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Directiva 003 de 2017

Directiva 003 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Directiva
Número
003
Año
2017
Fecha
4 de mayo de 2017
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DIRECTIVA 003 DE 2017 (Mayo 04)

PARA: SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, DIRECTORES Y GERENTES DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, DIRECTORES Y GERENTES DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, SUBREDES INTEGRADAS DE SERVICIOS DE SALUD PRESIDENTE DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, VEEDORA DISTRITAL, CONTRALOR DE BOGOTÁ Y PERSONERO DISTRITAL.

DE: ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

ASUNTO: BIENESTAR EN LAS ENTIDADES DISTRITALES - PERMISOS LABORALES REMUNERADOS PARA ASISTIR A REUNIONES ESCOLARES DE LOS HIJOS (AS) DE LOS SERVIDORES (AS) PÚBLICOS (AS).

RAD: 2-2017-9058 DE MAYO DE 2017 [Ver Concepto de vigencia 2202219816 de 2022, Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Política Jurídica.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=175741) De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo Distrital No. [645](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66271) de 2016, el objetivo del Plan Distrital de Desarrollo "BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS 2016-2020" es propiciar el desarrollo pleno del potencial de los habitantes de la ciudad, para alcanzar la felicidad de todos en su condición de individuos, miembros de familia y de la sociedad. En ese contexto, con el ánimo de continuar con la implementación de iniciativas que estén un paso adelante de lo que demandan nuestros servidores (as) públicos (as) y que sirvan al desarrollo integral para su felicidad y la de sus hijos (as), y convencidos que la educación es quizás el proceso más importante para construir la cultura deseada. se dispone el siguiente lineamiento en materia de permisos laborales: Niños, niñas y adolescentes felices, sin carencias a nivel educativo por falta de compromiso paterno o materno: Las Entidades Distritales podrán conceder hasta cuatro (4) horas de permiso laboral remunerado por trimestre, a los servidores (as) públicos (as) que lo requieran para asistir a reuniones de padres de familia convocadas por las instituciones académicas en donde estudian sus hijos (as), siempre que se presenten los soportes del caso. Cada entidad deberá realizar las gestiones pertinentes para reglamentar internamente las condiciones y requisitos para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente directiva sin que se afecte la oportuna y eficiente prestación del servicio público. _Estimamos que la directriz impartida contribuye a formar "Niños, niñas y adolescentes felices en el contexto educativo con un adecuado apoyo familiar"_ Cordialmente, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

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