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Decreto 437 de 2017

Decreto 437 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
437
Año
2017
Fecha
18 de agosto de 2017
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 437 DE 2017 **(Agosto 18)

_Por medio de la cual se designa el delegado del Alcalde Mayor de Bogotá, la asamblea General, las Asambleas Extraordinarias y el Consejo Directivo de Corporación Promotora de las Comunidades Municipales de Colombia PROCOMUN_ __ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 40 del Decreto—Ley 1421 de 1993 y;**

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nacional 620 de 1987 se autorizó a las entidades públicas del orden nacional, departamental, intendencial, comisarial y municipal para que conjuntamente con personas privadas participen en la creación de la Corporación Promotora de las Comunidades Municipales de Colombia, PROCOMUN.

Que la referida Corporación es una entidad sin ánimo de lucro, con participación de entidades públicas, cuya finalidad es contribuir al fortalecimiento de la capacidad institucional local y de la participación ciudadana.

Que el artículo 10 de los Estatutos de la Corporación Promotora de las Comunidades Municipales de Colombia-PROCOMÚN, establece tres clases de miembros de la misma, a saber: Fundadores, Honorarios y Colaboradores.

Que el artículo 11 ídem prevé que son derechos de los miembros fundadores: asistir con voz y voto a las asambleas generales y extraordinarias, así como elegir y ser elegidos en los órganos directivos de la Corporación y conocer el desarrollo de las actividades de la Corporación y en particular, vigilar las inversiones de sus fondos.

Que de conformidad con el artículo 10 de los Estatutos, el Alcalde Mayor de Bogotá es miembro fundador de la Corporación PROCOMUN y hace parte del Consejo Directivo de la misma, según lo establece el literal c) del artículo 18 ídem.

Que el Alcalde Mayor es el representante legal del Distrito Capital de Bogotá, según lo previsto en el artículo [53](http://www.bogotajuridica.gov.co/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=1507#53) del Decreto Ley [1421](http://www.bogotajuridica.gov.co/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=1507) de 1993.

Que el artículo [40](http://www.bogotajuridica.gov.co/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=1507#40) del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que el Alcalde Mayor podrá delegar las funciones que le asignen la Ley y los Acuerdos en los secretarios, jefes de departamento administrativo, gerentes o directores de entidades descentralizadas, en los funcionarios de la administración tributaria, y en las juntas administradoras y los alcaldes locales.

Que por lo anterior se precisa designar el delegado/a del Alcalde Mayor en la Asamblea General, las Asambleas Extraordinarias y el Consejo Directivo de la Corporación Promotora de las Comunidades Municipales de Colombia PROCOMUN. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.- Delegar la participación del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., en la Asamblea General, las Asambleas Extraordinarias y el Consejo Directivo de la Corporación Promotora de las Comunidades Municipales de Colombia PROCOMUN, en el Subsecretario Técnico de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C. Artículo 2.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de agosto del año 2017. ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor**

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