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Acuerdo 675 de 2017

Acuerdo 675 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
675
Año
2017
Fecha
8 de junio de 2017
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN No ACUERDO 675 DE 2017 **(JUNIO 08)

_Por el cual se modifica el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones del Distrito Capital 2017, con el fin de asignarle presupuesto al Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal - IDPYBA, para la vigencia fiscal 2017_ __EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En uso de sus facultades Constitucionales y Legales,y en especial las que le confiere el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 66 del capítulo VI del Decreto 714 de 1996, y,[Ver Proyecto de Acuerdo 237 de 2017 Concejo de Bogotá D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69543)CONSIDERANDO:** Que el Acuerdo Distrital [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) de 2006 “ _por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital y se expiden otras disposiciones_ ”, reguló en su artículo 15 la autorización para la creación de organismos descentralizados, dentro de los cuales se encuentran los establecimientos públicos.Que mediante el Decreto Distrital [242](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62072) de 2015 se adoptó la Política Pública de Protección y Bienestar Animal 2014-2038, como instrumento de planeación que orienta el desarrollo de las acciones a implementar en el Distrito Capital en procura de otorgar a los animales escenarios de vida óptimos de acuerdo con sus necesidades y requerimientos.Que el Concejo de Bogotá, profirió el Acuerdo Distrital [645](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66271) de 2016, mediante el que se adoptó el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá, D.C., 2016 – 2020, “ _Bogotá Mejor para Todos_ ”, el cual constituye el referente de las acciones y políticas de la Administración Distrital. Así, en el Eje Transversal 3: "Sostenibilidad Ambiental Basada en la Eficiencia Energética”, artículo 113, estableció:_“Revistase de facultades extraordinarias al Alcalde Mayor de Bogotá D.C., por el término de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, para crear el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal como un establecimiento público adscrito al sector ambiente, con autonomía administrativa, financiera, y presupuestal”._ Que mediante Decreto [546](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67660) del 7 de diciembre de 2016 el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. creó el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA.Que para que el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA pueda cumplir con su misionalidad a través de las funciones otorgadas en el Artículo 5 del Decreto 546 de 2016, requiere asignación presupuestal.Que el Concejo de Bogotá D.C. expidió el Acuerdo [657](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67722) de 2016 “ _Mediante el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gasto e Inversiones de Bogotá Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictan otras disposiciones_ ”.Que el Presupuesto Anual aprobado por el Concejo de Bogotá D.C. para la vigencia 2017, mediante el Acuerdo [657](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67722) de 2016 y liquidado mediante Decreto [627](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67780) de 2016, incluyó en el presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda – Unidad Ejecutora 02, en el rubro 3-3-2-02-99-05 Otras Inversión recursos para el IDPYBA por valor de $20.000 millones de pesos, razón por la cual el valor total del Presupuesto Anual para la vigencia 2017 no se modifica y el Marco Fiscal de Mediano plazo no se ve afectado.Que el artículo [66](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#66) del Decreto 714 de 1996 establece que “ _El Gobierno Distrital presentará al Concejo Distrital, Proyectos de Acuerdo sobre traslados y créditos adicionales al presupuesto, cuando sea indispensable aumentar la cuantía de las apropiaciones autorizadas inicialmente o no comprendidas en el presupuesto por concepto de gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública e inversión_.”Que en mérito de lo expuesto

ACUERDA:

Artículo 1.

Modifícase el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá D.C. Unidad Ejecutora 02 para la vigencia fiscal 2017, disminuyéndolo en la suma de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS M/L ($20.000.000.000), de acuerdo con el siguiente detalle:

| 111 | SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA Unidad Ejecutora 02 ---|--- | | Recursos Distrito | Transferencias Nación | Total 3-1 | Gastos de Funcionamiento | 0 | 0 | 0 3-2 | Servicio de la Deuda | 0 | 0 | 0 3-3 | Inversión | 20.000.000.000 | 0 | 20.000.000.000 | Total Gastos e Inversiones | 20.000.000.000 | 0 | 20.000.000.000

Artículo 2.

Asignar Presupuesto de Gastos e Inversiones al Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal – IDPYBA, para la vigencia 2017, en la suma de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS M/L ($20.000.000.000), de acuerdo con el siguiente detalle:

226 | 229-INSTITUTO DISTRITAL DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL – IDPYBA ---|--- | | Recursos Administrados | Aportes Distrito | Total 3-1 | Gastos de Funcionamiento | 0 | 4.907.679.467 | 4.907.679.467 3-2 | Servicio de la Deuda | 0 | 0 | 0 3-3 | Inversión | 0 | 15.092.320.533 | 15.092.320.533 | Total Gastos e Inversiones | 0 | 20.000.000.000 | 20.000.000.000

Artículo 3.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70803).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

HORACIO JOSÉ SERPA MONCADA

Presidente

LUIS ALBERTO DONOSO RINCÓN

Secretario General de Organismo de Control

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

**Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

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