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Decreto 190 de 2017

Decreto 190 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
190
Año
2017
Fecha
7 de abril de 2017
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 190 DE 2017 ( Abril 07) _Por medio del cual se hacen unos nombramientos en empleos de carácter transitorio de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte ESE_

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo[20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66662#20) de la Ley [1797](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66662) de 2016 y el Decreto Nacional [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo Distrital [641](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65686) del 6 de abril de 2016, el Concejo de Bogotá, D.C. efectuó la reorganización del "Sector Salud de Bogotá, Distrito Capital" y ordenó la fusión de las Empresas Sociales del Estado adscritas a la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá.

Que el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65686#3) del citado Acuerdo, estableció un período de transición de un año contado a partir de su expedición y mediante Decreto Distrital [171](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65779) de 2016 se efectuó la designación de los Gerentes de transición. Que, con ocasión al período de transición, las plantas de personal de las Unidades de Prestación de Servicios que conforman la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. fueron unificadas mediante Acuerdo No. 002 del 25 de abril de 2016.

Que el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43292#8) de la Ley 1474 de 2011, modificatorio del artículo l l de la Ley 87 de 1993, facultó a la máxima autoridad de las entidades de la rama ejecutiva del orden territorial para designar al jefe de la Unidad de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, por un período fijo de cuatro años, en la mitad del respectivo período del alcalde o gobernador, por lo tanto el período fijo de los actuales Jefes de oficina o Asesor de Oficina de control interno, o Gestión Pública y Autocontrol inició el 1 de enero de 2014 y finaliza el 31 de diciembre de 2017.

Que a través del Acuerdo No. 8 del 5 de abril de 2017 de la Junta Directiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E., se suprimieron unos cargos y se crearon con carácter transitorio empleos de Jefes de Oficina o Asesor de Oficina de Control Interno, o Gestión Pública y Autocontrol, a efectos que finalicen el período fijo para el cual fueron nombrados. Que, de conformidad con lo anterior, es procedente efectuar el nombramiento de los servidores públicos que desempeñan los cargos en mención, a partir del 7 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2017. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Nombrar en los empleos transitorios de la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E., a partir del 7 de abril de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017, a: | NO. | NOMBRE | CEDULA DE CIUDADANÍA N °. | **CARGO ---|---|---|--- 1 | CASTIBLANCO BEDOYA ALBERTO | 19.495.770 | ASESOR - CODIGO 105- GRADO 01 2 | PERDOMO RAMIREZ MARIA NOHEMI | 65.743.290 | JEFE DE OFICINA - CODIGO 006GRADO 04 3 | MUÑOZ DURAN MARY LUZ | 52.883.628 | JEFE DE OFICINA - CODIGO 006GRADO 04 4 | CIFUENTES SEPULVEDA MARITZA DEL PILAR | 52.421.179 | ASESOR - CODIGO 105- GRADO 03 5 | PLAZAS PERALTA TERESA DE JESUS | 51.739.633 | ASESOR - CODIGO 105- GRADO 01

Artículo 2°.

-** Notificar a las personas señaladas en el artículo anterior, el contenido del presente Decreto a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 3°.

-** Comunicar a la Secretaría Distrital de Salud y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de esta última Secretaría.

Artículo 4°.

\- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 7 días del mes de abril de 2017

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor

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