Acuerdo 003 de 2017
Acuerdo 003 de 2017 Empresa Metro de Bogotá S.A.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 003
- Año
- 2017
- Fecha
- 9 de febrero de 2017
- Entidad
- Empresa Metro de Bogotá S.A
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 003 DE 2017
( Febrero 09)
**_Por medio del cual se modifica el Acuerdo No. 3 de 2016_
__
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A.
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las conferidas en el artículo 44, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 44 de los estatutos de la Empresa, precisa que es una función de la Junta Directiva: _“Aprobar la estructura interna del organismo, su planta de personal, escala, factores y criterios salariales, el Manual de Funciones, la clasificación de los empleos y, las modificaciones a éstos de acuerdo con los estatutos y las disposiciones legales vigentes.”_ __ Que mediante Acuerdo No. [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68655) de 2016, la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A., estableció la Escala Salarial para los Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales, así como la Planta de Cargos de la empresa Metro de Bogotá S.A., y se dictan otras disposiciones.
Que el artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127#18) del Decreto Nacional 785 de 2005, establece la nomenclatura de empleos aplicable a las entidades territoriales, indicando que el Tesorero General corresponde a un nivel profesional. Que, para efectos de la reglamentación de la Prima Técnica por parte del Gerente General de la Empresa Metro de Bogotá S.A., es necesario modificar el Parágrafo del Artículo 7 del Acuerdo 3 de la Junta Directiva, para extender la facultad de reglamentación de la prima técnica a los Trabajadores Oficiales.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1º.
[Modificado por el art. 1, Acuerdo 007 de 2017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=72619#1). Modificar el Artículo 1º. Del Acuerdo 03 de 2016, el cual quedará así: | NIVEL JERARQUICO | DIRECTIVO | ASESOR | PROFESIONAL | ASISTENCIAL ---|---|---|---|--- GRADO SALARIAL** 01 | 9.000.000 | 6.269.000 | 6.000.000 | 1.253.000 02 | 9.960.000 | 6.966.000 | 6.269.000 | 1.474.000 03 | 10.163.000 | 7.740.000 | | 1.734.000 04 | 10.370.000 | 8.600.000 | | 2.040.000 05 | | | | 2.400.000
Artículo 2º.
Modificar la Planta de Cargos de Empleados Públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., establecida en el artículo 2º del Acuerdo 03 de 2016, así:
1. Suprimir un (1) cargo de Asesor Código 105 Grado 01
2. Crear un (1) cargo de Tesorero General Código 201 Grado 02
La Planta de Cargos de los Empleados Públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., quedará así:
PLANTA DE CARGOS EMPLEADOS PÚBLICOS EMPRESA METRO DE BOGOTÁ --- GERENCIA GENERAL NÚMERO DE CARGOS | DENOMINACIÓN | CÓDIGO | GRADO 1 (Uno) | GERENTE GENERAL DE ENTIDAD DESCENTRALIZADA | 050 | 04 5 (Cinco) | ASESOR | 105 | 04 2 (Dos) | ASESOR | 105 | 03 3 (Tres) | ASESOR | 105 | 01 1 (Uno) | SECRETARIO EJECUTIVO | 425 | 05 1 (Uno) | CONDUCTOR | 480 | 03 TRECE (13) | SUBTOTAL GERENCIA GENERAL | | PLANTA GLOBAL 3 (Tres) | GERENTE | 039 | 03 1 (Uno) | GERENTE | 039 | 02 1 (Uno) | GERENTE | 039 | 01 1 (Uno) | JEFE DE OFICINA ASESORA DE JURÍDICA | 115 | 04 1 (Uno) | JEFE DE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES Y RELACIONES PÚBLICAS | 115 | 02 1 (Uno) | TESORERO GENERAL | 201 | 02 8 ( Ocho) | SUBTOTAL PLANTA GLOBAL | |
VEINTIUNO (21) | TOTAL EMPLEOS PÚBLICOS
Artículo 3°.
Modificar el Parágrafo del artículo 7º del Acuerdo 03 de 2016, para aclarar las facultades de reglamentación de la Prima Técnica Otorgadas al Gerente General de la Empresa Metro de Bogotá S.A., el cual quedará así:
_“Artículo 7ª. PRIMA TÉCNICA._
__
_(…)_
Parágrafo. El Gerente General de la empresa Metro de Bogotá S.A., a través de Acto Administrativo reglamentará este reconocimiento, a los empleados públicos y Trabajadores Oficiales, cuyos cargos pertenezcan a los niveles directivo, asesor y profesional, de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.”
Artículo 3º.
Vigencia: El presente Acuerdo
rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70791) y modifica en lo pertinente el Acuerdo 003 de 2016.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 9 días del mes de Febrero de 2017
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN
Presidente
SANDRA MARÍA SAAVEDRA MOGOLLÓN
Secretaria Junta Directiva
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