Decreto 197 de 2017
Decreto 197 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 197
- Año
- 2017
- Fecha
- 10 de abril de 2017
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 197 DE 2017
(Abril 10)
_Por el cual se modifican los artículos 1 y 2 del Decreto Distrital 513 de 2016_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que el Juzgado Cuarenta y Cinco (45) Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, D.C., al resolver la Acción de Tutela con radicado 2016 - 134, el 3 de noviembre de 2016, dispuso:
_(…)__ __"PRIMERO: CONCEDER TRANSITORIAMENTE el amparo de los derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada y mínimo vital de Rita Nohemy Coy Castillo identificada con cédula de ciudadanía núm. 51.708.880 de Bogotá._ _ __SEGUNDO: ORDENAR Secretario (a) General de Movilidad, que dentro del plazo del término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación reintegre a Rita Nohemy Coy Castillo a un puesto igual o superior al que venía desempeñando cuando se dio por terminado su nombramiento._ _ __TERCERO: ENTERAR al Secretario (a) General de Movilidad, que el incumplimiento de la orden impartida por este Despacho, se sancionará como desacato, atendiendo lo consagrado en artículo 52 del Decreto 25191 de 1991. CUARTO: ADVERTIR a Rita Nohemy Coy Castillo, que cuenta con un término de 4 meses para acudir a la jurisdicción competente y ejercer las acciones pertinentes, con miras a definir su situación, en consideración a lo indicado en la motivación de esta sentencia, de lo contrario, los efectos de la presente providencia perderán eficacia.”_ _ __(…)_ __ Que para dar cumplimiento a la orden del Juez se expide el Decreto Distrital [513](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67544) de 2016 _"Por el cual se crea un empleo de carácter transitorio en la Secretaría Distrital de Movilidad"_ el empleo transitorio de Profesional Universitario Código 219 Grado 05 de la Subdirección Administrativa de la Secretaría Distrital de Movilidad, previo concepto de viabilidad técnica emitido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital DASCD - y certificación de viabilidad presupuestal emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda - SHD - con una vigencia de cuatro (4) meses a partir de la fecha de posesión, como se describe a continuación: | NOMBRE | NRO DE CÉDULA | DENOMINA CIÓN | CÓDIGO | GRADO | DEPEN DENCIA ---|---|---|---|---|--- RITA NOHEMY COY CASTILLO | 51.708.880 | Profesional Universitario | 219 | 05 | SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Que la señora RITA NOHEMY COY CASTILLO tomó posesión del empleo transitorio de Profesional Universitario Código 219 Grado 05 de la Subdirección Administrativa el primero (1) de diciembre de 2016, según acta de posesión de la misma fecha.
Que el fallo del Juzgado Cuarenta y Cinco (45) Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, D.C., al resolver la Acción de Tutela con radicado 2016 - 0134 fue confirmado en su totalidad por parte del Juzgado Once Penal del Circuito con Función de Conocimiento en fallo del 23 de noviembre de 2016 donde determinó: _(...) "Primero. CONFIRMAR la sentencia emitida por el Juzgado 45 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá, proferida el 3 de noviembre de 2016, por los motivos expresos en esta providencia " (...)_
Que el Juzgado Cuarenta y Cinco (45) Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, dentro del artículo 4 de la parte resolutiva del fallo de Acción de Tutela con radicado 2016 - 134 indicó a la señora COY CASTILLO como tutelante que: _(...) "ADVERTIR a Rita Nohemy Coy Castillo, que cuenta con un término de 4 meses para acudir a la jurisdicción competente y ejercer las acciones pertinentes, con miras a definir su situación, en consideración a lo indicado en la motivación de esta sentencia, de lo contrario, los efectos de la presente providencia perderán eficacia." (...)_
Que mediante oficio Rad No 2-2017-2859 de fecha 15 de marzo de 2017 proferido por la Secretaría Jurídica Distrital se informó a la Secretaría Distrital de Movilidad de la radicación de copia de solicitud de Conciliación Extrajudicial como requisito de procedibilidad para ejercer el medio de control de Nulidad y Restablecimiento del Derecho suscrita por el señor PEDRO PABLO OCAMPO FLOREZ en calidad de apoderado de la señora RITA NOHEMY COY CASTILLO, 10 cual hizo ante la Procuraduría General de la Nación (con radicado ante la Secretaria Distrital de Movilidad SDM 34003 de 2017 - 03 09).
Que el empleo de carácter transitorio correspondiente a Profesional Universitario Código 219 Grado 05 de la Subdirección Administrativa mantiene plena existencia dado que las condiciones de su creación misma (y establecidas en el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67544#4) del mismo Decreto Distrital 513 de 2016) no se encuentran configuradas, esto es, no se ha dado a la fecha (i) una decisión contraria derivada de la impugnación; (ii) la ocurrencia de la situación que dé lugar a su extinción; y (iii) el retiro de la servidora vinculada por cualquiera de las causales señaladas en la ley; razón por la que no es posible técnicamente considerar su supresión.
Que en uso de las facultades conferidas en el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#6) del Acuerdo Distrital 199 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD -, mediante los oficios No. 2017EE552 y 2017EE567 del 31 de marzo de 2017 emitió concepto técnico favorable para la modificación de la vigencia del empleo transitorio de Profesional Universitario Código 219 Grado 05 de la Subdirección Administrativa de la Secretaría Distrital de Movilidad creado mediante Decreto Distrital [513](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67544) de 2016 de acuerdo a la decisión del fallo de tutela 2016 - 134.
Que mediante oficio 2017EE65935 del 31 de marzo de 2017, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda - SHD - expidió la correspondiente certificación de viabilidad presupuestal.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
A rtículo 1°.- Modificar el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67544#1) del Decreto Distrital 513 de 2016, el cual quedara así __
_"Artículo 1°.- Crear un (1) empleo de carácter transitorio en la Secretaría Distrital de Movilidad, de acuerdo con el artículo segundo del Fallo de Tutela con radicado No. 2016 - 0134 del JUZGADO CUARENTA Y CINCO (45) PENAL MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS de la ciudad de Bogotá, D. C., de la siguiente manera:_
NOMBRE | NRO DE CÉDULA | DENOMINA CIÓN | CÓDIGO | GRADO | DEPENDENCIA ---|---|---|---|---|--- RITA NOHEMY COY CASTILLO | 51.708.880 | Profesional Universitario | 219 | 05 | SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA A rtículo 2°.- Modificar el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67544#2) del Decreto Distrital 513 de 2016, el cual quedara así __
_"Artículo 2°.- El empleo transitorio que se crea tendrá vigencia hasta que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo resuelva la acción judicial que la señora RITA NOHEMY COY CASTILLO interponga en contra de la Secretaría Distrital de Movilidad de conformidad con el numeral 4 del fallo emitido por el Juzgado Cuarenta y Cinco (45) Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, D. C, el 3 de noviembre de 2016 al resolver la Acción de Tutela con radicado 2016 - 0134, o se configuren las demás causales contenidas en el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67544#4) del Decreto Distrital 513 de 2016._
A rtículo 3°.- Las demás disposiciones del Decreto Distrital [513](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67544) de 2016 seguirán vigentes.
Artículo 4°.
-** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Artículo 5°.
-** Notifíquese personalmente el presente Decreto a la señora RITA NOHEMY COY CASTILLO de acuerdo a lo establecido en el artículo [67](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#67) de la Ley 1437 de 2011 en la Carrera 71 No. 62 B — 35 SUR Casa 22 de la ciudad de Bogotá, D.C., dirección registrada en el expediente laboral que reposa en el archivo de la Secretaría Distrital de Movilidad.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de abril del año 2017.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN
Secretario Distrital de Movilidad
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
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