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Acuerdo Laboral 1 de 2018

Acuerdo Laboral 1 de 2018 Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB

Tipo
Acuerdo Laboral
Número
1
Año
2018
Fecha
4 de diciembre de 2018
Entidad
Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA PE CULTURA. RECREACION Y DEPORTE O rqu esta F ila rm ó nica d e B o go tá ACUERDO COLECTIVO DE NEGOCIACIÓN DE PLIEGO DE SOLICITUDES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS PRESENTADO A LA ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ POR LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES Y TRABAJADORES DE LA ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ “ASPROFIBO”

La negociación del pliego de solicitudes presentado a la Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB por la Asociación de Profesores y Trabajadores de la Orquesta Filarmónica de Bogotá “ASPROFIBO”, atinentes a las condiciones de empleo y la regulación de las relaciones de esta naturaleza susceptibles de negociación y concertación de conformidad con lo señalado en el Decreto 160 de 2014, se realizó entre el 07 de marzo y el 04 de diciembre de 2018 con el presente Acuerdo Colectivo Singular.

1. GARANTÍAS SINDICALES Y POLÍTICAS PÚBLICAS DE EMPLEO Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

1.1 La Orquesta Filarmónica de Bogotá continuará reconociendo los derechos y las garantías sindicales que la Constitución Política y la ley, le otorgan a las organizaciones sindicales y sus afiliados.

1.2 La Orquesta Filarmónica de Bogotá continuará garantizando los permisos sindicales de conformidad con la Constitución Política, los convenios internacionales ratificados por Colombia, la ley, los decretos reglamentarios, y demás normas vigentes sobre la materia.

Parágrafo. Los permisos sindicales serán solicitados a la Administración
por el Presidente y el Secretario de la organización sindical, al menos con tres (3) días hábiles de antelación.

1.3 En virtud del artículo 14 de la ley 1780 de 2016, las entidades u organismos distritales que adelanten modificaciones a su planta de personal, deberán garantizar que al menos un 10% de los nuevos empleos no requieran experiencia profesional, con el fin de que puedan ser provistos con personal recién egresados de programas técnicos, tecnológicos o de pregrado de instituciones de educación superior. Para el cumplimiento de este artículo se tendrán en cuenta las disposiciones previstas en la ley 909 de 2004 y demás reglamentarias.

1.4 La Orquesta Filarmónica de Bogotá, dará estricto cumplimiento a los acuerdos marco laborarles vigentes, suscritos entre la Adm inistración^ 1 ALCALDÍA MAYOR DE BO GO TÁ D.C. bogO T A M E J O R PARA TO DO S Calle 39 Bis No. 14-57 Tel: 288 3466 www.filarmonicaboqota.qov.co ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ Info: línea 195 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE CULTURA, RECREACION Y DEPORTE O rqu esta F ila rm ó nica d e B o go tá Distrital y las organizaciones sindicales de segundo y tercer grado. Para todos los efectos legales, siempre se tendrá en cuenta el principio constitucional de la favorabilidad.

2. BIENESTAR SOCIAL Y FORTALECIMIENTO DE LA UNIDAD FAMILIAR.

2.1 La Orquesta Filarmónica de Bogotá estudiará la viabilidad de la prestación del servicio de transporte a los empleados públicos y entregará informe con los resultados del mismo.

2.2 La Orquesta Filarmónica de Bogotá recordará a los delegados de los trabajadores, la importancia de socializar a la organización sindical el proyecto del plan de bienestar de la entidad para que se sugieran actividades acordes a las propuestas.

2.3 La Orquesta Filarmónica de Bogotá desarrollará las gestiones necesarias para el mejoramiento de las instalaciones locativas en las zonas destinadas a alimentación, ejercicio, recreación y descanso, garantizando unas condiciones dignas para los empleados públicos de la entidad; así mismo, adecuará en una sede un baño con ducha para ser utilizado en un horario por establecer.

2.4 La Orquesta Filarmónica de Bogotá incluirá en su programa de bienestar el reconocimiento no pecuniario a los empleados públicos que cumplan 5, 10, 15, 20, 25, 30 ó 35 años de servicio a la entidad 2.5 La Orquesta Filarmónica de Bogotá se compromete a conceder un día de permiso remunerado a los funcionarios, cuando éstos cumplan un año más de vida. El disfrute de este beneficio será acordado con el jefe inmediato según las necesidades del servicio.

2.6 La Orquesta Filarmónica de Bogotá para el plan de incentivos institucionales a partir de la vigencia 2019, reconocerá incentivos no pecuniarios equivalentes a 2.56 SMLMV a los mejores empleados de carrera administrativa de cada nivel jerárquico y al mejor empleado de libre nombramiento y remoción, para cada uno de ellos y 1 SMLMV adicional al mejor funcionario de la OFB. De igual manera, el mejor equipo de trabajo se hará acreedor de un incentivo pecuniario equivalente a 3 SMLMV, al segundo puesto a 2 SMLMV no pecuniario y al tercer puesto 1 SMLMV no pecuniario ALCALDÍA MAYOR DE BO GO TÁ D.C.

Calle 39 Bis No. 14-57 Tel: 288 3466 www.filarmonicaboqota.qov.co bogO T Á M E J O R PARA TO DO S ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ Info: línea 195 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARIA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE O rqu esta F ila rm ó nica d e B o go tá 2.7 La Orquesta Filarmónica de Bogotá garantizará la asistencia a los conciertos de temporada a los empleados de la entidad, previa solicitud escrita, para lo cual se tendrá en cuenta la disponibilidad de boletería en relación al aforo y negociación, de acuerdo con los convenios y compromisos adquiridos con los escenarios.

2.8 La Orquesta Filarmónica de Bogotá realizará un evento como mínimo, dentro del plan de bienestar, para el servidor público y su grupo familiar.

2.9 La Orquesta Filarmónica de Bogotá continuará incentivando la participación de sus trabajadores en los eventos deportivos que se convoquen dentro de las entidades distritales, y sin desatender las necesidades de la entidad concederá el tiempo apropiado para el desarrollo de estas actividades y entregará una prenda distintiva acorde a la disciplina.

2.10 En caso de que la Orquesta Filarmónica de Bogotá suscriba algún tipo de convenio con la Caja de Compensación Familiar para la realización de conciertos, la contraprestación por parte de la caja solamente podrá ser utilizada para de eventos de bienestar, capacitación y seguridad y salud en el trabajo.

2.11 La Orquesta Filarmónica de Bogotá mantendrá las apropiaciones presupuéstales iniciales destinadas para Salud Ocupacional, Capacitación Interna y Bienestar e Incentivos. Por lo anterior, los traslados presupuéstales, de requerirse, solo se realizarán entre estos rubros.

2.12 La Orquesta Filarmónica de Bogotá, comunicará, atenderá y hará partícipe oportunamente de todas las actividades programadas a los empleados de la entidad, sean propias de la Orquesta o de otras externas

3. JORNADAS DE INDUCCIÓN.

La Orquesta Filarmónica de Bogotá, permitirá la participación de la organización sindical en las jornadas de inducción, a través de la difusión de una presentación que elabore ASPROFIBO en la que se traten temas relacionados con el derecho d asociación sindical. bogO T A M E J O R ALCALD ÍA MAYOR DE BO GO TÁ D.C. PAR A TO DO S 3 Calle 39 Bis No. 14-57 Tel: 288 3466 www.filarmonicaboqota.qov.co ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ Info: línea 195 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARÍA d e c u l t u r a, r e c r e a c ió n y d e p o r t e O rqu esta F ila rm ó nica de B ogotá
4. SALUD OCUPACIONAL Y RIESGOS PSICOSOCIALES.

4.1. En todos los eventos en los cuales la autoridad competente (EPS-ARL), expida concepto médico que ordene la adopción de medidas laborales, la Orquesta Filarmónica de Bogotá, dispondrá de las acciones requeridas para su debido cumplimiento.

4.2. La Orquesta Filarmónica de Bogotá continuará desarrollando dentro del programa de medicina preventiva, todas las actividades necesarias en materia de promoción y prevención de los factores de riesgo a los que están expuestos los trabajadores. Corresponderá siempre en primera instancia al empleador desarrollar todas estas actividades o delegarlas a terceros siempre y cuando se tengan los profesionales descritos con antelación, conforme a la normatividad legal vigente.

4.3. Dentro de las actividades de Seguridad y Salud en el trabajo, la Orquesta Filarmónica de Bogotá destinará un sitio para las actividades de promoción, prevención, enfocadas a riesgo cardiovascular, la cual contará con el personal calificado para su funcionamiento, proporcionando dentro de la jornada laboral por lo menos seis (6) horas al mes, para que los servidores hagan uso de la misma.

4.4. La Orquesta Filarmónica de Bogotá coordinará como mínimo una vez al año con las agencias del sistema de seguridad social, la práctica de los exámenes necesarios para la promoción y prevención de enfermedades que correspondan a los perfiles epidemiológicos identificados en el profesiograma de la entidad.

5. DOTACIONES.

La Orquesta Filarmónica de Bogotá, a partir de 2019, se compromete a entregar oportunamente las dotaciones necesarias para que los empleados cumplan con sus funciones. De igual manera, los trabajadores que hagan parte de la logística y producción de eventos artísticos, tendrán derecho a una dotación acorde a los factores de riesgo, cuando a ello haya lugar.

6. CAPACITACIÓN.

6.1. La Orquesta Filarmónica de Bogotá, se compromete a continuar con el proceso de apreciación musical a través de talleres a los empleados públicos^ ^ 4 ALCALDÍA MAYOR DE BO G O TÁ D.C. bogoT A M E J O R PAR A TO D O S Calle 39 Bis No. 14-57 Tel: 288 3466 www.filarmonicaboqota.qov.co ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ Info: línea 195 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARÍA d e c u l t u r a, r e c r e a c ió n y d e p o r t e O rq u e s ta F ila rm ó nica d e B ogotá que así lo deseen, teniendo en cuenta la labor específica de la entidad y la necesidad de compartir conocimientos acordes a las funciones de la Orquesta.

6.2. La Orquesta Filarmónica de Bogotá, incluirá anualmente dentro del plan institucional de capacitación - PIO, como mínimo dos (2) programas certificados en temas relacionados con las necesidades de la entidad y las funciones y competencias específicas de los servidores.

6.3. La Orquesta Filarmónica de Bogotá, teniendo en cuenta el artículo 16 del decreto 160 de 2014, incluirá dentro del plan institucional de capacitación, la realización de programas y talleres dirigidos a impartir información en materia de negociación colectiva.

7. CONTROL BIOMÉTRICO.

Los jefes inmediatos del personal que realice funciones por fuera de la sede o lugar habitual de trabajo, deberá reportar periódicamente al área de Talento Humano tal novedad, para efectos de la excepción al control biométrico.

8. DERECHOS FUNDAMENTALES DE ESPECIAL PROTECCIÓN.

La Orquesta Filarmónica de Bogotá en el momento de reportar a la Comisión Nacional del Servicio Civil los cargos que se encuentren en vacancia definitiva, informará oportunamente los empleados en provisionalidad que acrediten estar alguna de las siguientes condiciones: estado de embarazo, madres o padres cabeza de familia sin alternativa económica, con discapacidad o enfermedad catastrófica, prepensionados, amparados por fuero sindical y demás excepciones contempladas por la ley.

9. SEGUIMIENTO Y VERIFICACIÓN.

La Orquesta Filarmónica de Bogotá y la Organización Sindical, constituirán una comisión bipartita de cuatro (4) miembros (dos por cada una de las partes), que se reunirá semestralmente para el seguimiento a la ejecución y cumplimiento del presente acuerdo colectivo.

10. VIGENCIA.

El presente acuerdo de Pliego de Peticiones, tendrá vigencia de cuatro (4) años a partir del 01 de enero de 2018, y las condiciones pactadas en él, sólo podrán ser modificadas mediante acuerdo entre las partes firmantes. La Orquesta Filarm ónica^ bogO T A M E J O R PARA TO DO S Calle 39 Bis No. 14-57 Tel: 288 3466 www.filarmonicaboqota.qov.co ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ Info: línea 195 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE O rq u e s te RtarmÓnSca de Bogoiá de Bogotá, producirá los actos administrativos a que haya lugar para el desarrollo, ejecución y cumplimiento de lo pactado.

En constancia de lo anterior, se suscribe el presente acuerdo a los cuatro (04) días del mes de diciembre de 2018.

Presidente BER ACERO Ases jr Externo Calle 39 Bis No. 14-57 Tel: 288 3466 www.filarmonicaboqota.qov.co Info: línea 195 34

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