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Decreto 112 de 2017

Decreto 112 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
112
Año
2017
Fecha
17 de marzo de 2017
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 112 DE 2017 (Marzo 17)

[Derogado por el art. 2, Decreto Distrital 114 de 2020.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92269#2) _Por medio del cual se determina la integración de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte_ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el Acuerdo No. 257 de 2006, y;**

CONSIDERANDO:

Que el artículo [56](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1507#56) del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con lo establecido en el Acuerdo [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) de 2006, determina que es competencia del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., designar libremente los miembros de las Juntas Directivas de las entidades descentralizadas del Distrito Capital. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1.** La Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, estará integrada de la siguiente manera: a. El Alcalde Mayor o su delegado que será el Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. b. El Director del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre “Coldeportes” o su delegado que será el Subdirector General de Coldeportes. c. El Secretario Distrital de Planeación o su delegado que será el Director del Taller del Espacio Público de la Secretaría Distrital de Planeación. d. El Gerente de Canal Capital. e. El Director Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda. f. El Subsecretario de Calidad y Pertinencia de la Secretaría de Educación del Distrito.

Parágrafo. El Director General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, asistirá a las sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto y actuará como Secretario de la misma el Secretario General de la Entidad. Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos [414](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63198) y [454](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=63660) de 2015. **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de marzo del año 2017. ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor

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