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Acuerdo Laboral 1 de 2018

Acuerdo Laboral 1 de 2018 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Tipo
Acuerdo Laboral
Número
1
Año
2018
Fecha
9 de abril de 2018
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

— compase Próceso:. Gestión Documental Código: GDO-FT-23 Documento: Formato Acta de reunión Versión: 1 Fecha de aprobación: 31 de agosto de 2015 Páginas: 1 de 7 ACTA ACUERDO FECHA: Abril 09 de 2018 LUGAR: Sala de Juntas ASUNTO: Acuerdo Laboral entre SINTRACULTUR y FUGA En el marco de la negociación entre la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA y el sindicato de Servidores Públicos de Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, entidades adscritas y vinculada SINTRACULTUR se firma el siguiente acuerdo:

Capítulo 1. GARANTÍAS SINDICALES

Artículo 1.

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño, en adelante la FUGA continuará reconociendo los derechos y las gárantías sindicales, que la Constitución Política y la ley, le otorgan a las organizaciones sindicales y sus afiliados.

Artículo 2.

La FUGA continuará garantizado los permisos de conformidad con la normatividad vigente y debidamente argumentados.

Artículo 3.

La FUGA garantizará 4 reuniones al año con la delegada de la dirección quien es la Subdirector(a) de Gestión Corporativa y la junta directiva de SINTRACULTUR; a una de las cuales asistirá la Director(a) General. En dichas reuniones serán tratados temas relacionados con el Talento Humano de acuerdo con la agenda propositiva previamente presentada.

Artículo 4.

La FUGA continuará garantizando el respeto al ejercicio de los derechos sindicales de conformidad con la Constitución, la ley y los tratados internacionales.

Artículo 5.

La FUGA continuará garantizando el permiso de los días viernes para los miembros de la junta directiva de SINTRACULTUR:que estén vinculados a • la FUGA; aquellos permisos adicionales para tratar temas específicos deberán ser solicitados formalmente a la administración con la debida justificación.

Capítulo 2. POLÍTICA PÚBLICA DE EMPLEO DIGNO Y DECENTE Y

CARRERA ADMINISTRATIVA

Artículo 6.

La FUGA, a partir de la propuesta presentada realizará un estudio y análisis por parte de una mesa de trabajo que será conformada al interior de la FUGA, la cual avánzará de acuerdo con el resultado del estudio que se adelante

i a ‘ 10-1 1.\1J131 '- Proceso: Gestión Documental Código: GDO-FT-23 Documento: Formato Acta de reunión - Versión: 1 '"7.--" ------'-'-'"=" Fecha de aprobación: 31 de agosto de 2015 Páginas: 2 de 7 en la mesa convocada para tal fin en la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte.

Artículo 7.

La FUGA tendrá en cuenta a los funcionarios vinculados en provisionalidad, siempre y cuando estos cuenten con *la experiencia ed idoneidad, conocimiento del sector y que cumplan con los requisitos de empleo con el fin de vincularlos en un empleo de mayor grado.

Artículo 8.

La FUGA dará prioridad a los empleados de carrera administrativa que cumplan los requisitos para acceder en encargo a los empleos que se encuentren vacantes de manera temporal o definitiva.

Capítulo 3. BIENESTAR SOCIAL Y FORTALECIMIENTO DE LA UNIDAD

FAMILIAR.

Artículo 9.

La FUGA continuará realizando medición de clima laboral cada dos años que le permita aplicar las acciones de mejora o mantenimiento en el año) siguiente a la medición.

Artículo 10.

La FUGA continuará implementando la metodología de gestión del cambio para minimizar el impacto que pueda generar en el ser, con ocasión de ajustes tecnológicos, de estructura o de procesos.

Artículo 11.

La FUGA continuará fortaleciendo la competencia de trabajo en equipo a través de los planes de bienestar y capacitación.
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Artículo 12.

La FUGA garantizará el disfrute de los descansos que se originen con ocasión de los tiempos compensados, conforme a los lineamientos establecidos por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor sin restricción alguna. En caso que por estrictas necesidades del servicio, debidamente justificadas un servidor público no pueda hacer uso del descanso compensado en los turnos establecidos, podrá programarlo en fecha posterior, siempre que acredite haber compensado.

Artículo 13.

La FUGA seguirá fortaleciendo el Comité de Convivencia laboral a través de capacitaciones y sensibilización a la comunidad institucional con el fin dé prevenir el maltrato y acoso laboral a través de los diferentes medios y se remitirá reporte de los casos que active el Comité de Convivencia Laboral a; SINTRACULTUR quien delegará a uno de los afiliados de la FUGA.

Artículó 14. La FUGA continuará con el mejoramiento de la infraestructura física y'tecnológica y con la construcción del portafolio de calidad de vida para el bienestar de la comunidad institucional y visitantes.

Artículo 15.

La FUGA continuará realizando la caracterización de condiciones de viviénda de la comunidad institucional y gestionando a través de la feria de servicios o la atención individual de manera periódica con la caja de compensación el acceso a los programas de vivienda.

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Artículo 16.

La FUGA dará estricto cumplimiento a lo establecido en él artículo 3° de la Ley 1857. De 2017.

Artículo 17.

La FUGA continuará mejorando las condiciones de trabajo, en un sentido amplio, nos referimos a las características propias del trabajo que pueden tener una influencia significativa -positiva o negativa- en él bienestar físico, mental y social del servidor público, en definitiva en su salud, entendida ésta, como el estado completo de bienestar físico, psíquico y social y no solo como la presencia de una o varias enfermedades.

Artículo 18.

La FUGA continuará otorgando un día hábil de permiso remunerado, cuando el servidor público cumpla un año más de vida.

Artículo 19.

La FUGA gestionará ante Secretaría de Hacienda el inOremento de los recursos en un 50% del presupuesto del 2018 para el plan de incentivos institucionales para la vigencia 2019. Para el efecto señalará los incentivos no pecuniarios que se ofrecerán a quienes se encuentren con el nivel sobresaliente,- así como los incentivos pecuniarios y no pecuniarios,para los mejores equipos de trabajo.

Artículo 20.

La FUGA gestionará ante Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la posibilidad de suscribir un convenio para la utilización de transporte de los Funcionarios de la FUGA; de ser favorable se gestionará la asignación de.recursos ante la Secretaría de Hacienda, previo análisis de costo beneficio. '

Artículo 21.

La FUGA gestionará ante Secretaría Distrital de Hacienda recursos para el reconocimiento no pecuniario equivalente a 4, 6 y 8 S.M.L.M.V., para sus servidores públicos que cumplan.10, 20, o30 años y subsiguientes de servicio continúo a la entidad respectivamente, a partir de 2019.

Artículo 22.

La FUGA continuará con la promoción e incentivos: al' uso de vehículos ecológicos (bicicletas, vehículos eléctricos, entre otros) ppr parte de los servidores públicos.

Artículo 23.

La FUGA seguirá otorgando a sus servidores públicos con evaluación sobresaliente comisión para desempeñarse en empleos de libre nombramiento, según artículo 2.2.5.5.39 y artículo 2.2.5.5.43 de Decreto 1083 de 2015.

Artículo 24.

La FUGA asumirá la premiación de sus funcionarios ganadores que participen en los eventos deportivos organizados por SINTRACULTUR, de acuerdo a la. disposición de recursos a partir del año 2019, previamente planificados y acordados sectorialmente.

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Artículo 25.

La FUGA gestionará ante Secretaría Distrital de Hacienda la) posibilidad y pertinencia de asignación de recursos para 15 inscripciones de los-)

funcionarios de esta entidad en las diferentes actividades deportivas organizadas por SINTRACULTUR, en el monto solicitado, a partir de 2019.

Artículo 26.

La FUGA gestionará en 2019 los recursos necesarios para los uniformes de los servidores públicos que representen la entidad en cualquier evento deportivo.

Artículo 27.

La FUGA gestionará la posibilidad de suscribir convenios con la Caja de Compensación para la utilización, por parte de los servidores públicos y.) su grupo familiar de los servicios y escenarios que estas prestan, sin costo otarifas preferenciales.

Artículo 28.

La FUGA continuará incluyendo en el plan.de bienestar dos eventos en el año de vacaciones recreativas para los hijos de los servidores públicos.

Artículo 29.

La FUGA gestionará con la Subdirectora Artística y Cultural la posibilidad de acceder a eventos propios, en un número limitado de butacas en el auditorio, para los Funcionarios del sector y su núcleo familiar.

Artículo 30.

La FUGA promoverá y apoyará la participación de los servidores) Públicos del programa de Prepensionados, para que asistan a las actividades: organizadas por el Servicio Civil y las que estas organicen.

Artículo 31.

La entidad continuará garantizado la inclusión de los funcionarios en los programas del Servicio Civil, ferias de servicio y la semana de la salud.

Artículo 32.

La FUGA gestionará ante las Cajas de Compensación Familiar la afiliación del personal que se pensione, para que siga disfrutando de los beneficios de la Caja de acuerdo con la norma del Plan 25, según aplique.

Capítulo 4. SALUD OCUPACIONAL Y RIESGOS PSICOSOCIALES.

Artículo 33.

La FUGA continuará contando con una partida presupuestal para atender los temas de seguridad y salud en el trabajo, además seguirá realizando periódicamente los exámenes médicos y de condiciones de salud de los funcionarios donde el resultado obtenido proporciona bases para trabajar el tema específico del estudio epidemiológico.

Artículo 34.

La FUGA continuará garantizando a sus servidores públicos su reubicación laboral, cuando las condiciones de salud física y mental se ven afectadas o disminuidas, a aquellos que aporten las correspondientes certificaciones médicas de la EPS, medicina laboral y en compañía de la ARL} se pi-oCederá a la reubicación, de acuerdo a la normatividad vigente.

rUM- 111 Proceso: Gestión Documental Códigó: GDO-FT-23 Documento: Formato Acta de reunión Versión: 1 Fecha de aprobación: 31 de agosto de 2015 Páginas: 5 de 7

Artículo 35.

La FUGA continuará cumpliendo con la flexibilidad de los horarios de los funcionarios atendiendo las recomendaciones médica á laborales expedidas por el médico tratante de la EPS y/o ARL para facilitar el restablecimiento y total recuperación de la salud de los servidores Públicos, de acuerdo a la normatividad vigente.

Artículo 36.

De acuerdo a la normatividad vigente La FUGA continuará realizando los exámenes médicos ocupacionales periódicos con espécialidad en nutrición, oftalmología, fisioterapia y médico laboral.

Artículo 37.

La FUGA gestionará ante la Secretaría Distrital de Hacienda en el presupuesto 2019 recursos para los funcionarios de planta la realización de los exámenes médicos especializados integrales y continuará realizando jornadas de vacunación, de acuerdo a los recursos de cada vigencia, con el fin de prevenir enfermedades crónicas, graves y catastróficas. Se continuará realizando la semana de la salud en donde se realizan campañas de promoción y prevención.

Artículo 38.

La FUGA a través de la ARL promoverá la capacitación líderes de pausas activas por áreas con el fin de realizar dos veces en la semana las pausas activas. De igual manera se continuará con implementación del Software de pausas activas en todos los equipos de la entidad como apoyo a la actividad.

Artículo 39.

La FUGA dará continuidad a las salidas o caminatas ecológicas en días hábiles dontempladas en el plan de bienestar de la entidad.

Capítulo 5. CAPACITACIÓN

Artículo 40.

La FUGA gestionará en 2019 procesos de capacitación informal para el desarrollo de habilidades y destrezas para el crecimiento personal y mejoramiento de la calidad de vida.

Artículo 41.

La FUGA continuará realizando los procedimientos de inducción y entrenamiento en puestos de trabajo previo al inicio de actividades de cada funcionario.

Capítulo 6. CLIMA ORGANIZACIONAL Y PROGRAMA DE CONVIVENCIA

INSTITUCIONAL.

Artículo 42.

La FUGA continuará con la estrategia semestral, de acertamiento general con la comunidad institucional con la estrategia 'Café con la Directora'.

Capítulo 7. POLÍTICA PÚBLICA DE LA MUJER Y EQUIDAD DE GÉNERO.

Artículo 43.

La FUGA continuará implementando a través de sus 'planes, las políticas, programas y proyectos, que contribuyan al reconocimiento, ejércicio y garantía de los derechos de las mujeres.

‘..- 1 rii>144‘‘ al —,,..„.,:.7 7....4.. Proceso: Gestión Documental Código: GIDO FT-23 I Documento: Formato Acta de reunión Versión: 1 Fecha de aprobación: 31 de agosto de 2015 Páginas: 6 de 7 Artími,lo 44. La FUGA se adhiere y seguirá dando cumplimiento a la Resolución 618 dé 22 de diciembre de' 2017 emitida por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Capítulo 8. SEGUIMIENTO Y VERIFICACIÓN

Artículo 45.

La FUGA acuerda realizar el seguimiento y verificación trimestral, con (2) dos representantes de la administración y (2) dos por SINTRACULTUR, para revisar los temas pendientes del presente acuerdo.

VIGENCIA El presente Acuerdo Laboral tendrá vigencia de (2) dos años contados a partir de la firma del mismo.

La FUGA realizará las acciones necesarias y emitirán los actos administrativos a que haya lugar para el desarrollo, ejecución y cumplimiento de lo pactado.

5. ANgk9S

1. Listado de asistencia ( anexo 1)

Proceso: Gestión Documental Código: GDO-FT-23 Documento: Formato Acta de reunión Versión: 1 Fecha de aprobación: 31 de agosto de 2015 Páginas: 7 de 7 FIRMAN ESTE EL PRESENTE ACUERDO:

MARTHA REYES CASTILLO Hl 4 /2er &y/1h.

JOSÉ DE SAN MARTIN IBAÑEZ tly;

-

LISANDRO ROJAS USECHE DELEGADOS DE LUIS EDUARDO VARGAS VARGAS / ' • ASAMBLEA SINTFtACULTUR HERNÁN MURIEL DESCANSE

-

ALBERTO OLMOS / dir,71/ 411-V— GONZÁLEZ

-

\ CLAUDIA HERNÁNDEZ ESPITIA JESÚS FABIO RUIZ.

GALLEGO PILAR ÁVILA ' DIANA RAMO Al Tillitb':' 1, ADMINISTRACIÓN FUGA GUILLERMO / / y PINZÓN / k MARÍA CECILIA QUIASÚA

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