdo No. [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68655) de 2016, la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A., estableció la Escala Salarial para los Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales, así como la Planta de Cargos de la empresa Metro de Bogotá S.A., y se dictan otras disposiciones.

Que mediante Acuerdo No. [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70446) de 2017, la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A., modificó parcialmente el Acuerdo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68655) de 2016.

Que mediante Acuerdos No. [04](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70444) y [05](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71072) de 2017, la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A., autorizó el incremento salarial de los Servidores Públicos, para la vigencia 2017.

Que el artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127#18) del Decreto Nacional 785 de 2005, establece la nomenclatura de empleos aplicable a las entidades territoriales.

Que en desarrollo de los acuerdos iniciales para la cofinanciación del proyecto Primera Línea del Metro de Bogotá, y del principio constitucional de colaboración armónica, se acordó en el documento CONPES 3882 de 2017, que la Nación apoyaría al Distrito Capital, a través del Departamento Nacional de Planeación - DNP, en la definición del componente institucional del ente gestor del citado proyecto.

Que dicha colaboración se concretó en una consultoría impulsada por el Departamento Nacional de Planeación - DNP, con el asesoramiento del Banco Interamericano de Desarrollo - BID y financiada con recursos de cooperación técnica gestionados por este organismo multilateral, la cual fue contratada con la firma Deloitte & Touche, con el objeto de _“Desarrollar de manera integral la estructura institucional de la Empresa Metro de Bogotá S.A., incluyendo las capacidades técnicas, legales, administrativas, presupuestales y financieras requeridas para el adecuado desarrollo del proyecto PLM, de acuerdo con los términos de referencia emitidos por el BID”._ Que el modelo de Estructura Organizacional propuesto, integra la evaluación de las necesidades operativas, técnicas y regulatorias, para el adecuado cumplimiento de las funciones y obligaciones de la Empresa Metro de Bogotá S.A., ante los organismos de administración y control.

Que la modificación de la estructura y funciones de las dependencias que se integran a la nueva propuesta, exige el ajuste de la planta de cargos vigente, para atender de manera adecuada, organizada y oportuna, la carga operativa derivada de la contratación de las obras de infraestructura, materia ferroviario y rodante del proyecto Primera Línea del Metro de Bogotá, así como la atención de las demandas de información de la ciudadanía y, los órganos de administración y control, no contemplada en la estructura y planta actual de la empresa Metro de Bogotá S.A.

Que mediante Acuerdo No. 06 de 2017, la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá modificó la Estructura Organizacional de la Empresa Metro de Bogotá S.A.

Que la modificación de la Planta de Cargos de la Empresa, cuenta con el concepto previo y favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil, mediante comunicación 2017EE1952 de Octubre 24 de 2017 y viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante comunicación 2017EE204921 de octubre 26 de 2017, respectivamente.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º.

Modificar la Escala Salarial de los Grados 01 y 02 del Nivel Directivo, para los Empleados Públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., (pesos corrientes de 2017), establecida en el artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70446#1) del Acuerdo 03 de 2017, así: | NIVEL JERARQUICO | DIRECTIVO | ASESOR | PROFESIONAL | ASISTENCIAL ---|---|---|---|--- GRADO SALARIAL** 01 | 8.000.000 | 6.717.234 | 6.429.000 | 1.342.590 02 | 8.300.000 | 7.464.069 | 6.717.234 | 1.579.391 03 | 10.889.655 | 8.293.410 | | 1.857.981 04 | 11.111.455 | 9.214.900 | | 2.185.860 05 | | | | 2.564.900

Artículo 2º.

Modificar la Escala Salarial, para los Trabajadores Oficiales de la Empresa Metro de Bogotá S.A., (pesos corrientes de 2017), establecida en el artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68655#3) del Acuerdo 03 de 2016, adicionando el Grado 06 de Profesional, así:

NIVEL JERARQUICO | PROFESIONAL | ASISTENCIAL ---|---|--- GRADO SALARIAL 01 | 3.966.693 | 1.342.590 02 | 4.407.080 | 1.579.391 03 | 4.896.755 | 1.857.981 04 | 5.441.077 | 2.185.860 05 | 6.045.403 | 2.402.710 06 | 7.500.000 |

Artículo 3º.

Modificar la Planta de Cargos de Empleados Públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., establecida en el artículo [2º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68655#2) del Acuerdo N°. 3 de 2016, modificado por el artículo [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70446#2) del Acuerdo N°. 3 de 2017, así:

1) Suprimir los siguientes cargos:

N°. de Cargos | Denominación | Código | Grado ---|---|---|--- 4 | Asesor | 105 | 04 2 | Asesor | 105 | 03 2 | Asesor | 105 | 01 1 | Gerente | 039 | 02 1 | Gerente | 039 | 01 1 | Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones | 115 | 02 11 | Total Cargos Suprimidos |

2) Crear los siguientes cargos:

N°. de Cargos | Denominación | Código | Grado ---|---|---|--- 4 | Gerente | 039 | 03 6 | Subgerente | 090 | 02 1 | Jefe Oficina Asesora de Planeación | 115 | 04 1 | Jefe de Oficina | 006 | 01 12 | Total Cargos Creados | La Planta de Cargos de Empleados Públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., quedará así:

PLANTA DE PERSONAL EMPLEADOS PÚBLICOS EMPRESA METRO DE BOGOTÁ --- GERENCIA GENERAL NÚMERO DE CARGOS | DENOMINACIÓN | CÓDIGO | | GRADO 1 (Uno) | GERENTE GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA | 050 | | 04 1 (Uno) | ASESOR | 105 | | 04 1 (Uno) | ASESOR | 105 | | 01 1 (Uno) | SECRETARIO EJECUTIVO | 425 | | 05 1 (Uno) | CONDUCTOR | 480 | | 03 5 (Cinco) | SUBTOTAL GERENCIA GENERAL | | | PLANTA GLOBAL EMPLEADOS PUBLICOS NIVEL DIRECTIVO 7 (Siete) | GERENTE | 039 | | 03 6 (Seis) | SUBGERENTE | 090 | | 02 1 (Uno) | JEFE DE OFICINA | 006 | | 01 NIVEL ASESOR 1 (Uno) | JEFE OFICINA ASESORA DE JURÍDICA | 115 | | 04 1 (Uno) | JEFE OFICINA ASESORA DE PLANEACION | 115 | | 04 NIVEL PROFESIONAL 1 (Uno) | TESORERO GENERAL | 201 | | 02 17 (Diecisiete) | SUBTOTAL PLANTA GLOBAL | | | Veintidós (22) | TOTAL EMPLEOS PÚBLICOS

Artículo 4°.

Modificar el artículo [4°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68655#4) del Acuerdo 03 de 2016, para crear los siguientes cargos en la Planta de Trabajadores Oficiales, así:

N°. DE CARGOS | DENOMINACIÓN | GRADO

---|---|--- 8 (Ocho) | PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 06 3 (Tres) | PROFESIONAL | 05 11 (Once) | PROFESIONAL | 04 5 (Cinco) | PROFESIONAL | 03 17 (diecisiete) | PROFESIONAL | 02 1 (Uno) | SECRETARIO | 04 1 (Uno) | CONDUCTOR | 02 1 (Uno) | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 01 47 (Cuarenta y siete) | TOTAL CARGOS CREADOS

La Planta de Cargos de Trabajadores Oficiales, de la Empresa Metro de Bogotá S.A., quedará así:

PLANTA DE CARGOS TRABAJADORES OFICIALES --- N°. DE CARGOS | DENOMINACIÓN | GRADO 8 (Ocho) | PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 06 10 (Diez) | PROFESIONAL | 05 18 (Dieciocho) | PROFESIONAL | 04 6 (Seis) | PROFESIONAL | 03 23 (Veintitrés) | PROFESIONAL | 02 Tres (3) | SECRETARIO | 04 Uno (1) | CONDUCTOR | 02 Dos (2) | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 01 71 (Setenta y uno) | TOTAL PLANTA TRABAJADORES OFICIALES

Artículo 5°.

[Corregido por el art. 1, Acuerdo 008 de 2017.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73995#1) Modificar la escala de Prima Técnica para los Trabajadores Oficiales de la empresa Metro de Bogotá S.A., incluida en el Artículo [7°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68655#7), del Acuerdo 3 de 2016, para adicionar el porcentaje del 40% al Grado Salarial 06 del Nivel Profesional.

La escala de Prima Técnica de los Trabajadores Oficiales de la empresa Metro de Bogotá S.A., quedará así:

NIVEL JERARQUICO | DIRECTIVO | ASESOR | PROFESIONAL ---|---|---|--- GRADO SALARIAL 01 | 40% | 10% | 10% 02 | 50% | 20% | 20% 03 | 50% | 30% | 30% 04 | 50% | 40% | 40% 05 | n.a. | n.a. | 40% 06 | n.a. | n.a. | 40%

Artículo 6º.

Distribución de la Planta: Facúltese al Gerente General de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para distribuir la planta de cargos de la entidad según las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.

Artículo 7º.

Manual de Funciones: Deléguese al Gerente General de la Empresa Metro de Bogotá S.A., la facultad de expedir, aprobar y modificar el Manual Especifico de Funciones y Requisitos de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá

Artículo 8º.

Vigencia: El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente de su publicación y modifica en lo pertinente el Acuerdo [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68655) de 2016 y el Acuerdo [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70446) de 2017.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017).

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN

Presidente

LUISA FERNANDA MORA MORA

Secretaria Junta Directiva

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