Decreto 341 de 2017
Decreto 341 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 341
- Año
- 2017
- Fecha
- 30 de junio de 2017
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 341 DE 2017 [Derogado por el art. 7, Decreto Distrital 056 de 2018](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73661#7)
( Junio 30)
_Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto Distrital[130](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68636)_ _de 2017_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 322 de la Constitución Política, los numerales 1, 3 y 4 del artículo 38 del Decreto 1421 de 1993, el artículo 3 de la Ley 105 de 1993; el artículo 30 de la Ley 336 de 1996; el artículo 10 del Decretos Distritales 831 de 1999, el artículo 22 del 309 de 2009; la Resolución 0012333 de 2012 y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo [30](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=346#30) de la Ley 336 de 1996, "Por la cual se adopta el estatuto nacional de transporte "las autoridades competentes, según el caso, elaborarán los estudios de costos que servirán de base para el establecimiento de las tarifas...
Que el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36852#21) del Decreto Distrital 309 de 2009 "Por el cual se adopta el Sistema Integrado de Transporte Público para Bogotá, D.C., y se dictan otras disposiciones adopta los siguientes principios básicos para la definición de la tarifa, "costeabilidad, equilibrio, sostenibilidad e integración".
Que el artículo [22](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36852#22) ibídem establece sobre la “Fijación y Actualización de la Tarifa al Usuario” que “ _El Alcalde Mayor fijará mediante Decreto Distrital la tarifa al usuario y sus actualizaciones, con fundamento en la evaluación previa que adelante la Secretaría Distrital de Movilidad del estudio técnico y financiero presentado por el Ente Gestor, la cual se fundamentará en los principios y estructura del diseño contractual, financiero y tarifario adoptado para el SITP (...) Las condiciones de fijación de la tarifa y los supuestos de actualización estarán sujetas exclusivamente a los principios y estructura del sistema tarifario...”_ Que, en cumplimiento de la normatividad citada, fue expedido el Decreto Distrital [130](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68636) de 2017 “Por medio del cual se fija la tarifa del servicio del Sistema Integrado de Transporte Público – SITP en sus componentes Zonal y Troncal, y se dictan otras disposiciones”.
Que entre otras fijó en su artículo 4° en TRESCIENTOS PESOS M/CTE ($300) la tarifa aplicable al transbordo para las tarjetas cuyos titulares no se encuentren en la base del SITP.
Que el Parágrafo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68636#4.p.1) del artículo 4° estableció: “ _Parágrafo 1°.__La tarifa a que hace referencia este artículo, regirá hasta el 30 de junio de 2017. Con posterioridad a esta fecha, el usuario que no se encuentre identificado en la base de datos del SITP, asociado al número serial de la respectiva tarjeta, deberá pagar la tarifa máxima por cada validación, sin que aplique el pago por transbordo”._ Que la Administración Distrital pretende amparar a la mayor cantidad de usuarios posible con los beneficios de tarifas de transbordo implementados en el Decreto Distrital [130](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68636) de 2017, con lo cual se ampliará el plazo establecido inicialmente. Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
A
rtículo 1°.** \- Modificar el parágrafo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68636#4.p.1) del artículo 4 del Decreto Distrital 130 de 2017, el cual quedará así:
Parágrafo 1°. La tarifa a que hace referencia este artículo, regirá hasta el 30 de noviembre de 2017. Con posterioridad a esta fecha, el usuario que no se encuentre identificado en la base de datos del SITP, asociado al número serial de la respectiva tarjeta, deberá pagar la tarifa máxima del componente al que acceda por cada validación, sin que aplique el pago por transbordo. A rtículo 2°. \- Ordenar a TRANSMILENIO S.A. realizar todas las actividades necesarias para garantizar el cumplimiento del plazo establecido en el presente Decreto. A rtículo 3°. \- Las demás disposiciones del Decreto Distrital [130](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68636) de 2017 continúan vigentes. A rtículo 4°. \- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70592) en el Registro Distrital y modifica en lo pertinente el Decreto Distrital [130](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68636) de 2017. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de junio del año 2017.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN
Secretario Distrital de Movilidad
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto 289 de 2001
DECRETO 289 DE 2001 (10 abril) Por el cual se designan miembros de la Junta Directiva del Centro Distrital de sistematización y Servicios Técnicos ¿ SISE EL AL…
-
Decreto 367 de 2001
Por el cual se modifica la estructura organizacional y las funciones para algunas dependencias, en la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C…
-
Decreto 590 de 1998
DECRETO 590 DE 1998 (Julio l) Derogado por el art. 216, Decreto Único Sectorial 644 de 2025. Por el cual se deroga el Decreto No…
-
Decreto 831 de 1998
DECRETO 831 DE 1998 (octubre l) por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa Fe de Bogotá, D.C.. ubicados en las Localidad…
-
Decreto 3079 de 1997
El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional. Un alcalde representante de la Federación Colombiana de Municipios. El Presidente del Conse…