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Decreto 094 de 2017

Decreto 094 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
094
Año
2017
Fecha
8 de marzo de 2017
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, DECRETO 094 DE 2017

(Marzo 08) _Por medio del cual se crea un (1) empleo de carácter transitorio en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en cumplimiento de un fallo de tutela_ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.

Que mediante fallo de tutela emitido el 27 de enero de 2017 por el Juzgado Treinta y Tres (33) Penal Municipal con Función de Control de Garantías, el cual fue notificado a esta Entidad el día 1 de febrero de 2017, en el numeral segundo establece: _Primero: Tutelar los derechos fundamentales al trabajo, a la estabilidad laboral, a la seguridad social y al mínimo vital de que los cuales es titular la ciudadana Nury Ruíz Arias._ _Segundo: “Ordenar al Secretario de Despacho de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, que si no la hecho ya, en un término que no supere las cuarenta y ocho horas (48) contadas a partir de la notificación de esta providencia, proceda a reintegrar sin solución de continuidad a la señora Nury Ruíz Arias, prorrogando su contrato para un empleo igual a similar al que venía desempeñando, hasta que ella sea incluida en la nómina de pensionados de Colpensiones.”_ _Tercero: “Disponer, que si no la hecho ya, el Secretario de Despacho de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en un término que no supere las cuarenta y ocho horas (48) contadas a partir de la notificación de esta providencia, adopte las medidas administrativas necesarias, para que a la aquí accionante se_ _le cancelen los salarios y prestaciones sociales que se le adeuden por el tiempo en que no debió estar desvinculada, igualmente para que se consignen los aportes a seguridad en salud y pensión que estén pendientes desde su vinculación hasta su reincorporación”_ Que por lo anterior, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, debe crear un (1) empleo de carácter transitorio que será financiado con recursos de funcionamiento, de la siguiente manera: | EMPLEO DE CARÁCTER TRANSITORIO --- No. CARGOS | DENOMINACIÒN | CÓDIGO | GRADO Uno (1) | Profesional Especializado | 222 | 20 Que la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, mediante oficio con radicado 2017EE331 del 2 de febrero de 2017 solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, viabilidad técnica para la creación de un empleo de carácter transitorio con el fin de nombrar a la persona referida en un empleo cuya fecha de terminación se extienda hasta que sea incluida en la nómina de pensionados de Colpensiones.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable para la creación de un (1) empleo transitorio mediante oficio 2017EE244 del 13 de febrero de 2017.

Que de igual forma, conforme al procedimiento establecido, la Secretaría Distrital de Hacienda expidió la correspondiente certificación de viabilidad presupuestal para la creación de un (1) empleo de carácter transitorio mediante oficio No. 2017EE19051 del 20 de febrero de 2017.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.

- Crear un (1) empleo de carácter transitorio en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, hasta tanto la señora NURY RUIZ ARIAS, sea incluida en la nómina de pensionados.

EMPLEO DE CARÁCTER TRANSITORIO --- No. CARGOS | DENOMINACIÒN | CÓDIGO | GRADO Uno (1) | Profesional Especializado | 222 | 20 Artículo 2º- El empleo de carácter transitorio, creado con el presente Decreto, deberá cumplir las funciones que están descritas en el respectivo acto administrativo del manual de funciones y competencias laborales de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, además se sujetará a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C.

Artículo 3º \- Dado el carácter transitorio del cargo que se crea en el presente Decreto, de conformidad con el fallo de tutela, este, estará vigente hasta que se supere la causa que da origen a su creación, es decir, hasta que la señora Ruiz Arias sea incluida en la nómina de pensionados de Colpensiones, o sea desvinculada del servicio por alguna de las causales establecidas en la ley, momento en el cual el empleo transitorio será suprimido automáticamente.

Artículo 4º.

-** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70733).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 8 días del mes de marzo del año 2017.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor

JUAN MIGUEL DURAN PRIETO

Secretario Distrital de Desarrollo Económico

NIDIA ROCÍO VARGAS

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

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