Decreto 1516 de 2017
Decreto 1516 de 2017 Nivel Nacional
- Tipo
- Decreto
- Número
- 1516
- Año
- 2017
- Fecha
- 15 de septiembre de 2017
- Entidad
- Nivel Nacional
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 1516 DE 2017
(Septiembre 15)
_Por medio del cual se corrigen unos yerros en el Decreto[1103](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71467#1103)de 2017 "Por el cual se realiza el cierre presupuestal de la vigencia 2015-2016 y se adelantan los ajustes al Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio 2017-2018."_
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial, las que le confieren los artículos[45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#45)de la Ley 1437 de 2011 y[23](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70117#23)del Decreto 2190 de 2016 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#45) de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece que: _"En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. (...)"_ _Que el artículo[23](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70117#23) del Decreto 2190 de 2016, dispone que: "El Gobierno nacional mediante Decreto podrá adelantar las correcciones necesarias para enmendar los errores de transcripción, aritméticos o de cálculo en la distribución del Presupuesto del Sistema General de Regalías, " _ Que mediante el Decreto [1103](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71467#1103) del 27 de junio de 2017 se realizó el cierre presupuestal de la vigencia 2015-2016 y se adelantan los ajustes al Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio 2017-2018.
Que se detectó un yerro de transcripción en el Artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71467#10) del Decreto 1103 de 2017, en donde los valores de la columna _"AJUSTE EXCESO DE AHORRO EN EL FAE 2015-2016"_ no corresponden con los valores asignados en el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71467#5) en la columna _"AJUSTE"_, para los Fondos de Desarrollo y Compensación Regional.
Que se detectó un yerro de cálculo en el Artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71467#10) del Decreto 1103 de 2017, donde la columna _"APROPIACIÓN AJUSTADA 2017-2018"_ debe ser corregida como consecuencia de la modificación en la columna _"AJUSTE EXCESO DE AHORRO EN EL FAE 2015-2016"_, para los Fondos de Desarrollo y Compensación Regional.
Que se detectó un yerro de transcripción en el Artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71467#11) del Decreto 1103 de 2017, en donde los valores de la columna _"AJUSTE EXCESO DE AHORRO EN EL FAE 2015-2016"_ no corresponden con los valores asignados en el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71467#5) en la columna _"AJUSTE",_ para las Asignaciones Directas y Compensaciones.
Que se detectó un yerro de cálculo en el Artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71467#11) del Decreto 1103 de 2017, donde la columna _"APROPIACIÓN AJUSTADA 2017-2018"_ debe ser corregida como consecuencia de la modificación en la columna _"AJUSTE EXCESO DE AHORRO EN EL FAE 2015-2016"._ En mérito de lo expuesto
DECRETA:
Artículo 1°. Corríjase el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71467#10) del Decreto 1103 de 2017, el cual quedará así: _"Artículo 10. Presupuesto ajustado de las asignaciones a los Fondos y Beneficiarios del Sistema General de Regalías para el bienio 2017 -2018. De conformidad con el monto total de gasto del Sistema General de Regalías definido en el artículo 8° del presente Decreto, el presupuesto ajustado de gastos de los Fondos y Beneficiarios del Sistema General de Regalías durante el bienio del 10 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2018, asciende a la suma de DIECISÉIS BILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS MONEDA LEGAL ($16.470.233.513.598), de acuerdo con el siguiente detalle:_ __ _Parágrafo_ _1°. El anexo 4° del presente Decreto, desagrega los montos globales por cada una de las entidades beneficiarias del 10% Y 30% del Fondo de Compensación Regional; y del Ahorro Pensional Territorial a los que se refiere el presente artículo." _ Artículo 2°. Corríjase el artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71467#11) del Decreto 1103 de 2017, el cual quedará así: _"Artículo 11. Presupuesto ajustado de las Entidades Receptoras Directas de Regalías y Compensaciones del Sistema General de Regalías 2017-2018. De conformidad con el monto del Sistema General de Regalías definido en el artículo 80 del presente Decreto, el presupuesto ajustado de gastos a las entidades receptoras directas de regalías y compensaciones del Sistema General de Regalías durante el bienio del 1o de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2018, asciende a la suma de DOS BILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS MONEDA LEGAL ($2.935.843.864.675), de acuerdo con el siguiente detalle:_
__ _Parágrafo. El anexo 5° del presente Decreto, desagrega los montos globales por cada una de las entidades beneficiarias de regalías directas y compensaciones a los que se refiere el presente artículo." _
Artículo 3°.
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y corrige en lo pertinente los artículos [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71467#10) y [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71467#11) del Decreto 1103 del 27 de junio de 2017. PUBLíQUESE y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de septiembre del año 2017
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA
EL MINISTRO DE MINAS Y ENERGíA
GERMÀN ARCE ZAPATA
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
LUIS FERNANDO MEJIA ALZATE
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